Inicio
Últimas normas legales
Transferencia Financiera Recursos Favor Gobierno RM 237-2022-MINEM/DM Energia y Minas
7/22/2022
Transferencia Financiera Recursos Favor Gobierno RM 237-2022-MINEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Amazonas, para ser destinada a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral RM 237-2022-MINEM/DM Lima, 4 de julio de 2022 VISTOS: El Informe Nº 0489-2022-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Amazonas, para ser destinada a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
RM 237-2022-MINEM/DM
Lima, 4 de julio de 2022
VISTOS: El Informe Nº 0489-2022-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 267-2022-MINEM-OGA/ OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 0538-2022-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el acápite ii) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, hasta por la suma de S/ 7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 soles);
Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora Nº 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, para el caso de los acápites i), ii), iii) y iv); así también, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción del convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades involucradas;
Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial "El Peruano";
Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 31365, el MINEM y el Gobierno Regional de Amazonas, con fecha 12 de abril de 2022, suscribieron el Convenio Nº 023-2022-MINEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al citado Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE, a fin de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral;
Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8.1 de la cláusula octava del mencionado Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 170 000,00 (Ciento setenta mil y 00/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en el Plan de Trabajo del Gobierno Regional;
Que, asimismo, el numeral 8.2 de la cláusula octava del citado Convenio, señala que, la transferencia se efectuará en el primer semestre del año 2022 por el 100% del monto, previa presentación del Plan de Trabajo para el periodo 2022; esta transferencia estará condicionada a la presentación del informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021;
Que, mediante el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias financieras a favor del citado Gobierno Regional;
Que, a través del Informe Nº 0489-2022-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, señala que el Gobierno Regional de Amazonas cumplió con presentar el Plan de Trabajo para el año 2022, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, y además, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021, conforme a lo establecido en la Cláusula Octava del Convenio Nº 023-2022-MINEM-DGFM; asimismo, indica que la Oficina de Presupuesto con fecha 02 de febrero de 2022, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2022-00314-001 con cargo a la Meta Nº 0009 y SIAF Nº 0000000308, por el monto de hasta S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;
Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe Nº 267-2022-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos financieros necesarios hasta por la suma de S/ 170,000.00 (Ciento setenta mil con 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que resulta pertinente su aprobación;
Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas-, hasta por la suma de S/ 170,000.00 (Ciento setenta mil con 00/100
soles), a favor del Gobierno Regional de Amazonas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de Recursos provenientes de la fuente de financiamiento
Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 170 000,00 (Ciento setenta mil con 00/100
soles), a favor del Gobierno Regional de Amazonas, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles)
2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 170 000,00
Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:
A LA:
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles)
Pliego 440 : Gobierno Regional de Amazonas 170 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central - Región Amazonas Unidad Ejecutora SIAF : Nº 00721
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20479569861
Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Amazonas, respectivamente, correspondiente al año 2022.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALESSANDRA G. HERRERA JARA
Ministra de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 237-2022-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Amazonas, para ser destinada a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 237-2022-MINEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-07-06
- Fecha de aplicacion : 2022-07-07
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (30)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)