5/18/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 183-2018-MEM/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2018-MEM/DM Lima, 15 de mayo de 2018 VISTOS: Los Informes Nº 170-2018-MEM/DGFM, Nº 171-2018-MEM/DGFM y Nº 172-2018-MEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; y el Informe Nº 425-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autorizó, durante
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2018-MEM/DM
Lima, 15 de mayo de 2018
VISTOS: Los Informes Nº 170-2018-MEM/DGFM, Nº 171-2018-MEM/DGFM y Nº 172-2018-MEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; y el Informe Nº 425-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el literal b) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autorizó, durante el Año Fiscal 2018, al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de continuar la formalización de la actividad minera a pequeña escala, hasta por el monto de S/ 7 500 000.00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 soles);
Que, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central;
y, se autorizan mediante Resolución del Titular del pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales;
Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;
Que, con fecha 17 de abril de 2018, el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios suscribieron los Convenios de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral correspondientes al año 2018, los cuales tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente a los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios, a través de sus Direcciones Regionales de Energía y Minas, o las que hagan sus veces, como órganos encargados de realizar las competencias y atribuciones en asuntos mineros de dichos Gobiernos Regionales, a fin de que cuenten con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral;
Que, mediante los referidos Convenios, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir, en el primer semestre del 2018, recursos presupuestales por los montos ascendentes a S/. 180 000,00 (Ciento ochenta mil y 00/100 soles), S/. 65 000,00 (Sesenta y cinco mil y 00/100 soles), y, S/. 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles), a favor de los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios, respectivamente, a fin de fortalecer el proceso de Formalización Minera Integral en los citados Gobiernos Regionales;
Que, mediante la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2018-01029-001, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por los montos señalados en el considerando que antecede, para los fines indicados en los convenios suscritos con los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios;
Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, resulta necesario autorizar las transferencias financieras de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios;
De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-2017-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de las transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios.
Autorizar las transferencias financieras de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del pliego Ministerio de Energía y Minas por los montos ascendentes a S/.
180 000.00 (Ciento ochenta mil y 00/100 soles), S/. 65
000.00 (Sesenta y cinco mil y 00/100 soles); y, S/. 200
000.00 (Doscientos mil y 00/100 soles), a favor de los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios, respectivamente, para ser destinados exclusivamente al fortalecimiento del proceso de Formalización Minera Integral, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados
Gastos Corrientes:
2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 445 000.00
TOTAL EGRESOS S/ 445 000.00
Artículo 2.- Detalle de las transferencias Las transferencias citadas en el artículo 1 de la presente Resolución se efectuarán según el siguiente detalle:
Pliego Nº 446 Gobierno Regional de Cusco S/ 180 000.00
Unidad Ejecutora Nº 001 Sede Central - Región Cusco Unidad Ejecutora SIAF Nº 00789
Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC Nº 20527147612
Pliego Nº 453 Gobierno Regional de Loreto S/ 65 000.00
Unidad Ejecutora Nº 001 Sede Central - Región Loreto Unidad Ejecutora SIAF Nº 00861
Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC Nº 20493196902
Pliego Nº 454 Gobierno Regional de Madre de Dios S/ 200 000.00
Unidad Ejecutora Nº 001 Sede Central-Región Madre de Dios Unidad Ejecutora SIAF Nº 00875
Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC Nº 20527143200
Artículo 3.- Términos y obligaciones de las transferencias Los términos y obligaciones de las transferencias financieras se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral correspondientes al año 2018, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Cusco, Loreto y Madre de Dios.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
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