1/25/2019

Incorporación Veintiocho (28) Ecosistemas lista RDE Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban incorporación de veintiocho (28) ecosistemas a la "Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles" RDE 004-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 23 de enero de VISTO: Los Informes Técnicos Nº 063-2018-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/DIV, de fecha 20 de diciembre de 2018 y Nº 006-2019-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/ DIV de fecha 18 de enero de 2019, ambos emitidos por la Dirección de Inventario y Valoración de la Dirección General de Información
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban incorporación de veintiocho (28) ecosistemas a la "Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles"
RDE 004-2019-MINAGRI-SERFOR-DE
Lima, 23 de enero de
VISTO:

Los Informes Técnicos Nº 063-2018-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/DIV, de fecha 20 de diciembre de 2018 y Nº 006-2019-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/ DIV de fecha 18 de enero de 2019, ambos emitidos por la Dirección de Inventario y Valoración de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico Nº 002-2019-MINAGRI-SERFOR/DGPCFFS-DPR, de fecha 18 de enero de 2019, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Legal Nº 006-2019-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ del 18 de enero de 2019, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI;

Que, el artículo 14 de la referida Ley, establece que una de las funciones del SERFOR es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;


Que, son ecosistemas frágiles aquellos ecosistemas con características o recursos singulares con baja resiliencia (capacidad de retornar a sus condiciones originales), e inestable ante eventos impactantes de naturaleza antropogénica (humana), que produce en el mismo, una profunda alteración en su estructura y composición. La condición de fragilidad es inherente al ecosistema y sólo se manifiesta bajo las condiciones de disturbio. Queda establecido que, a mayor fragilidad mayor es la necesidad de protección del ecosistema 1
;

Que, el numeral 99.1 del artículo 99 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, modificado por el artículo único de la Ley Nº 29895, establece que, en el ejercicio de sus funciones, las autoridades públicas adoptan medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, tomando en cuenta sus características y recursos singulares, y su relación con condiciones climáticas especiales y con los desastres naturales;


Que, el artículo 107 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, señala que el SERFOR, en coordinación con las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre (ARFFS), aprueba la lista de ecosistemas frágiles en concordancia con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, con base en estudios técnicos e información científica disponible, en el ámbito de sus competencias; asimismo, señala que dicha lista se actualizará cada cinco años, caso contrario queda automáticamente ratificada;

Que, en ese mismo sentido, el artículo 130 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, señala que el SERFOR, en coordinación con la ARFFS, elabora y aprueba la lista sectorial de ecosistemas frágiles, en concordancia con la normatividad sobre la materia, precisando que ello no implica la delimitación de un área específica;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0274-2013-MINAGRI, el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, sobre la base del artículo 267 del entonces vigente Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, apertura la Lista de Ecosistemas Frágiles, la misma que debía ser actualizada por la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura y Riego;
no obstante, conforme a las disposiciones vigentes en la normativa sectorial, corresponde que la inclusión de nuevos ecosistemas a dicha lista sea aprobada por el SERFOR, bajo la denominación de Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 287-2018-MINAGRI-SERFOR-DE de fecha 19 de diciembre de 2018, se aprobaron los "Lineamientos para la identificación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles", a través de los cuales se establecen los criterios para la identificación de ecosistemas frágiles y el procedimiento para su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles;

Que, mediante los Informes Técnicos Nº 063-2018-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/DIV y Nº 006-2019-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/DIV , la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre da cuenta del proceso de identificación de los ecosistemas frágiles en la Región de San Martín, teniendo como resultado veintiocho (28) fichas técnicas de estado de conservación de dichos ecosistemas, según las evaluaciones realizadas de forma conjunta entre el SERFOR y la Autoridad Regional Ambiental de San Martín, en su condición de ARFFS; recomendando su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles;

