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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 032-2018-FONDEPES/J Aprueban el Reordenamiento de Cargos del Cuadro de

Aprueban el Reordenamiento de Cargos del Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional - del FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 032-2018-FONDEPES/J Lima, 21 de marzo de 2018 VISTOS: la Nota Nº 0111-2018-FONDEPES/OGA/ ARH e Informe Nº 0168-2017-FONDEPES/OGA/ARH del Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, los Memorandos Números 1377-2017-FONDEPES/OGA y 329-2018-FONDEPES/ OGA de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 055-2018-FONDEPES/OGPP de la Oficina
Aprueban el Reordenamiento de Cargos del Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional - del FONDEPES
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 032-2018-FONDEPES/J
Lima, 21 de marzo de 2018
VISTOS: la Nota Nº 0111-2018-FONDEPES/OGA/ ARH e Informe Nº 0168-2017-FONDEPES/OGA/ARH del Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, los Memorandos Números 1377-2017-FONDEPES/OGA y 329-2018-FONDEPES/ OGA de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 055-2018-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 147-2018-FONDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), a través del cual se determinan las áreas programáticas de acción y se regulan las competencias, funciones y su estructura orgánica;

Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);

Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señaló que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR)
se establecerá la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que en su momento aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE, se aprobaron las modificaciones y la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP
Provisional);

Que, el literal "f" numeral 4.3 del Apartado 4 de Disposiciones Generales de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH define al Cuadro para Asignación de Personal como: "Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057 y en tanto se reemplace el CAP y PAP por el CPE";

Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la referida Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, respecto del reordenamiento de cargos establece lo siguiente: "El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo.

El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces (...)";

Que, asimismo, el acápite 1.3 del numeral 1 del Anexo 4 de la referida Directiva, indica que, en caso la Entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, siguiendo los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho anexo sobre reordenamiento de cargos. En ningún caso estas acciones habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;

Que, el CAP Provisional del FONDEPES, fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 320-2015-PRODUCE del 28 de setiembre de 2015, el mismo que ha sido objeto de sucesivos reordenamientos mediante Resolución Jefatural Nº 029-2016-FONDEPES/J del 21 de enero de 2016, Resolución Jefatural Nº 013-2017-FONDEPES/J del 24 de febrero de 2017 y Resolución Jefatural Nº 064-2017-FONDEPES/J del 31 de agosto de 2017;

Que, el 14 de marzo de 2018, la Oficina General de Administración a través del Memorando Nº 329-2018-FONDEPES/OGA corrió traslado de la Nota Nº 0111-2018-FONDEPES/OGA/ARH a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la misma que contiene la propuesta de Reordenamiento de Cargos del CAP
Provisional para que emita opinión, con la finalidad de dar cumplimiento al mandato judicial dispuesto por el Juzgado Mixto de Ferreñafe;

Que, el 14 de marzo de 2018, la Coordinación de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración en la Nota Nº 0111-2018-FONDEPES/ OGA/ARH, la misma que hizo referencia a su Informe Nº 0168-2017-FONDEPES/OGA/ARH, señaló que a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Mixto de Ferreñafe y se restituya al servidor civil Sr. Juan Alberto Escribano Valdiviezo en la plaza CAP Nº 102
"Especialista en Promoción" así como restablecerle el monto remunerativo básico de Dos mil cuatrocientos y 00/100 soles mensuales, (S/2,400.00) es viable realizar el reordenamiento de cargos del CAP provisional.

Precisando además, que no corresponde la modificación del clasificador de cargos, dado que dicho instrumento de gestión contiene la plaza CAP Nº 102 Especialista en Promoción cuyo nivel remunerativo es "SP-ES";

Que, el 15 de marzo de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con el Informe Nº 055-2018-FONDEPES/OGPP, sostiene que la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional consiste en lo siguiente:
"- Plaza CAP Nº 04: Secretaria Jefatura: pasa de ocupada a prevista;
-Plaza CAP Nº 19: Secretaria Procuraduría Pública:
pasa de ocupada a prevista;
-Plaza CAP Nº 56: Coordinador de Tecnología de la Información y Comunicación: pasa de ocupada a prevista;
-Plaza CAP Nº 188: Técnico en Gestión Financiera:
pasa de ocupada a prevista;
-Plaza CAP Nº 99: Coordinador de Gestión de Negocios: pasa de ocupada a prevista;
-Plaza CAP Nº 102: Especialista en Promoción: pasa de prevista a ocupada;
-Plaza CAP Nº 163: Coordinador de Generación y Adaptación Tecnológica: pasa de ocupada a prevista;
-Plaza CAP Nº 177: Coordinador de Transferencia Tecnológica: pasa de ocupada a prevista;"
Que, en el citado informe la Oficina General Planeamiento y Presupuesto indicó que resulta viable la aprobación del reordenamiento de Cargos del CAP
Provisional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, según lo sustentado por el Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, de conformidad con el articulo h) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES y a lo exigido por el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH;

Que, el 16 de marzo de 2017, mediante Informe Nº 147-2018-FONDEPES/OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica concluyó que: "En atención a lo señalado por el Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración en la Nota Nº 0111-2018-FONDEPES/OGA/ARH y el Informe Nº 0168-2017-FONDEPES/OGA/ARH, así como por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el Informe Nº 055-2018-FONDEPES/OGPP, esta Oficina General, conforme a su respectiva competencia, opina que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero- FONDEPES
se encuentra facultado para aprobar el Reordenamiento de Cargos del Cuadro de Asignación de Personal -CAP
Provisional del FONDEPES";

Que, en mérito a las consideraciones expuestas, y en ejercicio de la función establecida en el literal h) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE, resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos del CAP Provisional FONDEPES, en concordancia con su estructura orgánica vigente;

Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057-Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE, que aprueba las modificaciones y la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE";

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Reordenamiento de Cargos del Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP
Provisional-del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero-
FONDEPES, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y el Anexo a que se hace referencia en el artículo 1º en el portal institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ISABEL CASTRO SILVESTRE
Jefa Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES

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