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N° 021-2013-GRA/CR-AREQUIPA Aprueban donación efectuada por empresa que será destinada a la adquisición
3/21/2013
N° 021-2013-GRA/CR-AREQUIPA Aprueban donación efectuada por empresa que será destinada a la adquisición
Aprueban donación efectuada por empresa que será destinada a la adquisición de vehículo para labores de apoyo en la movilidad de personal inspectivo y administrativo en el desarrollo de sus funciones ACUERDO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA N° 021-2013-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 5 de marzo del 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, el Órgano Ejecutivo Regional a través del Oficio N° 004-2013-GRA/GRTPE,
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
N° 021-2013-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 5 de marzo del 2013
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, el Órgano Ejecutivo Regional a través del Oficio N° 004-2013-GRA/GRTPE, de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, solicita que por Acuerdo Regional se apruebe una Donación Dineraria conforme al detalle señalado en la Carta (SGV-257/2010) de fecha 11 de octubre del 2010 y el Oficio N° 814-2012-GRA/ORPPOT-OPT, que indica que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales y privadas que es el caso se aprueban por Acuerdo Regional;
Donante Compañía de Minas Buenaventura SAA;
Monto en nuevos soles 25 092.00
Donatario Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Destino Adquisición de un vehículo y su uso se circunscribirá a labores de apoyo en la movilidad de personal inspectivo y administrativo en el desarrollo de sus funciones.
Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley 28411/ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a los provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, deben ser aprobadas por Acuerdo Regional, para lo cual debe consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo observar dos formalidades:
((a)) cuando el monto de la donación supera las (05)
Unidades Impositivas Tributarias, el Acuerdo Regional aprobatorio debe ser publicado tanto en el Diario Oficial
'El Peruano', como en la Página Web institucional; ((b)) cuando el monto de la donación sea inferior a las 05
Unidades Impositivas Tributarias, entonces, el Acuerdo Regional aprobatorio debe publicarse únicamente en la Página Web institucional; en ambos casos dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobado, bajo responsabilidad;
Que, por estas consideraciones, y, al amparo de la Ley N° 27783, de Bases de la Descentralización,
Ley N° 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA;
SE ACUERDA:
Primero.- APROBAR la donación dineraria efectuada por la Compañía de Minas Buenaventura SAA, por la suma de Veinticinco mil noventa y dos con 00/100 nuevos soles (S/ 25 092.00), donación dineraria que será destinada a la compra de un vehículo y su uso se circunscribirá a labores de apoyo en la movilidad de personal inspectivo y administrativo en el desarrollo de sus funciones, a favor de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Arequipa.
Segundo.- Encargar la publicación a la Secretaría del Consejo Regional de Arequipa en el plazo de cinco (05) días hábiles de aprobado el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial 'El Peruano' y en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, debiendo el Órgano Ejecutivo Regional realizar el pago respectivo.
POR TANTO:
Regístrese y cúmplase JOSÉ CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa
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