11/02/2019

Patrimonio Cultural Nación Conocimientos Técnicas RV Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, las técnicas y las prácticas asociados a la interpretación de la Cajita cutervina en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca RV 196-2019-VMPCIC-MC Lima, 30 de octubre de 2019 VISTOS, el Informe Nº D000194-2019-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y el Informe Nº D000396-2019-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Cultura
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, las técnicas y las prácticas asociados a la interpretación de la Cajita cutervina en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca
RV 196-2019-VMPCIC-MC
Lima, 30 de octubre de 2019
VISTOS, el Informe Nº D000194-2019-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y el Informe Nº D000396-2019-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana";


Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;


Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, a través del Informe Nº 900014-2018/DDC
CAJ/MC de fecha 25 de julio de 2018, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca remitió a la Dirección de Patrimonio Inmaterial el Oficio Nº 045-2018-MPC/GDS-SGEDC de fecha 23 de julio de 2018, a través del cual la Municipalidad Provincial de Cutervo, presentó la solicitud de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, las técnicas y las prácticas asociados a la interpretación de la Cajita cutervina;

Que, Cutervo es una de las trece provincias que conforman el departamento de Cajamarca. Fue creada en 1910 mediante la Ley Nº 1296, contando en ese entonces con siete distritos: Querecotillo, Cayalluc, Pimpincos, Cujillo, Choros, Sócota y Cutervo. Hoy en día la provincia de Cutervo se compone de quince distritos, los siete antes mencionados y los más recientemente incorporados La Ramada, San Andrés de Cutervo, San Juan de Cutervo, San Luis de Lucma, Santa Cruz, Santo Domingo de la Capilla, Santo Tomás y Toribio Casanova.

Según el Censo Nacional de Población y Vivienda 2017, la provincia cuenta con un total de 120,723 habitantes.

Según la misma fuente, el 19,8 % reside en zonas urbanas mientras que el 80,2 % en zonas rurales. Esto la convierte en la cuarta provincia con mayor nivel de población rural de Cajamarca después de las provincias de San Ignacio, Chota y Cajamarca. Asimismo, cabe señalar que dentro de la provincia de Cutervo existen 7
comunidades campesinas, distribuidas dentro del ámbito de los distritos de Cutervo, Cujillo y Sócota, de acuerdo al Directorio de Comunidades Campesinas del Perú elaborado en 2009 por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI;

Que, el término cajita cutervina es utilizado a nivel provincial para identificar y distinguir a un conjunto instrumental integrado por dos músicos denominados cajeros. Uno de ellos ejecuta una fl auta en simultáneo con un tamborcillo o cajita, y el otro una fl auta en simultáneo con un triángulo metálico. Todos los instrumentos son sostenidos con la mano izquierda, mientras que los instrumentos de percusión (cajita y triángulo) se tañen en sincronía rítmica con la mano derecha. Además de los instrumentos, ambos cajeros también intercalan la melodía de las fl autas con canto a dos voces que son conceptualizadas a través de los términos alto y bajo. Así, se puede afirmar que al hablar de cajita cutervina también se hace referencia a una práctica musical de carácter dual y complementario por medio de la cual se ejecuta un extenso repertorio compuesto principalmente de yaravíes, huaynos, cashuas y marineras;

Que, cabe señalar que el conjunto instrumental integrado por algún tipo de fl auta como instrumento melódico, junto con una caja como instrumento rítmico, es recurrente en el ámbito andino especialmente en la zona norte desde el departamento de Huánuco hasta el de Cajamarca. Ejemplo de esto son las denominadas roncadoras en Áncash, o los cajeros en Huánuco. Por otro lado, en el ámbito sur andino destacan como ejemplo los pitureros en Huancavelica;

Que, en el Mapa de Instrumentos Musicales de Uso Popular en el Perú publicado en 1978 por el entonces Instituto Nacional de Cultura, se describe el uso del triángulo como parte de diversos conjuntos y bandas de músicos en todo el país y especialmente en los departamentos de Puno, Junín, Lambayeque y Cajamarca. Dentro de este último, la misma fuente destaca como espacio de práctica a la provincia de Hualgayoc;

Que, sin embargo, pese a la documentada recurrencia en el uso de este tipo de instrumentos a lo largo de una amplia porción del territorio nacional, su práctica en el departamento de Cajamarca exhibe particularidades que resulta importante resaltar. Así, en un artículo de José María Arguedas titulado Carnaval de Namora (1941)
publicado por el diario La Prensa de Buenos Aires, el destacado etnólogo señaló que es en Cajamarca donde la población india denomina fl auta y caja a instrumentos musicales que, en otros ámbitos indígenas del centro y sur del país, son más conocidos como pinkullu y tinya.

