12/15/2018
Emergencia Gestión Manejo Residuos Sólidos RM 437-2018-MINAM Ambiente
Separata Especial, Ambiente Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima RM 437-2018-MINAM Lima, 14 de diciembre de 2018 Vistos; el Informe Nº 00023-2018-MINAM/VMGA/ DGRS-QRAM, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 00794-2018-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00754-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina
Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima
RM 437-2018-MINAM
Lima, 14 de diciembre de 2018
Vistos; el Informe Nº 00023-2018-MINAM/VMGA/ DGRS-QRAM, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 00794-2018-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00754-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley;
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Que, el literal a) del numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1278 establece que las Municipalidades Distritales, en materia de manejo de residuos sólidos, son competentes para asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal p) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1278, el Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criterios y procedimientos son definidos en su Reglamento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nacionales, entidades de fiscalización ambiental y/o los gobiernos regionales, según sea el caso;
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Que, los literales a) y e) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, señala como causales para la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de los residuos sólidos, entre otras, el potencial riesgo para la salud de las personas, y el cese total o parcial de las operaciones o procesos de gestión y manejo de residuos sólidos, respectivamente;
Que, de acuerdo al artículo 126 del citado Reglamento, en caso resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Ministerio del Ambiente emite la resolución respectiva, en la cual se establece el ámbito territorial, el tiempo de duración, el cual no deberá exceder de sesenta (60) días, prorrogables por cuarenta y cinco (45) días; y las medidas inmediatas a ser implementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrá la elaboración de un Plan de Acción para la atención de la emergencia;
Que, el literal d) del artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos (DGRS) tiene la función de evaluar la declaratoria de emergencia de la gestión y manejo de residuos sólidos y coordinar con las entidades competentes, según sea el caso;
Que, conforme a lo señalado por la DGRS en el Informe Nº 00023-2018-MINAM/VMGA/DGRS-QRAM, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud (MINSA)
concluye en el Informe Nº 3163-2018/DCOVI/DIGESA, que la acumulación de residuos sólidos genera efectos severos en la salud pública, situación que se evidencia en el distrito de Villa María del Triunfo, específicamente en los puntos críticos evidenciados en la Av. 26 de noviembre, los cuales se han convertido en focos de infección que podrían causar enfermedades y severos daños a la vida y la salud de los pobladores; motivo por el cual solicita al Ministerio del Ambiente declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en la jurisdicción del referido distrito, ante la exposición a los posibles riesgos a la salud y vida de las personas;
Que, además, el Informe Nº 00023-2018-MINAM/ VMGA/DGRS-QRAM señala, con relación al servicio de limpieza pública, que a través de la visita técnica realizada el 11 de diciembre de 2018 por personal de la DGRS y del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), se pudo constatar la existencia de 50 puntos críticos de acumulación de residuos sólidos distribuidos en distintas zonas del distrito; lo que motivó un cese total del servicio regular de limpieza pública, debido a que las operaciones de recolección transporte, transferencia y disposición final, se vienen ejecutando únicamente para la erradicación de dichos puntos críticos y se encuentran condicionadas a pagos pendientes por parte de la municipalidad. Además, indican que debido a la falta de provisión del servicio de limpieza pública en el distrito y a la presencia de puntos críticos de residuos sólidos en las vías públicas, existe la proliferación de vectores que pondrían en riesgo la salud de la población;
Que, en ese sentido, el referido informe precisa que la situación descrita configura las causales previstas en los literales a) y e) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, debido al potencial riesgo para la salud de las personas y al cese total de las operaciones o procesos de gestión y manejo de residuos sólidos;
motivo por el cual se configura la exigencia necesaria para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Villa María de Triunfo, provincia y departamento de Lima, por un plazo de sesenta (60) días hábiles, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1278 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos;
y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Villa María de Triunfo, provincia y departamento de Lima, por un plazo de sesenta (60) días hábiles, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, junto con las entidades involucradas, elabore en un plazo máximo de dos (2) días hábiles un Plan de Acción que contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán a fin de atender la problemática descrita, identificando a los responsables de su ejecución.
Artículo 3.- Disponer que la Municipalidad Metropolitana de Lima brinde el apoyo requerido a
la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo para la prestación del servicio de limpieza pública, en las operaciones de manejo de residuos sólidos que correspondan, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; pudiendo ambas entidades coordinar con otras instituciones públicas y privadas, el apoyo logístico necesario a fin de atender la problemática identificada.
Artículo 4.- Las entidades del Estado, en sus tres niveles de gobierno, deberán adoptar acciones complementarias para garantizar la continuidad de la prestación del servicio de limpieza pública en el distrito de Villa María del Triunfo, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 437-2018-MINAM Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 437-2018-MINAM
- Emitida por : Ambiente - Separata Especial
- Fecha de emision : 2018-12-15
- Fecha de aplicacion : 2018-12-16
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