8/15/2018

Estado Emergencia Distrito Fiscal Piura RFN 002872-2018-MP-FN-FN Ministerio Publico

Poder Judicial, Ministerio Publico Declaran en Estado de Emergencia el distrito fiscal de Piura RFN 002872-2018-MP-FN-FN Lima, 14 de agosto de 2018 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de la visita inopinada al distrito fiscal de Piura, realizada el día 13 de agosto de 2018, por el señor Fiscal de la Nación y su comitiva, se ha recogido la información sobre las denuncias de presuntos actos de corrupción en la que estarían involucrados magistrados del Ministerio
Poder Judicial, Ministerio Publico
Declaran en Estado de Emergencia el distrito fiscal de Piura
RFN 002872-2018-MP-FN-FN
Lima, 14 de agosto de 2018
VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de la visita inopinada al distrito fiscal de Piura, realizada el día 13 de agosto de 2018, por el señor Fiscal de la Nación y su comitiva, se ha recogido la información sobre las denuncias de presuntos actos de corrupción en la que estarían involucrados magistrados del Ministerio Público y del Poder Judicial, interpuestas por diversas autoridades en entre otros; las mismas que han servido como fundamento para la Moción de Orden del Día Nº 6601, presentada ante el Congreso de la República con fecha 8 de agosto de 2018.

Que, en ese contexto, se ha tomado conocimiento de una serie de denuncias referidas a presuntos actos de corrupción que involucrarían a diversas autoridades públicas del distrito fiscal de Piura, las cuales han generado la protesta de la ciudadanía por un supuesto retardo y lentitud en la tramitación de las investigaciones por parte de algunos magistrados del Ministerio Público, estos hechos han sido denunciados por los medios de comunicación y ante los órganos de control del Ministerio Público.

Que, de las entrevistas realizadas al personal de las fiscalías del distrito fiscal de Piura, en la visita inopinada de fecha 13 de agosto de 2018, se ha podido advertir la necesidad de atender los requerimientos de personal y logísticos correspondientes para el cumplimiento de las diligencias programadas en las investigaciones que guarden relación con los casos señalados en los párrafos precedentes, tales como la contratación de peritos, entre otros.


Que, siendo la función principal del Ministerio Público, la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, así como la recta administración de justicia, resulta pertinente la adopción de medidas urgentes y necesarias en el distrito fiscal de Piura, a efectos de reforzar la presencia del Ministerio Público en estas zonas, con el objetivo de realizar todas las acciones que resulten pertinentes para investigar e identificar a los involucrados en esta supuesta red de corrupción, a fin de garantizar un trabajo eficaz, eficiente y transparente en el desarrollo de las investigaciones y actividades en el distrito fiscal de Piura.


Que, estando a los hechos descritos en los párrafos precedentes y, teniendo en cuenta el compromiso asumido por el Ministerio Público con la Reforma del Sistema de Justicia, resulta necesario expedir acto resolutivo correspondiente.

Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 52, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:



Artículo Primero: DECLARAR en Estado de Emergencia, a partir de la fecha, el distritos fiscal de Piura.

Artículo Segundo: DISPONER que las Oficinas de Control de la Productividad Fiscal, Registro y Evaluación de Fiscales y la Gerencia Central de Potencial Humano, en el marco de sus atribuciones, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, se sirvan remitir al despacho de la Fiscalía de la Nación, los informes correspondientes respecto al sinceramiento de la carga procesal, producción y productividad fiscal y el ejercicio adecuado de las funciones del personal fiscal y administrativo, en el distrito fiscal de Piura.

Artículo Tercero: DISPONER que la Gerencia General, en coordinación con la Gerencia Administrativa del distrito fiscal de Piura, brinden las facilidades necesarias para la ejecución de lo dispuesto en el artículo primero, así como el apoyo para la atención de los requerimientos logísticos y de personal necesarios para garantizar el trabajo eficaz y eficiente en las investigaciones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo Cuarto: Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Piura, Gerencia General, Secretaria General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a los interesados para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS
Fiscal de la Nación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RFN 002872-2018-MP-FN-FN Declaran en Estado de Emergencia el distrito fiscal de Piura
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
  • Numero : 002872-2018-MP-FN-FN
  • Emitida por : Ministerio Publico - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2018-08-15
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-16

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