1/03/2019

Dejan Sin Efecto 4853 2018 mp fn RFN 001-2019-MP-FN Ministerio Publico

Poder Judicial, Ministerio Publico Dejan sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4853-2018-MP-FN RFN 001-2019-MP-FN Lima, 2 de enero de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4853-2018-MP-FN de fecha 31 de diciembre de 2018, se dio por concluida, la designación del abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (sede Lima),
Poder Judicial, Ministerio Publico
Dejan sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4853-2018-MP-FN
RFN 001-2019-MP-FN
Lima, 2 de enero de 2019
VISTO Y CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4853-2018-MP-FN de fecha 31 de diciembre de 2018, se dio por concluida, la designación del abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (sede Lima), Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, como Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, conformado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN de fecha 26 de diciembre de 2016, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2681-2018-MP-FN del 23 de julio de 2018.

Asimismo, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación señalada, se dejó sin efecto el artículo Primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2701-2018-MP-FN de fecha 26 de julio de 2018, en el extremo que incorpora al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, al abogado José Domingo Pérez Gómez, Fiscal Provincial Titular.


Conforme los fundamentos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4853-2018-MP-FN, se decidió la conclusión de los señores fiscales señalados en los considerandos precedentes, por las razones que se exponen en la citada resolución, así como en la defensa de la autonomía del Ministerio Público y el principio de jerarquía que ordena el ejercicio de la función fiscal.

Tomando en consideración, la trascendencia e importancia de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT, en agravio del Estado peruano y de toda la colectividad nacional, se debe transparentar las acciones que desarrolle el Equipo Especial de Fiscales, a fin que luego de los procedimientos que por mandato del Código Procesal Penal y normas conexas autorizan, se informe al Ministerio Público - Fiscalía de la Nación, y al Estado peruano como parte agraviada.


En tal sentido, conforme a los fundamentos señalados precedentemente, y considerando que en la fecha los señores Fiscales Frank Robert Almanza Altamirano y Marcial Eloy Paucar Chappa, Fiscal Superior Provisional Penal de Lima y Fiscal Provincial Penal de Lima, respectivamente, han formulado su declinación irrevocable a los cargos designados, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4853-2018-MP-FN de fecha 31 de diciembre de 2018, en razón que "el 01 de enero del año en curso se ha anunciado la presentación de un proyecto de ley para declarar en Emergencia al Ministerio Público, así como adoptarse medidas para intervenir a la institución", lo que implicaría, conforme exponen, "la pérdida de autonomía e independencia para el cumplimiento de sus funciones en la investigación del Caso ODEBRECHT, que es el caso de corrupción más grande en la historia del país"; por lo que se deben adoptar las acciones que corresponda, a efecto de mantener la continuidad de las investigaciones a cargo del Equipo Especial de Fiscales; debiéndose precisar que la decisión que se adopta, materia de la presente resolución, es en resguardo de la autonomía constitucional del Ministerio Público, como defensor de la legalidad, los derechos ciudadanos e intereses públicos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 64º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052.

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4853-2018-MP-FN de fecha 31 de diciembre de 2018, en todos sus extremos.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia del Perú, Junta de Fiscales Supremos, Fiscalía Suprema de Control Interno, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Jefe de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS
Fiscal de la Nación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RFN 001-2019-MP-FN Dejan sin efecto la Nº 4853-2018-MP-FN
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
  • Numero : 001-2019-MP-FN
  • Emitida por : Ministerio Publico - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2019-01-03
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-04

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