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RESOLUCIÓN N° 2295-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros regionales
10/23/2014
RESOLUCIÓN N° 2295-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros regionales
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros regionales del Gobierno Regional del Cusco RESOLUCIÓN N° 2295-2014-JNE Expediente N° J-2014-02391 CUSCO Lima, dos de setiembre dos mil catorce VISTOS los Oficios N° 179-2014-CRC/CDCRCUSCO y N° 191-2014-GRCUSCO-CRC/CDCRCUSCO, presentados el 19 y 25 de agosto de por Florentino Huanqqe Huallpa, consejero delegado, comunicando las licencias, concedidas a Víctor Pérez Ccahuana, Elena Emperatriz Ascarza Quispe, Heidi Viviana Choque Chipayo y Alfredo Dueñas Ayala,
RESOLUCIÓN N° 2295-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02391
CUSCO
Lima, dos de setiembre dos mil catorce VISTOS los Oficios N° 179-2014-CRC/CDCRCUSCO
y N° 191-2014-GRCUSCO-CRC/CDCRCUSCO, presentados el 19 y 25 de agosto de por Florentino Huanqqe Huallpa, consejero delegado, comunicando las licencias, concedidas a Víctor Pérez Ccahuana, Elena Emperatriz Ascarza Quispe, Heidi Viviana Choque Chipayo y Alfredo Dueñas Ayala, consejeros regionales del Gobierno Regional de Cusco.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos;
la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los vicepresidentes y consejeros regionales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.
3. Con fechas 9 y 27 de junio, y 6 y 7 de julio de 2014 (fojas 017 a 020), Víctor Pérez Ccahuana, Elena Emperatriz Ascarza Quispe, Heidi Viviana Choque Chipayo y Alfredo Dueñas Ayala, consejeros regionales del Gobierno Regional de Cusco, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, siendo estas concedidas mediante Acuerdos de Consejo Regional N° 047-2014-CR/GRC.CUSCO,
N° 048-2014-CR/GRC.CUSCO, N° 049-2014-CR/GRC.
CUSCO y N° 050-2014-CR/GRC.CUSCO, todas de fecha 16 de julio de (fojas 002 a 013), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014, respectivamente.
4. En el presente caso se aprecia que los consejeros regionales presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el consejo regional, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.° 0140-2014-JNE, así como de la aplicación supletoria del último párrafo del artículo 31 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, resulta procedente convocar a Eusebio Huamán Condeña, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 25217192, accesitario del consejero regional Víctor Pérez Ccahuana; a Andrés Fortunato Vila Chillquitoma, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 42302604, accesitario de la consejera regional Elena Emperatriz Ascarza Quispe;
a Juana Quispe Choqque, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42862571, accesitaria de la consejera regional Heidi Viviana Choque Chipayo y a Gloria Gutiérrez Choque de Ramos, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 40477968, accesitaria del consejero regional Alfredo Dueñas Ayala, conforme al acta de proclamación de resultados emitida por el Jurado Electoral Especial de Cusco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, para que asuman temporalmente el cargo de consejeros regionales.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Víctor Pérez Ccahuana, Elena Emperatriz Ascarza Quispe, Heidi Viviana Choque Chipayo y Alfredo Dueñas Ayala, consejeros regionales del Gobierno Regional de Cusco, mientras estén vigentes las licencias concedidas.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Eusebio Huamán Condeña, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 25217192, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero regional del Gobierno Regional del Cusco, mientras esté vigente la licencia concedida a Víctor Pérez Ccahuana, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Andrés Fortunato Vila Chillquitoma, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 42302604, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero regional del Gobierno Regional del Cusco, mientras esté vigente la licencia concedida a Elena Emperatriz Ascarza Quispe, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.
Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Juana Quispe Choqque, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 42862571, para que asuma provisionalmente el cargo de consejera regional del Gobierno Regional del Cusco, mientras esté vigente la licencia concedida a Heidi Viviana Choque Chipayo, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.
