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Artículo 2 Rm 037 2019 mincetur 157-2020-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
8/12/2020
Artículo 2 Rm 037 2019 mincetur 157-2020-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Modifican el artículo 2 de la R.M. Nº 037-2019-MINCETUR RM 157-2020-MINCETUR Lima, 7 de agosto de 2020 Visto, el Informe Nº 020-2020-MINCETUR/ SG/OGPPD/OCTIP de la Oficina de Cooperación Técnica e Inversión Pública y el Memorándum Nº 507-2020-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el Texto
Modifican el artículo 2 de la R.M. Nº 037-2019-MINCETUR
RM 157-2020-MINCETUR
Lima, 7 de agosto de 2020
Visto, el Informe Nº 020-2020-MINCETUR/ SG/OGPPD/OCTIP de la Oficina de Cooperación Técnica e Inversión Pública y el Memorándum Nº 507-2020-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de los servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la mencionada norma establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMI), así como los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;
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Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del citado Decreto Legislativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, dispone que el Órgano Resolutivo (OR)
es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector;
Que, asimismo, los numerales 2 y 3 del numeral 9.3 del artículo 9 del referido Reglamento, establece que el OR del Sector tiene la función de designar a la OPMI del Sector y al responsable de la OPMI de acuerdo con el perfil profesional que establece la DGPMI. Dicho Responsable no puede formar parte de ninguna OPMI, UF o UEI;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva Nº 001-2019-E/63.01, "Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, el OR
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designa a la OPMI, así como a su responsable mediante la resolución o acto correspondiente, debiendo comunicar dicha designación a la DGPMI a través del Formato Nº 01-A: Registro de la OPMI y su responsable para su registro en el Banco de Inversiones;
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 037-2019-MINCETUR, se designa al responsable de la OPMI del Sector Comercio Exterior y Turismo, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
Que, mediante los documentos del Visto, se propone la designación del nuevo responsable de la OPMI del Sector Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la normativa vigente del Sistema Nacional de Programación Multianual de Inversión y Gestión de Inversiones, por lo que resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias;
el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado con Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado con Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; y la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada con Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 037-2019-MINCETUR, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2.- Designar al señor José Armando Calderón Valenzuela, Director General de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, como Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo."
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/ mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCÍO BARRIOS ALVARADO
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 157-2020-MINCETUR Modifican el artículo 2 de la R.M. Nº 037-2019-MINCETUR
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 157-2020-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-08-11
- Fecha de aplicacion : 2020-08-12
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