Inicio
Últimas normas legales
Publicación proyecto Lineamientos Aplicación RM 00378-2020-PRODUCE Produce
11/07/2020
Publicación proyecto Lineamientos Aplicación RM 00378-2020-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Disponen la publicación del "Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para la aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las actividades de la industria, comercio interno y otras materias de competencia del Ministerio de la Producción" RM 00378-2020-PRODUCE Lima, 4 de noviembre de 2020 VISTOS: El Informe Nº 00000003-2020-PRODUCE/ DP-jrojasc y el Memorando Nº 00000044-2020-PRODUCE/ DGPAR de la Dirección General
Disponen la publicación del "Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para la aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las actividades de la industria, comercio interno y otras materias de competencia del Ministerio de la Producción"
RM 00378-2020-PRODUCE
Lima, 4 de noviembre de 2020
VISTOS: El Informe Nº 00000003-2020-PRODUCE/ DP-jrojasc y el Memorando Nº 00000044-2020-PRODUCE/ DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Informe Nº 00000096-2020-PRODUCE/ DDP-jcruz y el Memorando Nº 00000629-2020-PRODUCE/ DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial;
el Informe Nº 00000009-2020-PRODUCE/DS, el Memorando Nº 00000164-2020-PRODUCE/DGSFS y el Memorando Nº 00000199-2020-PRODUCE/DGSFS de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones; el Memorando Nº 00001277-2020-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe Nº 00000289-2020-PRODUCE/ OPM y el Memorando Nº 00000832-2020-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 00000754-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados. Asimismo, el numeral 5.2 del artículo 5 de misma norma, estipula que una de las funciones rectoras del Ministerio de la Producción es dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción y fiscalización, sobre las materias de su competencia;
TAMBIEN PUEDES VER: Prorrogan Intervención Fuerzas Armadas Apoyo RS 089-2020-IN Interior
MAS NORMAS LEGALES: Ley 31063 Declara Interés Nacional Construcción Congreso
Que, de acuerdo con el artículo 119 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE (en adelante, el ROF de PRODUCE), la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria (en adelante, la DGSFS) es el órgano de línea, con autoridad técnica a nivel nacional, responsable de la supervisión, fiscalización y control del cumplimiento de la normativa en materia de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), industria, cooperativas y comercio interno, normas e instrumentos de gestión ambiental en industrias manufactureras y de comercio interno; así como, el adecuado proceso del fl ujo de las facturas negociables; asimismo es el encargado de gestionar y supervisar en primera instancia administrativa el procedimiento administrativo sancionador;
Que, el literal c) del artículo 120 del ROF de PRODUCE establece que una de las funciones de la DGSFS es proponer normas, lineamientos, reglamentos, directivas y otros en materia de supervisión, fiscalización, y sanción industrial, en coordinación con las direcciones vinculadas, así como su implementación, en el marco de sus competencias;
Que, a través de la T ercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 002-2018-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Fiscalización y del Procedimiento Administrativo Sancionador del Ministerio de la Producción aplicable a
la Industria y Comercio Interno, se crea el Régimen de Buenas Prácticas para las actividades de la industria, comercio interno y otras materias bajo competencias del Ministerio de la Producción, a cargo de la DGSFS, el mismo que tiene por objeto estimular, promover y/o reconocer el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los administrados; precisándose que el Ministerio de la Producción puede dictar normas complementarias para la mejor aplicación del referido régimen;
Que, el Título VII del Reglamento de Fiscalización y del Procedimiento Administrativo Sancionador del Ministerio de la Producción aplicable a la Industria y Comercio Interno, establece la regulación general sobre el referido régimen;
Que, mediante Informe Nº 00000009-2020-PRODUCE/ DS, Memorando Nº 00000164-2020-PRODUCE/DGSFS
y Memorando Nº 00000199-2020-PRODUCE/DGSFS, la DGSFS propone y sustenta la necesidad de emitir una resolución ministerial que disponga la publicación del "Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para la aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las actividades de la industria, comercio interno y otras materias de competencia del Ministerio de la Producción", y recomienda la publicación de dicha propuesta normativa en el portal institucional del Ministerio de la Producción;
Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo y conforme a lo previsto en los numerales 1 y 2 del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, corresponde disponer la publicación del proyecto normativo en el portal institucional del Ministerio de la Producción, por un plazo de quince (15) días calendario, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio, de Desarrollo Empresarial, y de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, y de las Oficinas Generales de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
el Decreto Supremo Nº 002-2018-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Fiscalización y del Procedimiento Administrativo Sancionador del Ministerio de la Producción aplicable a la Industria y Comercio Interno; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del "Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para la aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las actividades de la industria, comercio interno y otras materias de competencia del Ministerio de la Producción", en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.
Artículo 2.- Mecanismo de Participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidos al Ministerio de la Producción con atención a la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, ubicada en Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, San Isidro y/o a la dirección electrónica fiscalizacion-mype-industria@produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRIGUEZ
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00378-2020-PRODUCE Disponen la publicación del "Proyecto de que aprueba los Lineamientos para la aplicación del Régimen de Buenas Prácticas para las actividades de la industria, comercio interno y otras materias de competencia del Ministerio de la Producción"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00378-2020-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-11-06
- Fecha de aplicacion : 2020-11-07
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)