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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 25-2018-DV-PE Amplían plazo establecido mediante N°
3/14/2018
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 25-2018-DV-PE Amplían plazo establecido mediante N°
Amplían plazo establecido mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-2017-DV-PE, para la culminación de acciones administrativas y de recursos humanos, vinculadas a la implementación del Acuerdo Nº 01 del Consejo Directivo, y emiten otras disposiciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 25-2018-DV-PE Lima, 13 de marzo de 2018 VISTOS: El Acta Nº 03-2017 del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017, la Resolución
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 25-2018-DV-PE
Lima, 13 de marzo de 2018
VISTOS:
El Acta Nº 03-2017 del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-2017-DV-PE, el Informe Nº 000001-2018-DV-AGA-VGL del Área de Gabinete de Asesores y el Informe Nº 000161-2018-DV-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1241, se determinan las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;
Que, los literales a), b) y c) del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1241, establecen como funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y sus delitos conexos, y formular, diseñar y proponer la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, así como coordinar y articular espacios multisectoriales para promover acciones en cumplimiento a lo dispuesto en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas - ENLCD;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM de fecha 31 de mayo de 2017, se aprobó la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021, con la finalidad de armonizar los esfuerzos y encaminar las acciones a las metas definidas, garantizando la unidad e integridad del Estado en el marco de la Política Nacional de Lucha contra las Drogas;
Que, el artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que el Consejo Directivo es el órgano de máximo nivel de la Entidad y está presidido por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros o el/la Presidente/a Ejecutivo/a de DEVIDA en su representación;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 078-2017-DV-PE de fecha 10 de julio de 2017, se delimitó el ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal de Tarapoto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, integrada por dos (2) regiones: Región San Martín y Región Loreto, once (11) provincias y ochenta y tres (83) distritos;
Que, del mismo modo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 090-2017-DV-PE de fecha 1 de agosto de 2017, se delimitó el ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal Pucallpa de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, integrada por: i) Región Ucayali (02 provincias y12
distritos); (ii) Región Huánuco (01 provincia y 05 distritos);
y (iii) Región Loreto (01 provincia y 06 distritos);
Que, mediante Acuerdo Nº 01 adoptado en la sesión del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017, se acordó facultar a la Presidencia Ejecutiva para que disponga las acciones necesarias para el cambio de las sedes de las Oficinas Zonales Pucallpa y de Tarapoto, a las localidades de Aguaytía y Tocache, respectivamente, con el objeto de privilegiar la presencia institucional de DEVIDA, y favorecer la articulación y coordinación con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil, los proyectos y actividades enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y otras actividades que coadyuven al logro de los objetivos de la Lucha contra las Drogas;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-2017-DV-PE de fecha 4 de diciembre de 2017, se dispuso la implementación del Acuerdo Nº 01 adoptado en la sesión del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017, para el cambio de las sedes de la Oficina Zonal Pucallpa y de la Oficina Zonal de Tarapoto, a las localidades de Aguaytía y Tocache, respectivamente, para lo cual la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Zonal Pucallpa y la Oficina Zonal de Tarapoto, en el marco de sus competencias, debían ejecutar las acciones técnicas, operativas, presupuestales, administrativas, logísticas y de tecnología de la información, que correspondiera para la implementación del cambio de las sedes de la Oficina Zonal Pucallpa y de la Oficina Zonal de Tarapoto de DEVIDA;
Que, conforme a lo dispuesto por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-2017-DV-PE, mediante Memorando Nº 000449-2017-DV-SG del 17 de noviembre del 2017, la Secretaría General encargó al Área de Gabinete de Asesores la coordinación, seguimiento y monitoreo de las acciones necesarias con los órganos competentes de la Entidad, para la implementación del Acuerdo Nº 01 precitado;
