7/19/2018

Modificación Licencia Institucional Solicitada RCD 082-2018-SUNEDU/CD Superintendencia del Mercado

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores Aprueban modificación de Licencia Institucional solicitada por la Universidad de Piura RCD 082-2018-SUNEDU/CD Lima, 17 de julio de 2018 I. VISTOS: La Solicitud de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registros de Trámite Documentario Nº 39047-2017-SUNEDU-TD del 3 de noviembre de 2017, y Nº 44160-2017-SUNEDU-TD del 13 de diciembre de 2017, presentada por
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores
Aprueban modificación de Licencia Institucional solicitada por la Universidad de Piura
RCD 082-2018-SUNEDU/CD
Lima, 17 de julio de 2018
I. VISTOS:

La Solicitud de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registros de Trámite Documentario Nº 39047-2017-SUNEDU-TD del 3 de noviembre de 2017, y Nº 44160-2017-SUNEDU-TD del 13 de diciembre de 2017, presentada por la Universidad de Piura (en adelante, la Universidad); y el Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 003-2018-SUNEDU/02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic); y,
II. CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 003-2017-SUNEDU/CD del 26 de enero de 2017, publicada el 27 de enero de 2017 en el Diario Oficial "El Peruano", se resolvió otorgar la Licencia Institucional a la Universidad, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en la provincia y departamento de Piura y en su filial en el departamento de Lima, que cuenta con dos (2) locales ubicados en los distritos de Mirafl ores y Santiago de Surco, con una vigencia de ocho (8) años, reconociéndose cincuenta y tres (53) programas existentes y ocho (08) programas que conforman su nueva oferta académica.


Que, el Capítulo IV del "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento), aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD, establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional, que permite a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para (i) la creación o modificación de programas de estudios; y (ii) la creación o modificación de la mención de los grados y títulos. Asimismo, el numeral 26.2 del artículo 26 del Reglamento establece que para los supuestos de modificación de la licencia institucional se evaluarán aquellos indicadores que resulten aplicables al supuesto planteado por las universidades solicitantes;


Que, el numeral 27.2 del artículo 27 del Reglamento señala que el procedimiento de modificación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, en lo que le resulte aplicable;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 005-2017-SUNEDU/DILIC del 25 de mayo de 2017, se aprobaron las condiciones, componentes, indicadores, medios de verificación y formatos aplicables a los supuestos de modificación de licencia institucional previstos en el Reglamento;

Que, el 3 de noviembre y 13 de diciembre de 2017, la Universidad presentó su SMLI, requiriendo: i) el Cambio de denominación de programa de estudio y denominación del grado académico de dos (2) programas de estudio (Maestría en Ingeniería Vial y Maestría en Derecho Administrativo y Regulación del Mercado); ii) Cambio de denominación, ampliación de oferta académica y denominación de grado académico de un (1) programa de estudio (Maestría en Recursos Hídricos); iii) Ampliación de oferta académica de cuatro (4) programa de estudio, de la Sede Piura (SL01) a la Filial Lima (F01L01) (Maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo, Maestría en Dirección de Proyectos, Maestría en Dirección de Operaciones y Maestría en Agronegocios); y iv) Autorización de ocho (08) programas académicos nuevos conducentes a grado académico de maestro (Maestría en Matrimonio y Familia, Maestría en Gestión del Talento, Maestría en Gestión Pública, Maestría en Finanzas, Maestría en Marketing, Maestría en Control Automático y Automatización de Procesos Industriales, Maestría en Integridad Estructural y Maestría en Estrategias Contemporáneas de Arquitectura);

Que, ante los pedidos de modificación de licencia institucional por parte de la Universidad, se identificaron los siguientes escenarios: a) Cambio de Denominación de Programa de Estudio; b) Cambio de Denominación de Programa de Estudio y Ampliación de Oferta Académica;
c) Ampliación de Oferta Académica; y d) Nueva Oferta Académica, resaltando que, en todos los casos, se cuenta con documento emitido por la autoridad competente de la Universidad;

Que, mediante Resolución de Trámite Nº 001-2017 del 13 de noviembre de 2017, se dio por iniciado el procedimiento de modificación de licencia institucional de la Universidad y, mediante Resolución de Trámite Nº 002-2017 del 15 de noviembre de 2017, se aprobó la conformación del equipo responsable de la evaluación;

Que, mediante Resolución de Trámite Nº 003-2017 del 27 de diciembre de 2017 se realizó la acumulación de los expedientes con Registros de Trámite Documentario Nº 39047-2017-SUNEDU-TD y Nº 44160-2017-SUNEDU-TD, motivada a través del Informe de Acumulación Nº 001-2017-SUNEDU/DILIC-EV del 27 de diciembre de 2017;