Que, conforme a lo establecido en los considerandos precedentes y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en los "Lineamientos para la identificación de ecosistemas frágiles y su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles", resulta viable que el SERFOR apruebe la incorporación de los veintiocho (28)
ecosistemas frágiles en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14, del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI; en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, modificado por la Ley Nº 29895; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la incorporación de veintiocho (28) ecosistemas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, a la "Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles", aperturada mediante Resolución Ministerial Nº 0274-2013-MINAGRI.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano;
así también, se publicará la presente Resolución, su Anexo y las fichas técnicas de estado de conservación de los veintiocho (28) ecosistemas incorporados a la "Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles" en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
{N}RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 004-2019-MINAGRI-SERFOR-DE
ANEXO
Ecosistemas que se incorporan a la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles
Nº Tipo de Ecosistema Nombre Departamento Provincia Distrito 1
Bosque Basimontano de Yunga Ishichiwi San Martín Huallaga / El Dorado Alto Saposoa / San José de Sisa 2
Bosque Basimontano de Yunga Tres Quebradas San Martín Mariscal Cáceres Pachiza 3
Bosque Basimontano de Yunga Shitariyacu San Martín Mariscal Cáceres Pachiza 4
Bosque Estacional Seco Oriental Ojos de Agua San Martín Picota Pucacaca / Picota / Caspizapa.

5
Bosque Basimontano de Yunga El Tunki San Martín Tocache Shunte 6
Bosque de Colina Alta Valle del Biavo San Martín Bellavista Bajo Biavo / Huallaga 7
Bosque Basimontano de Yunga Mana Hermoso San Martín Tocache Pólvora 8
Bosque Montano de Yunga El Breo San Martín Mariscal Cáceres / Huallaga Saposoa / Huicungo 9
Bosque Montano de Yunga Martin Sagrado San Martín Huallaga Saposoa 10
Bosque Montano de Yunga Monte Cristo San Martín Mariscal Cáceres Huicungo 11
Pantanos de Palmeras Tingana San Martín Moyobamba Moyobamba 12 Jalca Alto Huayabamba San Martín Mariscal Cáceres/ Huallaga Huicungo / Saposoa 13
Bosque Montano de Yunga Ángel del Sol San Martín Mariscal Cáceres Pachiza / Huicungo 14
Bosque Basimontano de Yunga Gran Simacache San Martín Mariscal Cáceres Alto Saposoa / Huicungo / Pachiza 15
Bosque Estacional Seco Oriental Pailayco San Martín Picota Picota 16
Bosque de Colina Alta Chuacullo San Martín Bellavista Alto y Bajo Biavo 17
Bosque Basimontano de Yunga Sinai San Martín Tocache Tocache/ Uchiza 18
Pantanos de Palmeras Bajo Huallaga San Martín San Martín El Porvenir / Pelejo 19
Bosque Basimontano de Yunga Maquisapa San Martín Mariscal Cáceres Huicungo 20
Bosque Basimontano de Yunga Alto Renaco San Martín El Dorado San Martín 21
Bosque de Colina Alta Cordillera del Vaquero San Martín San Martín Shapaja 22
Bosque Basimontano de Yunga Gran Ochanache San Martín Mariscal Cáceres Huicungo 23
Bosque Basimontano de Yunga Pumasapa San Martín Mariscal Cáceres Huicungo 24
Bosque de Colina Alta Marisol San Martín Mariscal Cáceres Pachiza 25
Bosque Basimontano de Yunga Dos de Mayo San Martín Mariscal Cáceres Huicungo
Nº Tipo de Ecosistema Nombre Departamento Provincia Distrito 26
Pantanos de Palmeras Chullachaqui Santa Elena San Martín Moyobamba Moyobamba 27
Bosque Montano de Yunga Bella Durmiente San Martín Rioja Pardo Miguel 28
Bosque Basimontano de Yunga Mishollo San Martín Tocache Pólvora 1
Definición establecida en el numeral 11 del Anexo 2 de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2013-MINAGRI.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDE 004-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Aprueban incorporación de veintiocho (28) ecosistemas a la "Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 004-2019-MINAGRI-SERFOR-DE
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-01-25
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-26

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