2/27/2014

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 063-2014/SUNAT Aprueban modificación del Anexo de la Res. N°

Aprueban modificación del Anexo de la Res. N° 295-2013/SUNAT que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicación del incentivo por desempeño de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regímenes laborales previstos en los Decretos Legislativos N°s. 728 y 276 para el año 2013 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 063-2014/SUNAT Lima, 26 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que el artículo 11° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, faculta a la SUNAT a otorgar un incentivo anual por desempeño
Aprueban modificación del Anexo de la Res. N° 295-2013/SUNAT que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicación del incentivo por desempeño de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regímenes laborales previstos en los Decretos Legislativos N°s. 728 y 276 para el año 2013
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 063-2014/SUNAT
Lima, 26 de febrero de 2014
CONSIDERANDO:

Que el artículo 11° de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, faculta a la SUNAT
a otorgar un incentivo anual por desempeño a sus trabajadores en función al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales vinculadas al incremento de la recaudación, ampliación de la base tributaria, reducción del incumplimiento tributario, reducción del contrabando, facilitación del comercio exterior, facilitación del cumplimiento tributario y mejora del servicio, entre otros;

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 295-2013/SUNAT se aprobaron las disposiciones reglamentarias para la aplicación del incentivo por desempeño de los trabajadores de la SUNA T comprendidos en los regímenes laborales previstos en los Decretos Legislativos N°s. 728 y 276 para el año 2013;

Que de conformidad con lo señalado en el Informe N° 48-2014-SUNAT/4F3400 emitido por la División de Compensaciones y Beneficios de la Gerencia de Administración de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se ha considerado conveniente modificar el numeral 5.4.1 del Anexo de la citada Resolución de Superintendencia a fin de variar el plazo con el que cuenta la Gerencia de Desarrollo de Personal para elaborar y remitir el resultado de la evaluación de desempeño de los trabajadores a la División de Compensaciones y Beneficios, el cual se deberá computar desde la publicación de los resultados de dicha evaluación;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 11°
de la Ley N° 29816 y en los incisos g) y u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la modificación del numeral 5.4.1
del Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 295-2013/SUNAT, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA N° 063-2014/SUNAT
"5. De la evaluación del cumplimiento de metas
(…)
5.4. Para la evaluación del componente individual se realizan las siguientes acciones:

5.4.1. La Gerencia de Desarrollo de Personal, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles de publicarse los resultados de la Evaluación de Desempeño, remite a la División de Compensaciones y Beneficios - DCB
el resultado de la evaluación de desempeño de los trabajadores.

Tratándose de personal directivo comprendido en el Grupo III a que se refiere el Anexo de la Resolución de Intendencia Nacional de Recursos Humanos N° 060-2013-4F0000, únicamente para fines de incentivo por desempeño, sólo remitirá la evaluación efectuada por el jefe directo".

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