Más aún, en el mismo artículo Arguedas profundizó en las particularidades de la fl auta cajamarquina, señalado que esta es mucho más chica y delgada en comparación con el pinkullu tocado en Cusco que puede alcanzar el metro de largo, además de ser hecha de madera de sauco a diferencia del pinkullu de Ayacucho y Apurímac hecho de carrizo;

Que, la fl auta usada como parte de la práctica musical de la cajita cutervina tiene una longitud aproximada de 44 centímetros, y es confeccionada tradicionalmente a partir de la rama de sauco. No obstante, debido a la actual escasez de este material, hoy en día también son hechas a partir de un tubo delgado de plástico. Para generar su sonido cuentan con 3 agujeros, 1 en el reverso y otros 2 en el anverso, así como un pico o lengüeta de madera como canal de insufl ación. Adicionalmente, según información recogida por Juan Oblitas Carrero en el folleto Los Últimos Vientos del Ilucán, la mayoría de estas fl autas se afinan en la tonalidad de sol menor;

Que, la caja, también denominada tamborcillo, se compone de un anillo pequeño de madera hecho con raíz de maguey, conocido localmente como pocmo, de unos 85 centímetros de largo y 13 centímetros de ancho. Sobre este se colocan parches de cuero de venado u oveja, los cuales son sujetados a la estructura de soporte con sogas de cabuya. Dada la escasez del cuero de venado, hoy en día los cajeros tienden a usar parches de material sintético para hacer nuevas cajas.

El pequeño mazo de madera usado para tocar la caja se conoce como bolero. El triángulo, así como la varilla con que es tañido, están hechos de fierro fundido y doblado.

Además, tienen en sus extremos pequeños orificios que permiten a los músicos atarlos con cordeles para así llevarlos colgados;

Que, los relatos de origen sobre el inicio de la práctica combinada de fl auta, caja y triángulo en la provincia de Cutervo, remiten a la figura de Dositeo Guevara, también conocido como Amor mío, ejecutante de este formato instrumental hacia principios del siglo XX, proveniente de Chota o Hualgayoc y que luego de asentarse en Cutervo habría empezado a formar a sus primeros discípulos.

Otra fuente interesante a tomar en cuenta en relación a la práctica combinada de fl auta, caja y triángulo en la región es el libro Compositores celendinos (1987) del investigador Elmer J. Aliaga, quien describe el uso de estos instrumentos en los distritos de José Gálvez, Jorge Chávez y Sucre de la provincia de Celendín;

Que, en tal sentido, si bien puede afirmarse que la práctica conjunta de fl auta, caja y triángulo no es necesariamente exclusiva de Cutervo, es en el ámbito territorial de dicha provincia que esta gana arraigo mediante un proceso de construcción de identidad a nivel regional. Así, con el paso del tiempo, la cajita cutervina se posiciona como un ícono de identidad local, lo que se expresa a través de conjuntos y repertorios emblemáticos.

Del mismo modo, la cajita cutervina se adaptó a los contextos festivos tradicionales de toda la provincia, facilitando su transformación en un referente de identidad en Cutervo;

Que, de acuerdo a la información presentada, entre algunos de los cajeros más emblemáticos se encuentran los maestros Artemio Banda Requejo o Piche Artemio y Máximo Castro Monsalve. El primero, considerado como uno de los más antiguos cajeros y cuya labor engendró generaciones de intérpretes posteriores. Y el segundo, quien junto con Félix Monsalve Ramírez, formó el emblemático conjunto Los Pachachacas que hacía los años 1970 posicionó el sonido de la cajita cutervina a nivel tanto regional como nacional por medio de apariciones en el canal del Estado y estaciones radiales de amplia cobertura. Entre los repertorios más emblemáticos asociados a la práctica de la cajita cutervina se puede destacar temas como Naranjita capillana, Calle Comercio, El casado, El Ilucán, El ponchito, A Cutervo yo lo quiero, La despedida, Amor mío y Mi cutervina;

Que, la comunidad de cultores de cajita cutervina se compone actualmente de una serie de dúos como Ilucán, Los Blancos Arenales, Los Claveles de Conday, Yacancate, Quince amigos y Los Pachachacas. Asimismo, la práctica musical de la cajita cutervina también parece mantener especial continuidad en la capital provincial de Cutervo, lo que podría estar asociado con la realización, desde hace más de dos décadas, del Festival de Música y Canto Huanchaco Taki en el marco del cual se organiza un Homenaje a la cajita cutervina;

Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe Nº D000194-2019-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, importancia, valor, alcance y significados de los Conocimientos, las técnicas y las prácticas asociados a la interpretación de la Cajita cutervina en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano;

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, las técnicas y las prácticas asociados a la interpretación de la Cajita cutervina en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, por tratarse de una compleja práctica musical que conjuga la ejecución rítmica y melódica con el canto a dos voces, que se distingue de prácticas similares en el ámbito andino por la incorporación del triángulo metálico, y por ser testimonio de un proceso de construcción de una identidad musical a nivel provincial y regional.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de manera que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) conjuntamente con el Informe Nº D000194-2019-DPI/MC.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe Nº D000194-2019-DPI/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca y a la Municipalidad Provincial de Cutervo, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 196-2019-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, las técnicas y las prácticas asociados a la interpretación de la Cajita cutervina en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 196-2019-VMPCIC-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-02
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-03

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