Que, revisada la documentación remitida por la Universidad, se efectuaron observaciones a la SMLI; por lo que, mediante el Oficio Nº 039-2018/SUNEDU-02-12 del 31 de enero de 2018, se notificó el Anexo de Observaciones y se otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para subsanarlas;

Que, con Oficio Nº 085-2018/SUNEDU-02-12 del 31 de enero de 2018, se notificó la rectificación del requerimiento de información y precisiones, y se otorgó un plazo de diez (10) días hábiles adicional al inicialmente otorgado;

Que, mediante escrito del 16 de febrero de 2018, la Universidad presentó documentación con el fin de levantar las observaciones realizadas a su SMLI;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 006-2018-SUNEDU/DILIC del 17 de abril de 2018, se precisó que, para efectos de las solicitudes de modificación de licencia institucional, se pueden presentar tres (03)
escenarios que precisan las condiciones, componentes, indicadores, medios de verificación y formatos aplicables, en concordancia con los supuestos de modificación de la licencia institucional previstos en el Reglamento;

Que, el 04 de mayo de 2018 se emitió el Informe de Revisión Documentaria Nº 008-2018-SUNEDU/DILIC-EV con resultado favorable. Posteriormente, mediante Oficio Nº 326-2018/SUNEDU-02-12 se comunicó a la Universidad el inicio de la etapa de verificación presencial, las fechas programadas para realizar la visita de verificación presencial, así como la conformación de la Comisión de Verificación que realizaría dichas diligencias;

Que, conforme a lo programado, se realizó la visita de verificación presencial los días 7 y 8 de mayo de 2018, solo en la sede de la Universidad (SL01), en atención de que en ella se encuentran los laboratorios materia de la SMLI, donde además se recabó información complementaria, suscribiéndose las actas correspondientes;

Que, el 17 de mayo de 2018 se emitió el Informe de Verificación Presencial Nº 010-2018-SUNEDU/DILIC-EV, con resultado favorable;

Que, el 11 de julio de 2018, la Dilic emitió el Informe Técnico de Modificación de Licencia Nº 003-2018-SUNEDU/02-12, el cual concluyó con un resultado favorable iniciándose la tercera etapa del proceso de modificación de licencia;

Que, según el análisis contenido en el Informe Técnico antes referido, la Universidad cumple con mantener las CBC, que demuestran consistencia, coherencia, pertinencia y sostenibilidad para la propuesta de modificación de su licencia institucional presentada, referida a: i) el Cambio de denominación de programa de estudio y denominación del grado académico de dos (2) programas de estudio; ii) Cambio de denominación, ampliación de oferta académica y denominación de grado académico de un (1) programa de estudio; iii) Ampliación de oferta académica de cuatro (4) programa de estudio, de la Sede Piura (SL01) a la Filial Lima (F01L01); y iv)
Autorización de ocho (08) programas académicos nuevos conducentes a grado académico de maestro. Asimismo, este Consejo Directivo considera importante destacar algunas consideraciones que han sido tomadas en cuenta para el presente pronunciamiento, lo cual se encuentra detallado en el Anexo Nº 01 de la presente resolución;

Que, en virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria;
el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU; los artículos 26 al 28
del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución Nº 008-2017-SUNEDU/CD del Consejo Directivo; a la Resolución Directoral Nº 006-2018-SUNEDU/DILIC, a lo acordado en la sesión SCD Nº 026-2018 del Consejo Directivo; y contando con el visado de la Dirección de Licenciamiento;

SE RESUELVE:



Primero.- APROBAR la Modificación de Licencia Institucional solicitada por la Universidad de Piura y RECONOCER: i) el Cambio de denominación de programa de estudio y denominación del grado académico de dos (2) programas de estudio; ii) Cambio de denominación, ampliación de oferta académica y denominación de grado académico de un (1) programa de estudio; iii) Ampliación de oferta académica de cuatro (4) programa de estudio, de la Sede Piura (SL01) a la Filial Lima (F01L01); y iv)
Autorización de ocho (08) programas académicos nuevos conducentes a grado académico de maestro, conforme se detalla en el Anexo Nº 1.

Segundo.- La presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Sunedu mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación.

Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad de Piura, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, realizar el trámite correspondiente;

Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe);
y la publicación del Anexo Nº 1 en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 082-2018-SUNEDU/CD Aprueban modificación de Licencia Institucional solicitada por la Universidad de Piura
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 082-2018-SUNEDU/CD
  • Emitida por : Superintendencia del Mercado de Valores - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2018-07-19
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-20

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