6/25/2019

Acceden Solicitudes Traslado Pasivo Condenados RS 134-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos

Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Acceden a solicitudes de traslado pasivo de condenados de nacionalidades española, británica y neerlandesa, para que cumplan el resto de su condena en centros penitenciarios de España, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Reino de los Países Bajos RS 134-2019-JUS Lima, 24 de junio de 2019 VISTO; el Informe Nº 057-2019/COE-TPC, del 25 de abril de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos
Acceden a solicitudes de traslado pasivo de condenados de nacionalidades española, británica y neerlandesa, para que cumplan el resto de su condena en centros penitenciarios de España, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Reino de los Países Bajos
RS 134-2019-JUS
Lima, 24 de junio de 2019
VISTO; el Informe Nº 057-2019/COE-TPC, del 25 de abril de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad española
CRISTINA SILVEIRA PALACIOS;

CONSIDERANDO:



Que, la condenada de nacionalidad española CRISTINA SILVEIRA PALACIOS, que se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Ancón II, solicita ser trasladada a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por el Segundo
Juzgado de Investigación Preparatoria del Callao, por la comisión del delito de tráfico ilícito de droga, en agravio del Estado peruano;

Que, conforme al numeral 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas;


Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante Informe Nº 057-2019/COE-TPC, del 25 de abril de 2019, propone acceder a la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad española CRISTINA SILVEIRA PALACIOS a un centro penitenciario del Reino de España;

Que, la solicitud de traslado entre la República del Perú y el Reino de España se encuentra regulada por el Tratado entre la República del Perú y el Reino de España sobre Transferencia de Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y Medidas de Seguridad Privativas de Libertad así como de Menores bajo Tratamiento Especial; el cual fue suscrito el 25 de febrero de 1986, y se encuentra vigente desde el 9 de junio de 1987; así como, por el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS.


Que, conforme al numeral 1) del artículo 541 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el Perú mantendrá jurisdicción sobre la condena impuesta y cualquier otro procedimiento que disponga la revisión o modificación de la sentencia dictada por el órgano jurisdiccional. En igual sentido retendrá la facultad de indultar o conceder amnistía o redimir la pena a la persona condenada;

En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad española CRISTINA
SILVEIRA PALACIOS, que se encuentra cumpliendo sentencia en el Establecimiento Penitenciario de Ancón II, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un centro penitenciario del Reino de España.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 134-2019-JUS Acceden a solicitudes de traslado pasivo de condenados de nacionalidades española, británica y neerlandesa, para que cumplan el resto de su condena en centros penitenciarios de España, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Reino de los Países Bajos
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
  • Numero : 134-2019-JUS
  • Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-25
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-26

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