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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 001-2014-SUNASS-CD Proyecto de Resolución que aprobaría fórmula
2/21/2014
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 001-2014-SUNASS-CD Proyecto de Resolución que aprobaría fórmula
Proyecto de Resolución que aprobaría fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EMUSAP ABANCAY S.A.C. en el quinquenio 2014-2019 y su exposición de motivos RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 001-2014-SUNASS-CD Lima, 14 de febrero de 2014 VISTO: El Informe N° 002-2014-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta: i) El proyecto de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EMUSAP ABANCAY S.A.C. en el quinquenio regulatorio
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 001-2014-SUNASS-CD
Lima, 14 de febrero de 2014
VISTO:
El Informe N° 002-2014-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria mediante el cual presenta: i) El proyecto de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EMUSAP ABANCAY
S.A.C. en el quinquenio regulatorio 2014-2019 y ii) La propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 006-2013-SUNASS-GRT se inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de
EMUSAP ABANCAY S.A.C.;
Que, conforme a lo establecido en los artículos 25, 26 y 52 del Reglamento General de Tarifas 1
, corresponde en esta etapa del procedimiento: i)
Publicar en el diario oficial "El Peruano" y en la página web de la SUNASS, el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales y ii) Convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto;
El Consejo Directivo en su sesión de fecha 24 de enero de 2014;
HA RESUELTO:
Artículo 1°.- Disponer la publicación en el diario oficial "El Peruano" del proyecto de resolución que aprobaría: i) La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMUSAP ABANCAY
S.A.C. en el quinquenio 2014-2019 y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios, así como su exposición de motivos.
Los anexos del referido proyecto serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe, sin perjuicio de ser notificados a EMUSAP ABANCAY S.A.C.
Artículo 2°.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web www.sunass.gob.pe, encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia.
Artículo 3°.- Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, a la sede de la SUNASS sita en Av. Bernardo Monteagudo N° 210-216, Magdalena del Mar o, por vía electrónica, a audienciaabancay@sunass.
gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO MOMIY HADA
Presidente Consejo Directivo 1 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD
{N}RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° -2014-SUNASS-CD
Lima, 14 de febrero de 2014
VISTO:
El Informe N° ---2014-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta: i) El proyecto de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EMUSAP ABANCAY
S.A.C. en el quinquenio regulatorio 2014-2019 y ii) La propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 006-2013-SUNASS-GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i)
La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMUSAP ABANCAY S.A.C.;
Que, según el informe de vistos -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas 1
, se ha cumplido con: i) Publicar en el diario oficial "El Peruano" el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la audiencia pública correspondiente el -- de -- de y iii)
Elaborar la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EPS
SEDACAJ S.A. en el quinquenio regulatorio 2014–2019
y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la audiencia pública);
1
Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD.
{G}PROYECTO
Que, sobre la base del Informe N° --- 2014-SUNASS-110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMUSAP ABANCAY S.A.C. y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa;
Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la fórmula tarifaria, recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma;
El Consejo Directivo en su sesión del ---- de --- de 2014;
HA RESUELTO:
Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EMUSAP ABANCAY S.A.C. en el quinquenio regulatorio 2014-2019, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EMUSAP ABANCAY S.A.C. durante el quinquenio regulatorio 2014-2019, así como sus condiciones de aplicación, de acuerdo con lo especificado en el Anexo N° 2 de la presente resolución.
Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2014-2019 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EMUSAP ABANCAY S.A.C., conforme el detalle contenido en el Anexo N° 3 de la presente resolución.
Artículo 4°.- Disponer la creación de un fondo para financiar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por la EPS, el cual sólo podrá ser utilizado para tal fin. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República.
Para constituir el referido fondo, EMUSAP ABANCAY
S.A.C. deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del periodo quinquenal, los porcentajes de sus ingresos totales por los servicios de agua potable y alcantarillado establecidos en el Anexo N° 4 de la presente resolución.
Artículo 5°.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que EMUSAP ABANCAY S.A.C. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 5 de la presente resolución.
Artículo 6°.- EMUSAP ABANCAY S.A.C. deberá reservar mensualmente el 3,4% de sus ingresos totales por los servicios de agua potable y alcantarillado facturados en el quinquenio regulatorio 2014-2019, para la gestión de riesgos de desastres.
Para tal efecto, EMUSAP ABANCAY S.A.C. deberá abrir una cuenta en el sistema bancario para el depósito de los recursos provenientes de esta reserva, los cuales deberán destinarse exclusivamente a los fines del presente artículo. Si se comprobara un uso distinto, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República.
Artículo 7°.- El inicio del año regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del ciclo de facturación siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución.
Artículo 8°.- La presente resolución, su exposición de motivos y los anexos Nos. 2 y 3 deberán publicarse en el diario oficial "El Peruano". Los Anexos Nos. 1, 4 y 5, el estudio tarifario final y el informe sobre el estudio tarifario y la propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales se publicarán en la página web de la SUNASS: www.
sunass.gob.pe.
Artículo 9°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO MOMIY HADA
Presidente Consejo Directivo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA
TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE
GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE
MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA
ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS
COLATERALES DE EMUSAP ABANCAY S.A.C.
El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EMUSAP ABANCAY S.A.C.
para el quinquenio regulatorio 2014-2019. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo N° 2 del Reglamento General de Tarifas 1
.
Asimismo, se ha evaluado la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EMUSAP
ABANCAY S.A.C. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la EPS, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa.
II. CONSIDERACIONES LEGALES.-De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332
2
, y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS
3
, la SUNASS
es competente para establecer la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión aplicables a las EPS. Asimismo, el artículo 30 de la Ley N° 26338
4
señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. Por otro lado, el artículo 85
del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley
N° 26338
5
establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS.
Según la Resolución de Consejo Directivo N° 061-2011-SUNASS-CD las EPS podrán acceder a una Tarifa Básica y/o una Tarifa Condicionada.
III. IMPACTO ESPERADO:
La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables por EMUSAP ABANCAY S.A.C. favorece, por un lado, a la empresa y, por el otro, a la población atendida.
A la EPS, debido a que su aplicación debe coadyuvar a su sostenibilidad económica y viabilidad financiera; a la población, porque esta se beneficiará del compromiso de la empresa refiejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento debe traer consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.
2
Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.
3
Aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM.
4
Ley General de Servicios de Saneamiento.
5
Aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA.
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