Inicio
Poder Ejecutivo
Transportes y Comunicaciones
Resolucion Directoral N° 02-2013-MTC/14 Aprueban documento de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio
2/22/2013
Resolucion Directoral N° 02-2013-MTC/14 Aprueban documento de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio
Aprueban documento de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio 'Especificaciones Técnicas de Pinturas para Obras Viales' TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION DIRECTORAL N° 02-2013-MTC/14 Lima, 30 de Enero 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley N° 27181-Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, teniendo, entre otras, competencias
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCION DIRECTORAL N° 02-2013-MTC/14
Lima, 30 de Enero 2013
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 16° de la Ley N° 27181-Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, teniendo, entre otras, competencias normativas;
Que, en ese marco, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, tiene, entre otros objetivos, definir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas.
Asimismo; dicho reglamento precisa que este Ministerio, en su calidad de órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial;
Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, tiene, entre sus funciones, la de formular y actualizar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de infraestructura vial (estudios, construcción, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y uso de caminos). Asimismo, según el artículo 64° del mismo reglamento, la Dirección de Estudios Especiales de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles tiene, entre otras funciones específicas, la de participar en la formulación de normas y especificaciones técnicas relacionadas con estudios y obras en infraestructura vial;
Que, en el ejercicio de tales funciones, la Dirección de Normatividad Vial y la Dirección de Estudios Especiales, revisaron las normas 'Especificaciones Técnicas de Calidad de Pinturas para Obras Viales', aprobadas por Resolución Directoral N° 851-98-MTC/15.17 del 14 de Diciembre de 1998 y el 'Manual de Especificaciones Técnicas de Calidad de Materiales para uso en Señalización de Obras Viales', aprobado por Resolución Directoral N° 539-99-MTC/15.17 del 23 de Diciembre de 1999;
Que, una vez concluida tal labor, la Dirección de Normatividad Vial presentó a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante el Informe N° 002-2010-MTC/14.04, la propuesta de la norma
'Especificaciones Técnicas de Pinturas para Obras Viales', la misma que actualiza las normas a que hace referencia el considerando anterior y las consolida en una sola; solicitando su publicación en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, en atención a ello, y en cumplimiento de lo dispuesto por el 'Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General', aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y la entonces Directiva N° 003-2008-MTC/01-'Directiva que establece el procedimiento para realizar la prepublicación de proyectos de normas legales'
aprobada por Resolución Ministerial N° 191-2008-MTC/01; el Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispuso, mediante Resolución Ministerial N° 173-2011-MTC/02 de fecha 03 de Marzo del 2011, la publicación del proyecto de norma en su Página Web por un plazo de quince (15) días calendario, con el objeto de recibir comentarios, observaciones y sugerencias;
Que, luego de recibida la totalidad de los comentarios y sugerencias de instituciones, empresas y de la ciudadanía en general, la Dirección de Estudios Especiales y la Dirección de Normatividad Vial han formulado la versión definitiva del documento 'Especificaciones Técnicas de Pinturas para Obras Viales' la misma que sustituirá a las
'Especificaciones Técnicas de Calidad de Pinturas para Obras Viales' y al 'Manual de Especificaciones Técnicas de Calidad de Materiales para uso en Señalización de Obras Viales', anteriormente referidos;
Que, en ese sentido, la Dirección de Estudios Especiales ha presentado y sustentado el documento normativo con Informe Técnico N° 003-2012-MTC/14.01, y Memorándums N°s. 029-2012-MTC/14.01.Lab.pt.jcfc y N° 690-2012-MTC/14.01; en tanto que la Dirección de Normatividad Vial ha solicitado a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, su aprobación correspondiente, con Informe N° 007-2013-MTC/14.04 de fecha 10 de Enero del 2013;
Que, en cuanto a la aprobación de este tipo de normas, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial ha señalado en el Numeral 4.1 de su artículo 4°, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho reglamento;
Que, asimismo, en relación a este tema, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en Informe N° 1939-2012-MTC/08 de fecha 04 de Septiembre del 2012, señaló, respecto al caso de emisión de una norma complementaria al Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial; que la misma correspondía ser aprobada por la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante una Resolución Directoral;
Que, en ese sentido, siendo que la norma propuesta se enmarca dentro de los alcances del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial corresponde a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles emitir el acto administrativo aprobatorio correspondiente;
De conformidad con la Ley N° 29370-Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y en uso de las facultades previstas en la Resolución Ministerial N° 506-2008-MTC/02;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el documento de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio: 'Especificaciones Técnicas de Pinturas para Obras Viales'; el cual obra en Anexo que consta de sesenta y cuatro (64) páginas, y cuyo original forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el documento
'Especificaciones Técnicas de Calidad de Pinturas para Obras Viales', aprobado por Resolución Directoral N° 851-98-MTC/15.17 y el 'Manual de Especificaciones Técnicas de Calidad de Materiales para uso en Señalización de Obras Viales', aprobado por Resolución Directoral N° 539-99-MTC/15.17.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial 'El Peruano'. Asimismo, disponer la publicación de la resolución y de su Anexo en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mintc.gob.
pe).
Artículo Cuarto.- La norma aprobada por el artículo primero de la presente resolución, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial 'El Peruano'.
Artículo Quinto.- Disponer la remisión a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles de la publicación de la resolución directoral en el Diario Oficial 'El Peruano', copia autenticada y el archivo electrónico del Anexo respectivo.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
WALTER N. ZECENARRO MATEUS
Director General Dirección General de Caminos y Ferrocarriles
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)