9/10/2019

Documento Técnico: Plan Reducción Daños Salud RM 810-2019/MINSA Salud

Poder Ejecutivo, Salud Aprueban Documento Técnico: Plan para la reducción de daños en salud frente al proceso eruptivo del volcán Ubinas para el año 2019 RM 810-2019/MINSA Lima, 4 de setiembre del 2019 Visto, el Expediente Nº 19-084286-001, que contiene el Informe Técnico Nº 004-2019-NCNC-VES/UFGRD-DIGERD/MINSA, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título
Poder Ejecutivo, Salud
Aprueban Documento Técnico: Plan para la reducción de daños en salud frente al proceso eruptivo del volcán Ubinas para el año 2019
RM 810-2019/MINSA
Lima, 4 de setiembre del 2019
Visto, el Expediente Nº 19-084286-001, que contiene el Informe Técnico Nº 004-2019-NCNC-VES/UFGRD-DIGERD/MINSA, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud;

CONSIDERANDO:



Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público.

Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, entre otros;


Que, el literal a) del artículo 7 de la Ley antes referida, modificado por la Ley Nº 30895, señala que, en el marco de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la función específica de regular la organización y prestación de servicios de salud;

Que, el literal c. del subnumeral 6.2 del artículo 6 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que la implementación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se logra mediante el planeamiento, organización, dirección y control de las actividades y acciones relacionadas con el proceso de preparación, respuesta y rehabilitación, referido a acciones que se realizan con el fin de procurar una óptima respuesta de la sociedad en caso de desastres, garantizando una adecuada y oportuna atención de personas afectadas, así como la rehabilitación de los servicios básicos indispensables, permitiendo normalizar las actividades en la zona afectada por el desastre;


Que, con Decreto Supremo Nº 128-2019-PCM, se declara el Estado de Emergencia por impacto de daños debido al proceso eruptivo del volcán Ubinas, en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Moquegua, Arequipa y Tacna, por el plazo de sesenta (60)
días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan;

Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 129-2019-PCM, se declara el Estado de Emergencia por impacto de daños debido al proceso eruptivo del volcán Ubinas, en varios distritos de algunas provincias del departamento de Puno, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan;

Que, el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, señala que la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el sector salud los componentes, procesos y sub procesos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Coordina con los órganos competentes del Ministerio de Salud, la atención de emergencias sanitarias que correspondan; así como la prevención y control de riesgo de desastres;

Que, en virtud de ello, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, ha elaborado el Documento Técnico: Plan para la reducción de daños en salud frente al proceso eruptivo del volcán Ubinas para el año 2019, con la finalidad de contribuir a proteger la vida y la salud de las personas, ubicadas en zonas en riesgo o afectas por efectos de proceso eruptivo del volcán Ubinas;

Que, mediante el Informe Nº 531-2019-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; de la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; de la Directora General de la Dirección General de Telesalud, Referencias y Urgencias; del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud; del Director General de la Oficina General de Comunicaciones; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Directora General del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades; del Jefe del Instituto Nacional de Salud; de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; de la Secretaria General; del Viceministro de Salud Pública; y, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decretos Supremos Nºs. 011-2017-SA
y 032-2017-SA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Plan para la reducción de daños en salud frente al proceso eruptivo del volcán Ubinas para el año 2019, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación de la implementación del Documento Técnico aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 810-2019/MINSA Aprueban Documento Técnico: Plan para la reducción de daños en salud frente al proceso eruptivo del volcán Ubinas para el año 2019
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 810-2019/MINSA
  • Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-10
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-11

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