5/30/2019

Política Antisoborno Ministerio RM 178-2019-VIVIENDA Vivienda Construccion y Saneamiento

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Aprueban la Política Antisoborno del Ministerio RM 178-2019-VIVIENDA Lima, 29 de mayo de 2019 VISTOS; el Memorándum Nº 205-2019-VIVIENDA-SG/OILCC y el Informe Nº 011-2019-VIVIENDA-SG/ OILCC/bbarletti, ambos de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción - OILCC; el Memorando Nº 1340-2019-VIVIENDA-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP y el Informe Nº 193-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Aprueban la Política Antisoborno del Ministerio
RM 178-2019-VIVIENDA
Lima, 29 de mayo de 2019
VISTOS; el Memorándum Nº 205-2019-VIVIENDA-SG/OILCC y el Informe Nº 011-2019-VIVIENDA-SG/ OILCC/bbarletti, ambos de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción - OILCC; el Memorando Nº 1340-2019-VIVIENDA-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP y el Informe Nº 193-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la OGPP; y,

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que tiene como objetivo contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;


Que, los objetivos específicos 2.3 y 2.4 del Eje 2
"Identificación y Gestión de Riesgos", de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establecen como estrategias garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios, así como fortalecer la gestión de riesgos al interior de cada entidad pública, señalando entre los lineamientos de este último objetivo específico, implementar mecanismos de cumplimiento de normas anticorrupción;

Que, el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, implementa medidas de alcance nacional orientadas a lograr un nivel de institucionalidad que asegure de modo global en el país la prevención y la lucha contra la corrupción de manera eficiente; asimismo, involucra a todas las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, los cuales deben implementar modelos de prevención, filtros en los procesos propios de la actividad que realizan, políticas orientadas a garantizar la transparencia y rendición de cuentas, mecanismos de control y supervisión;


Que, la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017
"Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso", aprobada por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL-DN del Instituto Nacional de Calidad, especifica los requisitos y proporciona una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno;

Que, el subnumeral 5.1.1. del numeral 5.1 del artículo 5 de la citada Norma Técnica Peruana, establece que el Órgano de gobierno debe demostrar su liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno a través de la aprobación de la política antisoborno;

Que, el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5 de la citada Norma Técnica Peruana, dispone que la Alta Dirección debe demostrar su liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno, asegurándose que se aborden adecuadamente los riegos de soborno de la organización, disponiendo en el subnumeral 5.3.2
del numeral 5.3 del citado artículo que la alta Dirección debe designar a la persona o personas que tendrán la competencia, posición, autoridad e independencia apropiada para ejecutar la función de cumplimiento de la política antisoborno de la organización;

Que, la OILCC del MVCS, tiene, entre otras, la función de promover y realizar actividades vinculadas al fomento de la ética, transparencia y lucha contra la corrupción;
así como, elaborar y proponer a la Alta Dirección normas relacionadas a las materias de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24-A del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;

Que, mediante Memorándum Nº 205-2019-VIVIENDA-SG/OILCC, la Directora de la OILCC da su conformidad al Informe Nº 011-2019-VIVIENDA-SG/OILCC, a través del cual sustenta la necesidad de formular la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a fin de fortalecer la lucha contra la corrupción, reforzando las competencias técnicas y éticas de los servidores del MVCS; así como, de la ciudadanía;

Que, con Memorando Nº 1340-2019-VIVIENDA-OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 193-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, por el cual se emite opinión favorable respecto a la Política Antisoborno, señalando que el referido proyecto de Política, cumple con lo requerido por la Norma Técnica Peruana NTP ISO
37001:2017;

Que, en este sentido, para la implementación de la NTP ISO 37001:2017, se requiere aprobar una política antisoborno; así como, designar al responsable de la función de cumplimiento, toda vez que la misma recoge el compromiso del MVCS de luchar contra el soborno y la corrupción;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 30156, Ley Orgánica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Designar a el/la Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, como responsable de cumplimiento de la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Estadística e Informática, difunda los alcances de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ESTRADA MENDOZA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANEXO
POLÍTICA ANTISOBORNO DEL MINISTERIO DE
VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS ha decidido fortalecer la lucha frontal contra todas las prácticas de corrupción con la finalidad de ofrecer al Perú mejores servicios de vivienda, construcción y saneamiento, impulsando el desarrollo de acciones que promuevan la transparencia en la gestión administrativa y técnica, disuadiendo las conductas indebidas e incentivando el compromiso de todo servidor civil y contratista o quien tenga relación jurídica con la entidad contra el soborno.

En ese sentido, el MVCS acorde a lo dispuesto en la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, aprobada por Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, manifiesta su posición de luchar formalmente contra el soborno y la corrupción, y su firme decisión de adoptar todas las medidas necesarias para combatirlos, comprometiéndose a:
a) Prohibir el soborno; asimismo, denuncia y sanciona todo tipo de corrupción en la entidad.
b) Cumplir los requisitos del sistema de gestión antisoborno (NTP ISO 37001:2017).
c) Promover comportamientos éticos a través de la sensibilización y capacitación de los servidores civiles y partes interesadas, sobre la gestión de riesgos y sus controles, así como la importancia de su compromiso con el sistema de gestión antisoborno.
d) Comprometer a todos los servidores civiles y contratistas, a cumplir con el marco legal contra cualquier práctica de soborno en el MVCS.
e) Evitar las prácticas de soborno a través de los socios de negocio del MVCS.
f) Prohibir la obtención de ventajas indebidas, así como la aceptación de regalos, obsequios, cortesías ni otros beneficios a los servidores civiles del MVCS, g) Generar conciencia entre los servidores civiles y contratistas del MVCS sobre las consecuencias disciplinarias, civiles y penales por realizar o permitir realizar prácticas que constituyan soborno.
h) Asegurar que no exista represalia cuando se reporta una inquietud de soborno, protegiendo la identidad e integridad de las personas.
i) Promover la mejora continua del sistema de gestión antisoborno, considerando a las personas como principales responsables de la gestión y mejora de sus procesos.

Se precisa que todo servidor civil que tenga conocimiento directo sobre potenciales incumplimientos de esta Política, que no denuncie a las instancias correspondientes, que induzca a error u obstaculice a los encargados del proceso de investigación o que se encuentren realizando indagaciones sobre potenciales incumplimientos de esta Política, está sujeto a acción disciplinaria. En todos los casos, la acción disciplinaria puede incluir el término de la relación laboral.

El MVCS reafirma su compromiso de promover las conductas éticas e íntegras, difundiendo e incentivando en sus servidores civiles el conocimiento y cumplimiento de la presente política, a fin de prevenir y/o evitar cualquier riesgo de soborno.

La Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del MVCS, supervisa el cumplimiento de la presente Política.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 178-2019-VIVIENDA Aprueban la Política Antisoborno del Ministerio
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 178-2019-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-05-30
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-31

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