Artículo Quinto.- CONVOCAR a Gloria Gutiérrez Choque de Ramos, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 40477968, para que asuma provisionalmente el cargo de consejera regional del Gobierno Regional del Cusco, mientras esté vigente la licencia concedida a Alfredo Dueñas Ayala, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General 1153942-10
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Tarata, departamento de Tacna
{N}RESOLUCIÓN N° 2296-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02416
TARATA - TACNA
Lima, dos de setiembre de dos mil catorce.
VISTO el Oficio N° 252-2014-A-MPT , presentados el 26
de julio de por Dafnes Roberto Pérez Palza, alcalde de la Municipalidad Provincial de Tarata, departamento de Tacna, comunicando la licencia que fue concedida al regidor Jesús César Chávez Nieto.
CONSIDERANDOS
1. El literal b del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días naturales antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014.
2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26
de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.
3. Con fecha 6 de junio de (fojas 08), Jesús César Chávez Nieto, regidor del Concejo Provincial de Tarata, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, presentó su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo N° 034-2014-MPT, de fecha 12 de junio de (fojas 07), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014.
4. En el presente caso se aprecia que el regidor Jesús César Chávez Nieto, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Elcira Lisett Ticona Mendoza, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 40342581, candidata no proclamada del partido político Acción Popular, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Tarata, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Jesús César Chávez Nieto, regidor del Concejo Provincial de Tarata, departamento de Tacna, mientras esté vigente la licencia concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Elcira Lisett Ticona Mendoza, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 40342581, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Tarata, departamento de Tacna, mientras esté vigente la licencia concedida a Jesús César Chávez Nieto, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General 1153942-11
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho
{N}RESOLUCIÓN N° 2300-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02464
SAN JUAN BAUTISTA - HUAMANGA - AYACUCHO
Lima, dos de setiembre de dos mil catorce.
VISTO el Oficio N° 261-2014-ALC-MDSJB/AYAC, presentado el 21 de agosto de por Wilber Roberto Torres Prado, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, comunicando la licencia, concedida al regidor Pedro Roberto Sulca Pablo.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.
3. Con fecha 30 de junio de (fojas 03), el regidor Pedro Roberto Sulca Pablo, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Municipal N° 058-2014-MDSJB/AYAC, de fecha 24 de julio de (fojas 02), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014.
4. En el presente caso se aprecia que el regidor Pedro Roberto Sulca Pablo, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Liz Karina Rayme Ayala, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 40079612, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Independiente Regional Todos con Ayacucho, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Pedro Roberto Sulca Pablo, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, mientras esté vigente la licencia concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Liz Karina Rayme Ayala, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 40079612, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, mientras esté vigente la licencia concedida a Pedro Roberto Sulca Pablo, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General 1153942-12
{E}SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura y traslado de agencias en los departamentos de Lima y Puno
{N}RESOLUCIÓN SBS N° 6618-2014
Lima, 7 de octubre de 2014
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de tres (3) agencias, y el traslado de una (1) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;
Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30°
y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 240-2013;
RESUELVE:
Artículo Primero- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de tres (3) agencias, según se indica:
• Agencia TF Belaunde, situada en la Av. Víctor Andrés García Belaunde N° 220, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.
• Agencia TF Rambla Brasil, situada en la Av.
Brasil N° 714 al N° 792, Jr. Centenario N° 100 y Av.
Juan Pablo Fernandini N° 767, primer piso - Local 101
y 102, distrito de Breña, provincia y departamento de Lima.
• Agencia TF Constructores, situada en Sección 71-75-76, primer piso, Mz. B-1 del lote acumulado 3, 4, 5 y 8; Urbanización El Sol, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - lnterbank el traslado de una (1) agencia, según se indica:
• Agencia TF Juliaca, situada en Jr. 9 de Diciembre N° 102-108-112, distrito de Juliaca, provincia de San Ramón, departamento de Puno; hacia su nueva dirección situada en Local LS-03, Esquina con frente a los Jirones Tumbes y San Martín, distrito de Juliaca, provincia de San Ramón, departamento de Puno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
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