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RM N° 00715-2014-MINAGRI Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial
1/10/2015
RM N° 00715-2014-MINAGRI Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial
Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro - Sur - PESCS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00715-2014-MINAGRI Lima, 31 de diciembre de 2014 VISTOS: El Oficio N° 0602-2014-MINAGRI-PESCS-7100 y el Informe N° 004-2014-MINAGRI-PESCS-7100 emitidos por el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur – PESCS; el Oficio N° 493-2014-MINAGRI-OGPP/ ODOM emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 071-2014-MINAGRI-ODOM/OGPP emitido por la Oficina de Desarrollo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00715-2014-MINAGRI
Lima, 31 de diciembre de 2014
VISTOS:
El Oficio N° 0602-2014-MINAGRI-PESCS-7100 y el Informe N° 004-2014-MINAGRI-PESCS-7100 emitidos por el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur – PESCS; el Oficio N° 493-2014-MINAGRI-OGPP/ ODOM emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 071-2014-MINAGRI-ODOM/OGPP emitido por la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N°s. 0024 y 025-2014-MINAGRI-SG-OGGRH emitidos por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N° 1493-2014-MINAGRI-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego, respectivamente; respecto a la propuesta del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra Centro Sur – PESCS; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo N° 072-82-PCM se creó el Proyecto Especial Sierra - Centro - Sur, con la finalidad de ejecutar prioritariamente planes, programas y acciones orientadas a elevar las condiciones de vida de la población ubicada en los ámbitos más deprimidos del país y a la pacificación social, proyecto desarrollado dentro de los ámbitos del entonces Instituto Nacional de Desarrollo -INADE;
Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 030-2008-AG se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE en el entonces Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Rego, siendo este último el ente absorbente;
Que, el PESCS constituye en la actualidad una unidad ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, que se encuentra supervisado por el Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, cuya finalidad es formular y ejecutar actividades, programas y proyectos de inversión pública en materia agraria, para elevar el nivel de vida y el proceso de desarrollo de los departamentos de Ayacucho, Apurímac, Cusco y Huancavelica, en el marco de las políticas y planes en materia agraria;
Que, mediante Informe Técnico N° 071-2014-MINAGRI-ODOM/OGPP la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitido como consecuencia de las observaciones efectuadas al Informe Técnico N° 046-2014-MINAGRI-ODOM/OGPP por la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 1310-2014-MINAGRI-OGAJ, procede a subsanar las mismas, y opina que el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro – Sur – PESCS cumple con las características y requisitos de la normatividad vigente;
Que, mediante Oficio N° 112-2014-MINAGRI-DVPA-DIPNA/DGPA, Oficio N° 0411-2014-MINAGRI-DVDIAR/ DGIAR/DG y Oficio N° 323-2014-MINAGRI-DIGNA/ DG, las Direcciones Generales de Políticas Agrarias, Infraestructura Agraria y Riego y Negocios Agrarios, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego han emitido su opinión técnica al proyecto de Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro – Sur – PESCS;
Que, asimismo, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos mediante los Informes N°s. 0024 y 025-2014-MINAGRI-SG-OGGRH, subsanando las observaciones efectuadas por la Oficina General de Asesoría Jurídica al Memorándum N° 351/2014-MINAGRI-SG-OGGRH, informa que realizada la verificación de la relación de puestos del PESCS, con las correcciones y ampliación necesarias, ajustadas a la realidad y al ordenamiento legal, y de acuerdo al sustento que adjunta; opina que encuentra conforme la propuesta reformulada presentada por la Dirección Ejecutiva del PESCS, la misma que se encuentra consensuada con la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización – ODOM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para su inclusión en el articulado pertinente del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra Centro Sur – PESCS;
Que, los artículos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, establecen que la definición de las funciones y la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones, conforme a lo previsto en la citada norma;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 214-99-INADE-1100 del 27 de diciembre de 1999 y Resolución Directoral N° 042-99-INADE-7100, se aprobaron el Cuadro de Asignación de Personal y el Manual de Organización y Funciones del Proyecto Especial Sierra - Centro – Sur – PESCS, respectivamente;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0302-2011-AG se dictan disposiciones para la aprobación de manuales de operaciones de los programas y proyectos especiales adscritos al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, precisando que estos serán aprobados mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable de la entonces Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ahora Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y debiendo considerarse los criterios establecidos en los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM;
Que, en consecuencia, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial que apruebe el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro – Sur – PESCS, que le permita contar con el documento técnico normativo de gestión que señale sus objetivos, ámbito de intervención, dependencias, funciones, estructura orgánica, y principales procesos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; y los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo
N° 043-2006-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro – Sur – PESCS, el mismo que consta de cinco (05) títulos, veintiocho (28)
artículos y un (01) Anexo, y forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Jefatural N° 214-99-INADE-1100 y la Resolución Directoral N° 042-99-INADE-7100, así como todas las demás disposiciones que se opongan a la presente Resolución.
Artículo 3.- Dentro del plazo máximo de sesenta (60)
días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Sierra - Centro – Sur – PESCS, podrá dictar las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en el Manual de Operaciones, aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y en la misma fecha publicar en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), la Resolución, el Manual de Operaciones y el Anexo que forman parte de la misma.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
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