11/15/2018

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 258-2018-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y dictan otra disposición DS 258-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios Nº 043 y 044-2018-JF/ONP el pliego 095: Oficina de Normalización Previsional - ONP solicita recursos adicionales, para financiar en el presente año fiscal el
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y dictan otra disposición
DS 258-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante los Oficios Nº 043 y 044-2018-JF/ONP
el pliego 095: Oficina de Normalización Previsional - ONP
solicita recursos adicionales, para financiar en el presente año fiscal el pago de los Bonos de Reconocimiento y el pago de la planilla de pensiones del Decreto Ley Nº 19990;

Que, con Oficio Nº 000394-2018-DG/CNM el pliego 021: Consejo Nacional de la Magistratura solicita recursos adicionales para financiar en el presente año fiscal el proyecto de inversión "Mejoramiento de los servicios de selección y nombramiento, Evaluación y Ratificación y Procesos Disciplinarios de jueces y fiscales del CNM a nivel nacional mediante el fortalecimiento integral de la organización, Lima, Lima"
que permite concluir con la fase de ejecución de la construcción de la sede institucional;

Que, a través de los Oficios Nº 000720 y 000738-2018-MP-FN el pliego 022: Ministerio Público solicita recursos adicionales para financiar en el presente
año fiscal acciones destinadas a continuar con el fortalecimiento del sistema administrativo de justicia;


Que, mediante el Oficio Nº 1238-2018-MINDEF/DM
el pliego 026: Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales para financiar en el presente año fiscal, los requerimientos operativos para la participación de las Fuerzas Armadas (Ejército Peruano y Marina de Guerra del Perú) en la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXVI;

Que, con el Oficio Nº 1909-2018-PRODUCE/SG el Ministerio de la Producción solicita recursos adicionales para el pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, a fin de financiar la ejecución de acciones integrales de fortalecimiento de capacidades a los pescadores, asistencia técnica y soporte administrativo, adicionales a las que viene desarrollando, generadas a consecuencia de la culminación de la ejecución de inversiones en materia de mejoramiento y construcción de infraestructura pesquera (Desembarcaderos Pesqueros Artesanales) en la costa del país, cuya transferencia y sostenibilidad demanda la ejecución de las referidas acciones; y para el pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, para financiar las acciones de vigilancia y control sanitario de la pesca artesanal, así como las acciones de supervisión y fiscalización de la pesca acuícola, a fin de garantizar la sanidad e inocuidad en toda la cadena productiva de la actividad pesquera y acuícola;


Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas proveniente de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 300 266 899,00 (TRESCIENTOS
MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos: Oficina de Normalización Previsional, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Público, Ministerio de Defensa, Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de los citados pliegos;

Que, de otro lado, el artículo 15 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, que establece medidas de eficiencia del gasto público para el impulso económico, autoriza al Poder Ejecutivo, durante el año fiscal 2018, a aprobar transferencias de partidas a favor de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 44 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente y de acuerdo a lo informado por los pliegos del Gobierno Nacional que se detallan en el Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia" de este Decreto Supremo, según sus proyecciones de gastos al cierre del Año Fiscal 2018, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, han determinado saldos de libre disponibilidad, hasta por la suma de S/ 168 625 000,00 (CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES
SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL Y 00/100 SOLES);

Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de los saldos disponibles, hasta por la suma de S/ 168 625 000,00 (CIENTO SESENTA Y
OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL Y
00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos de los pliegos que se detallan en el Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia";

Que, por su parte, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, dispone límites por la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios en las entidades del Gobierno Nacional señalados en el Anexo Nº 3 "Pliegos sujetos al límite de gasto en bienes y servicios"; siendo que el párrafo 4.2 del artículo 4 del citado Decreto de Urgencia dispone que los límites de gasto establecidos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del referido artículo, pueden ser excepcionalmente incrementados mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, mediante el Memorando Nº 1046-2018-EF/41.03
el Ministerio de Economía y Finanzas, solicita el incremento en el límite de gasto en la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios del pliego 095: Oficina de Normalización Previsional - ONP, de la fuente de financiamiento Recursos Determinados en S/ 4 436 401,00 (CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES);

Que, la solicitud de recursos adicionales efectuada por el Ministerio de la Producción para los pliegos 059:

Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y el pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, contempla la asignación de recursos en la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios, hasta por la suma de
S/ 8 804 236,00 (OCHO MILLONES OCHOCIENTOS
CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100
SOLES);

Que, por tanto, es necesario incrementar el límite de gasto de los pliegos del Gobierno Nacional que se detallan en el Anexo Nº 3 "Ampliación de Límite de Gasto en la Genérica de Gasto 2.3 de diversos pliegos del Gobierno Nacional" de este Decreto Supremo;

De conformidad con lo señalado en el párrafo 4.2 del artículo 4 y el artículo 15 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, que establece medidas de eficiencia del gasto público para el impulso económico, y el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:



Artículo 1. Transferencia a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional.

1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de S/ 300 266 899,00 (TRESCIENTOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA
Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos: Oficina de Normalización Previsional, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Público, Ministerio de Defensa, Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, destinados a financiar los fines descritos en la parte considerativa de la norma, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
GASTO CORRIENTE
2.0. Reserva de Contingencia 300 266 899,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 300 266 899,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios
FINANCIAMIENTO
GASTO CORRIENTE 300 266 899,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 300 266 899,00
============
1.2. Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego y genérica de gasto, se detallan en el Anexo Nº 1 "Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional", que forma parte del Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Transferencia de Saldos Disponibles 2.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
hasta por la suma S/ 168 625 000,00 (CIENTO SESENTA
Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL Y
00/100 SOLES); a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de los pliegos que se detallan en el Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios
FINANCIAMIENTO
GASTO CORRIENTE 137 681 234,00
GASTO DE CAPITAL 30 943 766,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 168 625 000,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
GASTO CORRIENTE
2.0. Reserva de Contingencia 168 625 000,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 168 625 000,00
============
2.2. La relación de los pliegos habilitadores y los montos de transferencia por pliego y por genérica de gasto, se detallan en el Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia", que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3. Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

3.2 Los Titulares de los pliegos habilitadores en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 2.1 del artículo 2, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

3.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencias de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de la Producción.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única. Incremento del Límite de Gasto Increméntese el límite de gasto en materia de bienes y servicios conforme a lo establecido en el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, en los pliegos descritos en el Anexo Nº 3 "Ampliación de Límite de Gasto en la Genérica de Gasto 2.3 de diversos pliegos del Gobierno Nacional", que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano, en la suma de S/ 13 240 637,00 (TRECE MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE Y
00/100 SOLES).

Los Titulares de los pliegos involucrados, modifican, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la vigencia del Decreto Supremo, las resoluciones emitidas en el marco del párrafo 14.4 del artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018, teniendo en cuenta el incremento del límite de gasto, según corresponda, de conformidad con esta disposición.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación Encargado del Despacho del Ministerio de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 258-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y dictan otra disposición
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 258-2018-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-15
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-16

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