10/20/2014

RESOLUCIÓN N° 2128-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial de Aija, departamento de Áncash RESOLUCIÓN N° 2128-2014-JNE Expediente N.° J-2014-02364 AIJA - ÁNCASH Lima, veintidós de agosto de dos mil catorce VISTO el Oficio N.° 002-2014-MPA/SG, presentado el 18 de agosto de por Elizabeth Sotelo Manrique, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Aija, departamento de Áncash, comunicando las licencias, sin goce de haber, concedidas al alcalde Luis Gregorio Mejía Mejía y al
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial de Aija, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN N° 2128-2014-JNE
Expediente N.° J-2014-02364
AIJA - ÁNCASH
Lima, veintidós de agosto de dos mil catorce VISTO el Oficio N.° 002-2014-MPA/SG, presentado el 18 de agosto de por Elizabeth Sotelo Manrique, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Aija, departamento de Áncash, comunicando las licencias, sin goce de haber, concedidas al alcalde Luis Gregorio Mejía Mejía y al regidor Nolberto Analguio Cochachin Julca.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fechas 3 y 4 de julio de (fojas 02 y 03), el alcalde Luis Gregorio Mejía Mejía y al regidor Nolberto Analguio Cochachin Julca, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante el Acuerdo de Concejo N° 005-2014/MPA, de fecha 15 de agosto de (fojas 06 y 07), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 6 de octubre de 2014, respectivamente.

4. Teniendo en consideración que el alcalde Luis Gregorio Mejía Mejía y al regidor Nolberto Analguio Cochachin Julca, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, las mismas que fueron aprobadas por el concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar al primer regidor Hidalgo Sulpio Collas Antúnez, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 31760990, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se convoca al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, por lo que resulta procedente convocar a Silvia Beatriz Villacorta León, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 32040392 y a Tolentino Oswaldo Castro Oncoy, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 31768197, candidatos no proclamados del movimiento regional Movimiento Regional Independiente Cuenta Conmigo, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Recuay, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Luis Gregorio Mejía Mejía, alcalde de la Municipalidad Provincial de Aija, departamento de Áncash, y las credenciales otorgadas a Nolberto Analguio Cochachin Julca, regidor del Concejo Provincial de la referida comuna, con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el periodo de las licencias concedidas.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Hidalgo Sulpio Collas Antúnez, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 31760990, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Aija, departamento de Áncash, mientras esté vigente la licencia concedida a Luis Gregorio Mejía Mejía, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Silvia Beatriz Villacorta León, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 32040392, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Aija, departamento de Áncash, mientras dure la encargatura de Hidalgo Sulpio Collas Antúnez, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Tolentino Oswaldo Castro Oncoy, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 31768197, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Aija, departamento de Áncash, mientras esté vigente la licencia concedida a Nolberto Analguio Cochachin Julca, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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