5/10/2019

Uso Tarjeta Andina Migración Virtual Puestos RS 0138-2019-MIGRACIONES Superintendencia Nacional de

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Migraciones Aprueban uso de la Tarjeta Andina de Migración Virtual en los Puestos de Control Fronterizo de "Carancas" y "Tilali" de la Jefatura Zonal Puno RS 0138-2019-MIGRACIONES Lima, 8 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 000017-2019-JZPUN/MIGRACIONES, y el Memorando Nº 000392-2019-JZPUN/MIGRACIONES, de fechas 19 de marzo y 22 de abril de 2019, respectivamente, de la Jefatura Zonal de
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Migraciones
Aprueban uso de la Tarjeta Andina de Migración Virtual en los Puestos de Control Fronterizo de "Carancas" y "Tilali" de la Jefatura Zonal Puno
RS 0138-2019-MIGRACIONES
Lima, 8 de mayo de 2019
VISTOS:

El Informe Nº 000017-2019-JZPUN/MIGRACIONES, y el Memorando Nº 000392-2019-JZPUN/MIGRACIONES, de fechas 19 de marzo y 22 de abril de 2019, respectivamente, de la Jefatura Zonal de Puno; los Informes Nº 000058-2019-GU/MIGRACIONES y Nº 000059-2019-GU/MIGRACIONES, ambos de fecha 29 de marzo de y el Memorando Nº 001287-2019-GU/MIGRACIONES, del 23 de abril de 2019, elaborados por la Gerencia de Usuarios; el Memorando Nº 000793-2019-TICE/MIGRACIONES, y el Informe Nº 000128-2019-LVF-TICE/MIGRACIONES, de fecha 16 de abril y 02 de abril de 2019, respectivamente, emitidos por la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística; y, el Informe Nº 000275-2019-AJ/MIGRACIONES, de fecha 23 de abril de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



A través de la Decisión Nº 397, de fecha 16 de septiembre de 1996, la Comisión del Acuerdo de Cartagena de la Comunidad Andina de Naciones crea la Tarjeta Andina de Migración - TAM, como documento de control migratorio interno y estadístico de uso obligatorio para el ingreso y salida de personas del territorio de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, la misma que constituye un medio eficaz de recolección de información para la elaboración de estadística relacionada con el movimiento de personas;


Mediante Resolución Nº 527, de fecha 11 de julio de 2001, la Secretaría General de la Comunidad Andina de
Naciones dispuso la modificación del contenido de la TAM, estableciendo que podrá emitirse en formato preimpreso, mecanizado, electrónico o virtual, según lo decida cada país miembro de dicha Comunidad;

En virtud a ello, a través de la Resolución Ministerial Nº 226-2002-IN-1601, publicada con fecha 27 de febrero de 2002, se aprobó la Directiva Nº 001-2002-IN-1601 "Normas y Procedimientos para establecer el contenido, formato y uso de la Tarjeta Andina de Migración - TAM";


Con Informe Nº 000017-2019-JZPUN/ MIGRACIONES, la Jefatura Zonal de Puno señala que en el mes de febrero del año en curso se instaló internet y red en los Puestos de Control Fronterizo de "Carancas" y "Tilali"; por lo tanto, se estaría contando con la infraestructura técnica necesaria para la implementación de la TAM Virtual, implementación que traerá por beneficio la reducción de tiempos en la atención al público y reducirá el uso del papel;

Los citados Puestos de Control Fronterizo, brindan atención a turistas nacionales y extranjeros que ingresan y salen del país por la orilla oriental del Lago Titicaca, en la frontera con Bolivia, y brindan atenciones como la expedición del duplicado de la Tarjeta Andina de Migración, traslado de sellos a un nuevo documento, cancelación de la residencia y el pago de las multas por exceso de permanencia;

Estando acorde a los avances tecnológicos, a las necesidades generadas por la afl uencia de turistas y en el marco del proceso de modernización de los servicios que ha emprendido la Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, resulta pertinente la implementación de la TAM Virtual, a emitirse a los ciudadanos que efectúen el control migratorio a través de los Inspectores de los Puestos de Control Fronterizo de "Carancas" y "Tilali" del departamento de Puno;

En ese sentido, a efectos que el control migratorio no solo sea realizado de forma manual, sino que, además, genere el registro del movimiento migratorio en el sistema de control migratorio, se hace necesaria la emisión de una Resolución que apruebe el uso de la TAM Virtual en los referidos Puestos de Control Fronterizo;

De igual manera, la propuesta de implementación de la TAM Virtual en los Puestos de Control Fronterizo mencionados anteriormente, es concordante con la política de simplificación administrativa que impulsa el Estado Peruano, así como con el proceso de fortalecimiento del control migratorio y de modernización de la gestión que se ha instaurado para la mejora de la calidad de los servicios que se brindan a los ciudadanos;

Estando a lo propuesto en los documentos de vistos y con el visado de la Gerencia General, la Gerencia de Usuarios, así como de las Oficinas Generales Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130 que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; y,

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Aprobar el uso de la Tarjeta Andina de Migración Virtual en los Puestos de Control Fronterizo de "Carancas" y "Tilali" de la Jefatura Zonal de Puno, a partir de la fecha de emisión de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, y la Gerencia de Usuarios, efectúen las acciones destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.migraciones.gob. pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRIEDA ROXANA DEL AGUILA TUESTA
Superintendente Nacional

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 0138-2019-MIGRACIONES Aprueban uso de la Tarjeta Andina de Migración Virtual en los Puestos de Control Fronterizo de "Carancas" y "Tilali" de la Jefatura Zonal Puno
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
  • Numero : 0138-2019-MIGRACIONES
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Migraciones - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-05-10
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-11

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