11/14/2017

DECRETO SUPREMO N° 051-2017-RE Ratifican el Acuerdo por canje de notas entre la República del Perú

Ratifican el Acuerdo por canje de notas entre la República del Perú y la República Popular China referido al Proyecto de Mantenimiento del pabellón de cuidados intensivos, banco de sangre, esterilización y cocina del Hospital Nacional Arzobispo Loayza DECRETO SUPREMO Nº 051-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo por canje de notas entre la República del Perú y la República Popular China referido al Proyecto de Mantenimiento del pabellón de cuidados intensivos, banco de sangre, esterilización
Ratifican el Acuerdo por canje de notas entre la República del Perú y la República Popular China referido al Proyecto de Mantenimiento del pabellón de cuidados intensivos, banco de sangre, esterilización y cocina del Hospital Nacional Arzobispo Loayza
DECRETO SUPREMO Nº 051-2017-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el Acuerdo por canje de notas entre la República del Perú y la República Popular China referido al Proyecto de Mantenimiento del pabellón de cuidados intensivos, banco de sangre, esterilización y cocina del Hospital Nacional Arzobispo Loayza, fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.O. No.

2/2017 de la Embajada de la República Popular China, de fecha 12 de setiembre de 2017, y la Nota RE (DAE-DCI)
Nº 6-11/38, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 27 de setiembre de 2017;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57
y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo por canje de notas entre la República del Perú y la República Popular China referido al Proyecto de Mantenimiento del pabellón de cuidados intensivos, banco de sangre, esterilización y cocina del Hospital Nacional Arzobispo Loayza, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.O. No.

2/2017 de la Embajada de la República Popular China, de fecha 12 de setiembre de 2017, y la Nota RE (DAE-DCI) Nº 6-11/38, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 27 de setiembre de 2017.

Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 4º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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