9/06/2020

Directiva 002 2020 cenepred/dgp procedimiento RJ 071-2020-CENEPRED/J Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban la Directiva Nº 002-2020-CENEPRED/DGP "Procedimiento Administrativo Sancionador contra Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones" RJ 071-2020-CENEPRED/J Lima, 27 de agosto de 2020 VISTOS: El Informe Técnico Nº 048-2020-CENEPRED/ DGP/SNL de fecha 31 de julio de 2020, emitido por la Subdirección de Normas y Lineamientos; el Memorándum Nº 135-2020-CENEPRED/DGP de fecha 4 de agosto de 2020, emitido por la Dirección
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban la Directiva Nº 002-2020-CENEPRED/DGP "Procedimiento Administrativo Sancionador contra Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones"
RJ 071-2020-CENEPRED/J
Lima, 27 de agosto de 2020
VISTOS:

El Informe Técnico Nº 048-2020-CENEPRED/ DGP/SNL de fecha 31 de julio de 2020, emitido por la Subdirección de Normas y Lineamientos; el Memorándum Nº 135-2020-CENEPRED/DGP de fecha 4 de agosto de 2020, emitido por la Dirección de Gestión de Procesos; el Memorándum Nº 242-2020-CENEPRED/OPP del 17 de agosto de 2020, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe legal Nº 043-2020-CENEPRED/ OAJ del 24 de agosto de 2020; y,

CONSIDERANDO:



Que, por Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y se constituye el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED)
como un organismo público ejecutor que conforma el SINAGERD, responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo y reconstrucción;

Que, mediante Ley Nº 30230, Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País, se modifica la Quinta Disposición Final, Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, precisando que el CENEPRED es el órgano competente para sancionar con la revocatoria y/o suspensión a los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones de incurrir en las infracciones que se establecerán por Decreto Supremo;


Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, se aprueba el nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, el cual establece las infracciones administrativas cometidas por los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones, así como las respectivas sanciones por las mismas;

Que, el artículo 71º del citado Reglamento establece que el Procedimiento Administrativo Sancionador a los Inspectores Técnicos/as de Seguridad en Edificaciones, se sujeta a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad; y, en general a los principios establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que son considerados en la Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador aprobada por la entidad sancionadora;


Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Gestión de Procesos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica emiten opinión favorable respecto al proyecto de Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador contra Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones, el mismo que tiene por finalidad garantizar la correcta ejecución de los Procedimientos Administrativos Sancionadores en contra de los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones, garantizando los principios constitucionales del debido procedimiento, así como la simplicidad del mismo, por lo que resulta conveniente aprobar el mismo;

Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Gestión de Procesos, la Oficina de Planificación y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el Decreto Supremo Nº 104-2012-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED; la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país;
el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones-ITSE, y en ejercicio de las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema
Nº 003-2020-DE;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2020-CENEPRED/DGP "Procedimiento Administrativo Sancionador contra Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones", el mismo que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 011-2016-CENEPRED/J "Regulación del Procedimiento Administrativo Sancionador contra los Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones y las competencias provisionales de los órganos del CENEPRED", aprobada mediante Resolución Jefatural
Nº 080-2016-CENEPRED/J.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED (www.cenepred.gob.pe).

Artículo 4º.- Notifíquese la presente Resolución Jefatural a todas las Unidades Orgánicas del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) para conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese y comuníquese.

JUVENAL MEDINA RENGIFO
Jefe del CENEPRED

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 071-2020-CENEPRED/J Aprueban la Directiva Nº 002-2020-CENEPRED/DGP "Procedimiento Administrativo Sancionador contra Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 071-2020-CENEPRED/J
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-09-05
  • Fecha de aplicacion : 2020-09-06

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