12/24/2020

Delegan Facultad Suscribir Representación Entidad RM

Poder Ejecutivo, Delegan facultad de suscribir en representación de la Entidad Convenios con los Núcleos Ejecutores, así como la ampliación de la vigencia, renovación de los mismos o modificaciones mediante adendas RM 0325-2020-MIDAGRI Lima, 23 de diciembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de
Poder Ejecutivo,
Delegan facultad de suscribir en representación de la Entidad Convenios con los Núcleos Ejecutores, así como la ampliación de la vigencia, renovación de los mismos o modificaciones mediante adendas
RM 0325-2020-MIDAGRI
Lima, 23 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el artículo 9 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio, siendo una de sus funciones el ejercer la titularidad del Pliego presupuestal del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante el TUO de la Ley Nº 27444), dispone que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; así como, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad y prevé en el numeral 78.4 del citado artículo que los actos administrativos emitidos por delegación indican expresamente esta circunstancia y son considerados emitidos por la entidad delegante;


Que, mediante Ley Nº 31015, Ley que autoriza la Ejecución de Intervenciones en Infraestructura Social Básica, Productiva y Natural, mediante Núcleos Ejecutores, se autorizó a ministerios, organismos públicos ejecutores, gobiernos regionales y gobiernos locales para que, en el marco de sus competencias, ejecuten intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural o de mantenimiento de las mismas, que contribuyan efectivamente al cierre de brechas orientadas a reducir la pobreza y extrema pobreza en el ámbito rural y periurbano, incluyendo a las comunidades afectadas por terrorismo, bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores;


Que, de acuerdo al marco normativo expuesto precedentemente y, atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con el propósito de lograr una mayor fl uidez a la gestión administrativa de la entidad, es necesario delegar determinadas facultades asignadas al Titular de la Entidad;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego Delegar en el/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, la facultad de suscribir en representación de la Entidad Convenios con los Núcleos Ejecutores, así como la ampliación de la vigencia, renovación de los mismos o modificaciones mediante adendas, en el marco de las disposiciones de los Decretos de Urgencia Nº 041-y Nº 070-2020.

Artículo 2.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución, no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos sobre la materia.

Artículo 3.- Obligaciones de dar cuenta El/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, deberá informar semestralmente al Titular de la Entidad los actos que efectúe en mérito de la presente Resolución.

Artículo 4.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial al//a/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego.

Regístrese, comuníquese y publíquese
FEDERICO TENORIO CALDERÓN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0325-2020-MIDAGRI Delegan facultad de suscribir en representación de la Entidad Convenios con los Núcleos Ejecutores, así como la ampliación de la vigencia, renovación de los mismos o modificaciones mediante adendas
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0325-2020-MIDAGRI
  • Emitida por : - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-12-23
  • Fecha de aplicacion : 2020-12-24

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