3/21/2019

Renuevan Miembros Consejo Nacional Seguridad RM 088-2019-TR Trabajo y Promocion del Empleo

Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Renuevan y acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo RM 088-2019-TR Lima, 20 de marzo de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 011-SG-CEN-CTP-de la Confederación de Trabajadores del Perú, la Carta S/N del 08 de febrero de de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú, la Carta CONFIEP VP-018/19 de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas-CONFIEP, el Oficio Nº 004-2019-CATP-SG-SMA
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
Renuevan y acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
RM 088-2019-TR
Lima, 20 de marzo de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 011-SG-CEN-CTP-de la Confederación de Trabajadores del Perú, la Carta S/N del 08 de febrero de de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú, la Carta CONFIEP VP-018/19 de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas-CONFIEP, el Oficio Nº 004-2019-CATP-SG-SMA de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú-CATP , los Oficios Nº 19-2019-MTPE/1/27 y Nº 028-2019-MTPE/1/27 de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y el Informe Nº 701-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:



Que, mediante el artículo 10 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación de materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al sector trabajo y promoción del empleo, que está integrado entre otros, por cuatro representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) y por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP);


Que, el citado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de la CONFIEP y de las centrales sindicales es efectuada mediante resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 105-2017-TR de fecha 06 de junio de 2017, se acredita al señor ANGEL
GODOFREDO MURILLO BARCENA, representante titular de los empleadores (a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP) como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como a los señores JULIO CESAR RODRIGUEZ

LA CHIRA y ROLANDO ALFONSO TORRES PRIETO, como representantes titular y alterno, respectivamente, de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP;

Que, mediante Carta CONFIEP VP-018/19 la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP solicita reemplazar al señor ANGEL
GODOFREDO MURILLO BARCENA por el señor JOSE
EDUARDO ROCA SERKOVIC como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, asimismo, a través del Oficio Nº 004-2019-CATP-SG-SMA, la Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP solicita reemplazar al señor JULIO CESAR
RODRIGUEZ LA CHIRA (representante titular) por la señora MILAGROS AMALIA PAZ ZEGARRA DE GACON
y ratificar al señor ROLANDO ALFONSO TORRES
PRIETO como su representante alterno ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, por otro lado, mediante Resolución Ministerial Nº 321-2016-TR, se acredita a la señora GLADYS
BEATRIZ ANGULO SANCHEZ, representante alterna de la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP), como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y se acredita a la señora GLADYS ROSARIO
LAZARTE BUSTAMANTE y al señor ALFONSO HERNAN
GAMBOA BRICEÑO representantes titular y alterno, respectivamente, de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), como miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, conforme el Oficio Nº 011-SG-CEN-CTP-2019, la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP solicita ratificar la continuidad de su representante alterna, GLADYS BEATRIZ ANGULO SANCHEZ, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, conforme a la Carta S/N del 08 de febrero de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú solicita la renovación de sus representantes titular y alterno, GLADYS ROSARIO LAZARTE BUSTAMANTE
y ALFONSO HERNAN GAMBOA BRICEÑO, respectivamente, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, al respecto mediante Oficios Nº 19-2019-MTPE/1/27 y Nº 028-2019-MTPE/1/27, la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, solicita la emisión de la resolución ministerial que formalice las solicitudes de representación señaladas en los párrafos precedentes;

Con la visación del Viceministerio de Trabajo, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, modificada por la Ley Nº 30222; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias, y el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la acreditación del señor ANGEL GODOFREDO MURILLO BARCENA, representante titular de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 2.- DAR POR CONCLUIDA la acreditación del señor JULIO CESAR RODRIGUEZ LA CHIRA, representante titular de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP), como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 3.- ACREDITAR al señor JOSE
EDUARDO ROCA SERKOVIC, representante titular de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 4.- ACREDITAR a la señora MILAGROS
AMALIA PAZ ZEGARRA DE GACON, representante titular de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP), como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 5.- RENOVAR la acreditación del señor ROLANDO ALFONSO TORRES PRIETO, representante alterno de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP), como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 6.- RENOVAR la acreditación de la señora GLADYS BEATRIZ ANGULO SANCHEZ, representante alterna de la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP), como miembro del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 7.- RENOVAR la acreditación de la señora GLADYS ROSARIO LAZARTE BUSTAMANTE y del señor ALFONSO HERNAN GAMBOA BRICEÑO representantes titular y alterno, respectivamente, de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), como miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 088-2019-TR Renuevan y acreditan a miembros del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 088-2019-TR
  • Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-03-21
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-22

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.