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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 151-2014-DV-PE Autorizan transferencia financiera a favor de
9/11/2014
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 151-2014-DV-PE Autorizan transferencia financiera a favor de
Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Huamalíes para el mantenimiento de tramo de vía vecinal en el distrito de Monzón RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 151-2014-DV-PE Lima, 10 de septiembre 2014 Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto Supremo N° 025-99-PCM, para efecto
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 151-2014-DV-PE
Lima, 10 de septiembre 2014
Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto Supremo N° 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
VISTO:
El Memorándum N° 571-2014-DV-PIRDAIS del 03 de Setiembre del 2014, emitido por la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función general de diseñar la Política Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;
Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal autoriza a DEVIDA
en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas - PTCD" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú – GIECOD"; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 12.1
del mismo artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;
Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS", DEVIDA suscribió Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Provincial de Huamalíes el 08 de julio del 2014, para la ejecución de la Actividad "Mantenimiento de la Vía Vecinal Tramo Nuevo Rondos – Corvinilla Alta en el Distrito de Monzón, Provincia de Huamalíes, Región Huánuco" a través de transferencia financiera en el año fiscal 2014. En tal sentido, es necesario que DEVIDA realice la transferenciafinanciera hasta por la suma de S/.163,585.60 (CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y CINCO Y 60/100 NUEVOS SOLES);
Que, la Unidad de Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido su informe previo favorable a través de la Certificación de Crédito Presupuestal N° 01085. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad al Plan Operativo;
Con las visaciones de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS, la Dirección de Articulación Territorial, las Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE
TRANSFERENCIA FINANCIERA
Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/.163,585.60 (CIENTO SESENTA Y TRES MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 60/100 NUEVOS
SOLES), para el financiamiento de la actividad, a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.
Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS
RECURSOS
La Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, solo destinará los recursos públicos que se le transfiera para la ejecución de la actividad descrita en el Anexo de la presente resolución, quedando prohibido de reorientar dichos recursos a otras actividades y proyectos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente Ejecutivo
ANEXO
PROGRAMA PRESUPUESTAL: "PROGRAMA DE DESARROLLO
ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS"
N°
ENTIDAD
EJECUTORA
NOMBRE DE ACTIVIDAD /
{G}PROYECTO
MONTO DE LA
TRANSFERENCIA
HASTA S/.
1
Municipalidad Provincial de Huamalies Actividad "Mantenimiento de la Vía Vecinal Tramo Nuevo Rondos – Corvinilla Alta en el Distrito de Monzón, Provincia de Huamalies, Región Huánuco"
163,585.60
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