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Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público RS 262-2019-EF Economia y Finanzas
8/14/2019
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público RS 262-2019-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Gobiernos Regionales RS 262-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Gobiernos Regionales
RS 262-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de
S/ 330 000 000,00 (TRESCIENTOS TREINTA
MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2018, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última;
Que, mediante los Informes Nºs 413, 417, 433 y 519-2019-OP-OGPPM/MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín; del pliego 455: Gobierno Regional del Departamento de Moquegua; del pliego 458: Gobierno Regional del Departamento de Puno; y del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para financiar la operación y mantenimiento del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú; del Hospital Regional de Moquegua; del Hospital de Apoyo San Martín de Porres de Macusani, provincia de Carabaya - Puno; y del Hospital de Moyobamba, respectivamente;
TAMBIEN PUEDES VER: Instituto Nacional Innovación Agraria Estación RJ 149-2019-INIA Agricultura y Riego
en virtud de lo cual, con los Oficios Nºs 1877, 1878, 1912
y 2080-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas;
MAS NORMAS LEGALES: Reordenamiento Cargos Contenidos Cuadro RM 276-2019-PCM PCM
Que, como parte del financiamiento de la operación y mantenimiento del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú; del Hospital Regional de Moquegua; del Hospital de Apoyo San Martín de Porres de Macusani, provincia de Carabaya - Puno; y del Hospital de Moyobamba, mediante Memorandos Nºs 877, 891 y 1061-2019-EF/53.04, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, determina el costo para financiar la contratación de servidores bajo el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, sobre la base de la información remitida por el Ministerio de Salud;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal hasta por la suma de
S/ 25 280 803,00 (VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS
OCHENTA MIL OCHOCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 450:
Gobierno Regional del Departamento de Junín; del pliego 455: Gobierno Regional del Departamento de Moquegua; del pliego 458: Gobierno Regional del Departamento de Puno; y del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, en el marco de lo dispuesto en el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879;
De conformidad con lo establecido en el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 25 280 803,00 (VEINTICINCO MILLONES
DOSCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS TRES Y
00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín; del pliego 455: Gobierno Regional del Departamento de Moquegua; del pliego 458: Gobierno Regional del Departamento de Puno; y del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para financiar la operación y mantenimiento del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú; del Hospital Regional de Moquegua; del Hospital de Apoyo San Martín de Porres de Macusani, provincia de Carabaya - Puno;
y del Hospital de Moyobamba, respectivamente, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central-MINSA
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 25 280 803,00
——————
TOTAL EGRESOS 25 280 803,00
===========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 450 : Gobierno Regional del Departamento de Junín UNIDAD EJECUTORA 400 : Dirección Regional de Salud Junín FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 888 851,00
PLIEGO 455 : Gobierno Regional del Departamento de Moquegua UNIDAD EJECUTORA 402 : Hospital Regional de Moquegua FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 4 951 664,00
PLIEGO 458 : Gobierno Regional del Departamento de Puno UNIDAD EJECUTORA 409 : Salud Macusani FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 146 657,00
PLIEGO 459 : Gobierno Regional del Departamento de San Martín UNIDAD EJECUTORA 401 : Salud Alto Mayo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 13 293 631,00
——————- TOTAL EGRESOS 25 280 803,00
===========
1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia se detallan en el Anexo 01
"Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú - Gobierno Regional del Departamento de Junín", Anexo 02 "Hospital Regional de Moquegua - Gobierno Regional del Departamento de Moquegua", Anexo 03 "Hospital de Apoyo San Martín de Porres de Macusani, provincia de Carabaya - Puno -
Gobierno Regional del Departamento de Puno" y Anexo 04 "Hospital de Moyobamba - Gobierno Regional del Departamento de San Martín" que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RS 262-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Gobiernos Regionales
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
- Numero : 262-2019-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-14
- Fecha de aplicacion : 2019-08-15
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