Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN SMV N° 032-2017-SMV/01 Autorizan difusión de proyecto de norma que incorpora Anexo
11/18/2017
RESOLUCIÓN SMV N° 032-2017-SMV/01 Autorizan difusión de proyecto de norma que incorpora Anexo
Autorizan difusión de proyecto de norma que incorpora Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10190) "Reporte sobre estructura accionaria por tipo de inversionista", en el portal del Mercado de Valores RESOLUCIÓN SMV Nº 032-2017-SMV/01 Lima, 14 de noviembre de 2017 VISTOS: El Expediente Nº 2017031605 y el Informe Conjunto Nº 1161-2017-SMV/06/11/12 del 9 de noviembre de 2017, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo y la Superintendencia
RESOLUCIÓN SMV Nº 032-2017-SMV/01
Lima, 14 de noviembre de 2017
VISTOS:
El Expediente Nº 2017031605 y el Informe Conjunto Nº 1161-2017-SMV/06/11/12 del 9 de noviembre de 2017, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo y la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, así como el proyecto de "Reporte sobre estructura accionaria por tipo de inversionista" que se incorpora como anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10190);
CONSIDERANDO:
Que, conforme al literal a) del artículo 1 del T exto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias, (en adelante, Ley Orgánica), la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores;
Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquellas a las que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión;
Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. (en adelante, BVL) solicitó a la SMV incorporar la obligación para que las empresas con valores que componen el S&P/BVL
Peru Select Index remitan el detalle de su estructura accionaria por tipo de accionista, en el mismo plazo legal que la información de la memoria anual, con la finalidad de incrementar la transparencia del mercado, dotando a los agentes del mercado de mayor información para la toma de decisiones de inversión;
Que, el detalle de la estructura accionaria por tipo de accionista permitirá una estimación más precisa del free fl oat de los valores de las empresas del mercado peruano, de manera que pueda servir como base para la incorporación de nuevos valores en los índices de las empresas proveedoras de índices, así como para la gestión de las inversiones de los inversionistas;
Que, en atención a la propuesta de la BVL, se considera conveniente incorporar un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10190) "Reporte sobre estructura accionaria por tipo de inversionista", el mismo que forma parte del Manual para la Preparación de Memorias Anuales y otros documentos informativos, y cuyo contenido se desarrolla en la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, ambos aprobados mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1 y el literal b) del artículo 5 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV; el segundo párrafo del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 861, Ley del Mercado de Valores, y por la Resolución SMV Nº 014-2014-SMV/01, que aprueba la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 13 de noviembre de 2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la difusión del proyecto de norma que incorpora un Anexo adicional a la Sección IV de la Memoria, numeral (10190) "Reporte sobre estructura accionaria por tipo de inversionista", el mismo que formará parte del Manual para la Preparación de Memorias Anuales y otros documentos informativos, y cuyo contenido se desarrollará en la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, ambos aprobados por Resolución de Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11.
Artículo 2.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).
Artículo 3.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto referido en los artículos anteriores es de diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documentario de la Superintendencia de Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz Nº 315 - distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: proyrepoaccionario@smv. gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI
Superintendente del Mercado de Valores
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)