10/08/2014

RESOLUCIÓN SBS N° 6597-2014

RESOLUCIÓN SBS N° 6597-2014 Lima, 6 de octubre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática (FIADI), a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el XVIII Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, el mismo que se llevará a cabo del 13 al 17 de octubre de 2014, en

RESOLUCIÓN SBS N° 6597-2014
Lima, 6 de octubre de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:

La invitación cursada por la Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática (FIADI), a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el XVIII Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, el mismo que se llevará a cabo del 13 al 17
de octubre de 2014, en la ciudad de San José, República de Costa Rica;

CONSIDERANDO:

Que, el citado congreso tiene como objetivo principal sentar las bases para el fomento del nuevo paradigma de la justicia y el derecho mediante la utilización de herramientas de tecnologías de información y de la comunicación;

Que, asimismo en este evento se conocerán temas vinculados a la legislación y jurisprudencia informática, fraudes informáticos, internet y crimen organizado, derecho y jurisprudencia de las comunicaciones, protección de la correspondencia electrónica, aspectos civiles, penales y administrativos de las redes sociales, soberanía, constitucionalidad y derecho internacional, espionaje electrónico, propuestas legislativas en trámite parlamentario sobre reformas a la administración de justicia, entre otros;

Que, en tanto los temas a tratar en dicho evento serán de utilidad y aplicación en las actividades de supervisión y regulación de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Marco Antonio Ojeda Pacheco, Secretario General para que participe en el indicado evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para que participe en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC
serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Marco Antonio Ojeda Pacheco, Secretario General de la SBS, del 12 al 18 de octubre de 2014, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1,065.86
Viáticos US$ 1,890.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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