9/17/2013

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 010-2013/SUNAT/3A0000 Modifican el procedimiento

Modifican el procedimiento "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 010-2013/SUNAT/3A0000 Callao, 12 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 696-2010/SUNAT/A se aprobó el procedimiento específico "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03 (versión 1); Que
Modifican el procedimiento "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 010-2013/SUNAT/3A0000
Callao, 12 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 696-2010/SUNAT/A se aprobó el procedimiento específico "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03 (versión 1);

Que es necesario modificar el procedimiento INTA-PE.24.03 con la finalidad de hacer precisiones respecto a la aplicación del acceso remoto al sistema de monitoreo por cámaras de televisión, en concordancia con la modificación del procedimiento general "Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24 (versión 2) aprobada por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00145-2013/SUNAT/300000;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, con fecha 22 de julio del 2013 se publicó en el portal web de la SUNAT (www.
sunat.gob.pe), el proyecto de la presente norma;

En uso de las facultades conferidas al Intendente Nacional de Técnica Aduanera mediante el inciso b)
del artículo 139° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modificatorias y a lo establecido por la Resolución de Superintendencia N° 010-2012/SUNAT.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Inclúyase un segundo párrafo al inciso h), numeral 1, literal B.2 de la sección VII del procedimiento específico "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 696-2010/SUNAT/A, por el texto siguiente:
"h) (…)
Los funcionarios designados por la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera y las intendencias de aduana de la circunscripción podrán tener acceso remoto por internet a este sistema de monitoreo, para las investigaciones aduaneras y las acciones de control que pudieran programar y realizar de acuerdo a su capacidad operativa."
Artículo 2°.- Sustitúyase el inciso e), literal B.3 de la sección VII del procedimiento específico "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 696-2010/SUNAT/A, por el texto siguiente:
"e) Los requisitos de los incisos h), o), p) y q) señalados en el numeral 1 del literal B.2 precedente."
Artículo 3°.- Elimínese el último párrafo del rubro "cantidad mínima de cámaras y ubicación" del Anexo 12
del procedimiento específico "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 696-2010/SUNAT/A.

Artículo 4°.- El segundo párrafo del inciso h), numeral 1, literal B.2 de la sección VII del procedimiento específico "Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida" INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 696-2010/SUNAT/A, será de aplicación a partir de la publicación del procedimiento que apruebe la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera.

Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA ISABEL FRASSINETTI YBARGÜEN
Intendente Nacional Intendencia Nacional de Técnica Aduanera

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