8/29/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 294-2014-MIMP Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la

Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150 -Ley de Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 294-2014-MIMP Lima, 28 de agosto de 2014 Vista, la Nota N° 100-2014-CONADIS/PRE de fecha 22 de agosto de 2014, emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad -CONADIS; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30150 - Ley de protección
Disponen la prepublicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150 -Ley de Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 294-2014-MIMP
Lima, 28 de agosto de 2014
Vista, la Nota N° 100-2014-CONADIS/PRE de fecha 22 de agosto de 2014, emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad -CONADIS;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30150 - Ley de protección de las personas con trastorno del espectro autista (TEA), tiene por objeto establecer un régimen legal que fomente la detección y diagnóstico precoz, la intervención temprana, la protección de la salud, la educación integral, la capacitación profesional y la inserción laboral y social de las personas con trastorno del espectro autista (TEA), al amparo de lo dispuesto por el artículo 7 de la Constitución Política del Perú y de la Ley N° 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad;

Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973 establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad;

Que, en cumplimiento con lo dispuesto en las citadas normas, el CONADIS ha elaborado el Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150, Ley de Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA);

Que, el artículo 14 del Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo, casos excepcionales, razón por la cual, atendiendo a la relevancia del contenido del proyecto normativo y la materia que pretende reglamentar y siendo que se trata de una norma legal de carácter general, resulta necesario disponer la prepublicacion del referido proyecto, a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 30150 - Ley de protección de las personas con trastorno del espectro autista (TEA), la Ley N° 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, el Decreto Legislativo N° 1098 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prepublicación Disponer la prepublicacion del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150 - Ley de Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe).

Las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general deberán enviarse a los siguientes correos electrónicos: vvera@conadis.peru.gob.pe) y (csolari@
conadis.peru.gob.pe ), dentro de un plazo de siete (07)
días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2.- Evaluación y consolidación El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad queda encargado de recibir, procesar, evaluar y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150 - Ley de Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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