Inicio
Últimas normas legales
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 396-2020-EF Economia y Finanzas
12/19/2020
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 396-2020-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional DS 396-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que para efecto de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional
DS 396-2020-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que para efecto de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector Público, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, se aprueban modificaciones presupuestarias en el nivel institucional necesarias, durante el mes de diciembre, con cargo a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2020, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, por un monto no mayor al equivalente al uno por ciento (1%) de la citada fuente, y utilizando, de ser necesario, el procedimiento establecido en el artículo 54 del citado Decreto Legislativo;
Que, en el marco de las acciones orientadas al cierre del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, diversos pliegos del Gobierno Nacional, remiten oficios en los cuales informan que cuentan con saldos disponibles, según la proyección de gastos efectuada al cierre del Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 158
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 394-2020-EF Economia y Finanzas
633 040,00 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES
SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUARENTA
Y 00/100 SOLES), provenientes de diversas partidas de gasto, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de
S/ 158 633 040,00 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO
MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL
CUARENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos de los pliegos Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio Público, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud, Seguro Integral de Salud, Organismo de Formalización de la Propiedad Informal y Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;
MAS NORMAS LEGALES: Cuadro Asignación Personal Provisional (cap p) RS 315-2020/MINSA Salud
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita recursos adicionales hasta por la suma de S/ 98 798 063,00 (NOVENTA Y OCHO MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SESENTA Y
TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales hasta por la suma de
S/ 79 016 996,00 (SETENTA Y NUEVE MILLONES
DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS
Y 00/100 SOLES) corresponden al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para financiar el acondicionamiento y/o mejoramiento de viviendas rurales, en las zonas afectadas por friajes y heladas de acuerdo a la focalización y metas establecidas en el Plan Multisectorial de Heladas y Friaje 2019-2021; y, hasta por la suma de S/ 19 781 067,00 (DIECINUEVE MILLONES
SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y SIETE
Y 00/100 SOLES) corresponden al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) para financiar la continuidad de la prestación de los servicios de saneamiento de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 036-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para reducir el impacto de las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatoria, en la economía nacional y en los hogares vulnerables, así como garantizar la continuidad de los servicios de saneamiento, frente a las consecuencias del COVID-19;
EDICIÓN EXTRAORDINARIA
Que, el Ministerio de Salud solicita recursos adicionales hasta por la suma de
S/ 46 817 414,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES
OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS
CATORCE Y 00/100 SOLES), para financiar la operatividad de los servicios de salud que brindan las Unidades Ejecutoras de dicho pliego;
Que, el Ministerio del Ambiente solicita recursos adicionales a favor del Instituto Geofísico del Perú, para financiar el costo diferencial de la planilla del mes de diciembre de treinta y nueve (39) plazas del personal profesional especializado en el campo de la geofísica, sujeto al Decreto Legislativo Nº 728; asimismo, mediante Memorando Nº 1428-2020-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 1364-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el costo estimado para el financiamiento de la planilla del personal activo sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 del Instituto Geofísico del Perú, del mes de diciembre del 2020, correspondiendo financiar un monto ascendente a S/ 572 891,00 (QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS
NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES);
Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita recursos adicionales a favor del Instituto Nacional Penitenciario, para financiar el pago de planilla de personal del mes de diciembre de 2020; asimismo, mediante Memorando Nº 1438-2020-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 1370-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el costo estimado para el financiamiento de la planilla del personal activo del Instituto Nacional Penitenciario, del mes de diciembre del 2020, correspondiendo financiar un monto ascendente a S/ 7 766 403,00 (SIETE MILLONES SETECIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TRES Y
00/100 SOLES);
Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita recursos adicionales a favor de la Procuraduría General del Estado, para financiar sus gastos de operación y actividades; asimismo, mediante Memorando Nº 1439-2020-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 1371-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el costo estimado para el financiamiento de la planilla de los funcionarios bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la Procuraduría General del Estado, del mes de diciembre del 2020, correspondiendo financiar un monto ascendente a S/ 169 999,00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES);
Que, el Poder Judicial solicita recursos adicionales para el financiamiento de la planilla de los funcionarios bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios; asimismo, mediante Memorando Nº 1437-2020-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 1369-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el costo estimado para el financiamiento de la planilla de los funcionarios bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios del Poder Judicial, del mes de diciembre del 2020, correspondiendo financiar un monto ascendente a S/ 4
508 270,00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHO
MIL DOSCIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES);
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, asimismo, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de
S/ 158 633 040,00 (CIENTO CINCUENTA Y OCHO
MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL
CUARENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de los pliegos Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), Ministerio de Salud, Instituto Geofísico del Perú, Instituto Nacional Penitenciario, Procuraduría General del Estado y Poder Judicial, los cuales señalan que dichos recursos no se encuentran previstos en sus Presupuestos Institucionales para el financiamiento de lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 36.5 del artículo 36 y los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1. Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 158 633 040,00 (CIENTO
CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y TRES MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES),
COMUNICADO
HORARIO DE RECEPCIÓN DE NORMAS LEGALES EN FIESTAS DE FIN DE AÑO
Se comunica a las entidades públicas y público en general que la atención los días jueves 24 de diciembre y jueves 31 de diciembre, las solicitudes de publicación de normas legales se recepcionarán como sigue:
● HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO : Hasta las 14:00 horas ● HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL "PGA" : Hasta las 15:00 horas Agradecemos su comprensión y les rogamos se ajusten al cumplimiento de los horarios establecidos a fin de cumplir con las programaciones que nos requieran.
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los saldos disponibles según la proyección de gastos al cierre del Año Fiscal 2020, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en los presupuestos institucionales de diversos pliegos del Gobierno Nacional, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 15 653 718,00
2.2 Pensiones y otras Prestaciones Sociales 12 063 041,00
2.3 Bienes y Servicios 129 111 093,00
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 1 805 188,00
============
TOTAL EGRESOS 158 633 040,00
============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORÍA
PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 158 633 040,00
============
TOTAL EGRESOS 158 633 040,00
============
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo Nº 1 "Transferencia de Partidas de diversos pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal hasta por la suma de S/ 158 633 040,00 (CIENTO
CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y TRES MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor de los pliegos Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), Ministerio de Salud, Instituto Geofísico del Perú, Instituto Nacional Penitenciario, Procuraduría General del Estado y Poder Judicial, destinados a financiar los fines descritos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORÍA
PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 158 633 040,00
============
TOTAL EGRESOS 158 633 040,00
============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 8 339 294,00
2.3 Bienes y Servicios 51 495 683,00
2.4 Donaciones y Transferencias 17 975 879,00
2.5 Otros Gastos 79 016 996,00
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 1 805 188,00
============
TOTAL EGRESOS 158 633 040,00
============
2.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas a favor diversos pliegos del Gobierno Nacional", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3. Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, según corresponda, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 y en el numeral 2.1 del artículo 2, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a la que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil veinte.
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República
WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 396-2020-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 396-2020-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-12-18
- Fecha de aplicacion : 2020-12-19
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)