2/27/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 039-2015-JUS

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 039-2015-JUS Lima, 26 de febrero de 2015 VISTO, el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 021-2015/ COE-TC, del 05 de febrero de 2015, sobre la solicitud de extradición activa a la República Bolivariana de Venezuela del ciudadano peruano JESÚS ANTONIO SALAZAR CARBAJAL, formulada por el Cuadragésimo Juzgado Penal de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34°

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 039-2015-JUS
Lima, 26 de febrero de 2015
VISTO, el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 021-2015/ COE-TC, del 05 de febrero de 2015, sobre la solicitud de extradición activa a la República Bolivariana de Venezuela del ciudadano peruano JESÚS ANTONIO SALAZAR
CARBAJAL, formulada por el Cuadragésimo Juzgado Penal de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 14 de noviembre de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JESÚS ANTONIO SALAZAR CARBAJAL, para que sea procesado por la presunta comisión de los delitos contra el Patrimonio - Estafa, en agravio de César Vladimir Passalacqua Olivera, y contra la Tranquilidad Pública -Asociación Ilícita, en agravio de la sociedad (Expediente
N° 163-2014);

Que, el literal a) del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 021-2015/COE-TC, del 05 de febrero de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con la Convención sobre Derecho Internacional Privado (Código Bustamante) firmada el 20
de febrero de 1928;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JESÚS ANTONIO SALAZAR
CARBAJAL, formulada por el Cuadragésimo Juzgado Penal de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos contra el Patrimonio - Estafa, en agravio de César Vladimir Passalacqua Olivera, y contra la Tranquilidad Pública -Asociación Ilícita, en agravio de la sociedad, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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