9/10/2019

Transferencia Financiera Favor Entidad Prestadora RM Vivienda Construccion y Saneamiento

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado Loreto S.A.- SEDALORETO RM 289-2019-VIVIENDA Lima, 9 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento,
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado Loreto S.A.- SEDALORETO
RM 289-2019-VIVIENDA
Lima, 9 de setiembre de 2019

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 262
440 905,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y
DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL
NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;


Que, el inciso iv) del literal a) del numeral 16.1 del artículo 16, de la Ley Nº 30879, autoriza de manera excepcional en el presente Año Fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del MVCS para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento;
las mismas que conforme lo dispone el numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, establece que la entidad pública que transfiere, con excepción del acápite f.5. del inciso f) del numeral 16.1. del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; disponiendo que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;


Que, con fecha 30 de octubre de 2017, el MVCS, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado Loreto S.A.- SEDALORETO S.A., suscribieron el Convenio Nº 831-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSU, - Convenio de Asistencia Financiera, con el objeto de "establecer los lineamientos administrativos y compromisos de las partes para la transferencia financiera de recursos de VIVIENDA
a favor de la EPS para ser destinada al financiamiento de las Actividades de Implementación, Operación y Mantenimiento del Servicio Temporal de Agua Potable y Alcantarillado de las Viviendas Construidas en Zona Varillalito"; el cual fue modificado por la Adenda Nº 01 de fecha 28 de agosto de 2019, en cuanto al monto de la transferencia de recursos que realiza VIVIENDA a favor de la EPS, para fines del citado Convenio, hasta por la suma de S/ 3 530 485,35 (TRES MILLONES QUINIENTOS
TREINTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y
35/100 SOLES);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 457- 2017-VIVIENDA, se autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con cargo a los recursos presupuestales de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de
S/ 1 238 398,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y
OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100
SOLES), en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor de SEDALORETO S.A., destinados a los fines anteriormente señalados;

Que, con Informe Nº 333-2019-VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicita gestionar la autorización de la Transferencia Financiera a favor de SEDALORETO
S.A., por el importe de S/ 2 292 088,17 (DOS MILLONES
DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHENTA Y
OCHO Y 17/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, destinada al financiamiento de las "Actividades de Implementación, Operación y Mantenimiento del Servicio Temporal de Agua Potable y Alcantarillado de las viviendas construidas en Varillalito"; en el marco del inciso iv) del literal a) del numeral 16.1 del artículo 16, de la Ley Nº 30879, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004.

Programa Nacional de Saneamiento Urbano;

Que, por Memorándum Nº 2078-2019-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 496-2019-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004.

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001. Acciones Comunes, Actividad 5.001777. Transferencia de Recursos para
Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 5.

Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 2 292 088,17 (DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
OCHENTA Y OCHO Y 17/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de SEDALORETO S.A., destinada al financiamiento de las "Actividades de Implementación, Operación y Mantenimiento del Servicio Temporal de Agua Potable y Alcantarillado de las Viviendas Construidas en Zona de Varillalito", para lo cual se cuenta con el respectivo Convenio y Adenda de financiamiento suscritos por las partes;

Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso iv) del literal a) del numeral 16.1 del artículo 16, de la Ley Nº 30879, y en el marco del Convenio Nº 831-2017-VIVIENDA/ VMCS/PNSU, y su Adenda Nº 01, es necesario autorizar la Transferencia Financiera con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004.

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 2 292 088,17 (DOS MILLONES DOSCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL OCHENTA Y OCHO Y 17/100
SOLES), en la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados a favor de SEDALORETO
S.A., destinada a los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037.

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 2 292
088,17 (DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA
Y DOS MIL OCHENTA Y OCHO Y 17/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado Loreto S.A.- SEDALORETO S.A., destinada al financiamiento de las "Actividades de Implementación, Operación y Mantenimiento del Servicio Temporal de Agua Potable y Alcantarillado de las Viviendas Construidas en Zona Varillalito", para lo cual se cuenta con el respectivo Convenio y Adenda suscritos por las partes.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082:

Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001. Acciones Comunes, Actividad 5.001777.

Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, Categoría de Gasto 5.

Gasto Corriente y Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual se realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30978, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Artículo 5.- Información La Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado Loreto S.A.- SEDALORETO
S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de los recursos transferidos, en el marco del Convenio y Adenda suscritos por las partes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ESTRADA MENDOZA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 289-2019-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado Loreto S.A.- SEDALORETO
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 289-2019-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-10
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-11

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