Que, mediante Informe Nº 000001-2018-DV-AGA-VGL de fecha 9 de marzo de 2018, emitido por el Área de Gabinete de Asesores, se detallaron las acciones realizadas para la implementación del cambio de las sedes de la Oficina Zonal Pucallpa y de la Oficina Zonal de Tarapoto, concluyéndose que ya se cuenta con los locales en los que funcionarán las nuevas sedes de las mencionadas Oficinas Zonales, debidamente acondicionados, y a su vez solicita la ampliación por 60 días adicionales del plazo establecido en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-2017-DV-PE, para culminar con las acciones administrativas y de recursos humanos en curso;
Que, contándose con los espacios físicos habilitados para el funcionamiento de las nuevas sedes de las Oficinas Zonales Pucallpa y Tarapoto, resulta necesario expedir el acto resolutivo que autorice el funcionamiento de dichas Oficinas Zonales en su nueva sede;
Que, actualmente en las localidades de Aguaytía y Tocache funcionan la Oficina de Coordinación Aguaytía y la Oficina de Coordinación Tocache, respectivamente, por lo que el cambio de sede de las Oficinas Zonales Pucallpa y de Tarapoto, a las localidades de Aguaytía y Tocache, respectivamente, hace innecesaria la existencia de las mencionadas Oficinas de Coordinación en dichas localidades, por lo que resulta conveniente disponer el cierre de las mismas;
Que, los literales d) y s) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, establecen como funciones de la Presidencia Ejecutiva convocar a sesión al Consejo Directivo, cautelando la elaboración y aprobación de las actas correspondientes y supervisar la implementación de los acuerdos del Consejo Directivo, así como aquellas que le sean encargadas por el Consejo Directivo;
Que, del mismo modo, el literal r) del artículo 10º del citado Reglamento establece que corresponde a la Presidencia Ejecutiva emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la Entidad;
Con los visados de la Secretaría General, de la Dirección de Articulación T erritorial, de la Dirección de Asuntos Técnicos,
de la Dirección de Promoción y Monitoreo, de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 824, Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1241 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AMPLIAR por sesenta (60) días adicionales, el plazo establecido mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 142-2017-DV-PE, para la culminación de las acciones administrativas y de recursos humanos en curso, vinculadas a la implementación del Acuerdo Nº 01 adoptado en la sesión del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de fecha 4 de agosto de 2017.
Artículo 2º.- DISPONER que a partir de la expedición de la presente resolución, la sede de la Oficina Zonal Pucallpa de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, se encontrará ubicada en la ciudad de Aguaytía, distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por lo que cualquier alusión a la Oficina Zonal Pucallpa se entenderá referida a dicha sede, sin que ello implique modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal Pucallpa, delimitado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 090-2017-DV-PE.
Artículo 3º.- DISPONER que a partir de la expedición de la presente resolución, la sede de la Oficina Zonal de T arapoto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, se encontrará ubicada en el distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín, por lo que cualquier alusión a la Oficina Zonal de Tarapoto, se entenderá referida a dicha sede, sin que ello implique modificación del ámbito geográfico de intervención de la Oficina Zonal de Tarapoto, delimitado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 078-2017-DV-PE.
Artículo 4º.- DISPONER el cierre de la Oficina de Coordinación Aguaytía y de la Oficina de Coordinación Tocache, autorizándose a la Dirección de Articulación T erritorial, a la Oficina General de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, para que, en el marco de sus competencias, realicen las acciones técnicas, operativas, administrativas y presupuestarias necesarias para el cierre de las mencionadas Oficinas de Coordinación.
Artículo 5º.- DEJAR SIN EFECTO todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución.
Artículo 6º.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación T erritorial, a la Dirección de Asuntos Técnicos, a la Dirección de Promoción y Monitoreo, a la Oficina General de Administración, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina Zonal Pucallpa y a la Oficina Zonal de T arapoto de DEVIDA, para los fines pertinentes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CARMEN MASÍAS CLAUX
Presidenta Ejecutiva
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