3/31/2015

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 039-2015-SERFOR-DE Incorporan a profesionales como fedatarios

Incorporan a profesionales como fedatarios del Servicio Nacional F orestal y de Fauna Silvestre - SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 039-2015-SERFOR-DE Lima, 30 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura
Incorporan a profesionales como fedatarios del Servicio Nacional F orestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 039-2015-SERFOR-DE
Lima, 30 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 127° de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el régimen de fedatarios, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a su unidad de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados;

Que, el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba. También pueden, a pedido de los administrados, certificar firmas previa verificación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas que sean necesarias;

Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 08-2014-SERFOR-DE, se designaron a los fedatarios del SERFOR, y con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 110-2014-SERFOR-DE, se incorporaron nuevos fedatarios del SERFOR, sin embargo, por necesidad institucional, se ha considerado pertinente adicionar profesionales que ejercerán las funciones de fedatario del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR en la Sede Central y las diversas Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre del SERFOR, en los términos señalados en la citadas resoluciones; y;

De conformidad con lo establecido en el artículo 127°
de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -SERFOR aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Incorporar a partir de la fecha como fedatarios del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, a los profesionales mencionados, de acuerdo al siguiente detalle:

SEDE FEDATARIO ProfesiónDNI
1Arequipa Roger Anghelo Huerta Presbítero Abogado 29657899
2 Cusco Ronald Daniel Concha Sanchez Biólogo 40981145
3 Moquegua-Tacna David Chambi Ramos Abogado 00485294
4 Selva Central Eduardo Francisco Yupanqui Ascue Abogado 06064222
5 Ancash Boris Elías Obregón Ubaldo Abogado 41515868
SEDE FEDATARIO ProfesiónDNI
6Lambayeque Fernando Roger Eduardo Saavedra Niño Ingeniero 42231241
7 Sierra Central Víctor Alfredo Villa Mariño Ingeniero 20121221
8 Lima Rosario Lizarbe Mayhua Bach. Forestal 20067118
9 Apurímac Víctor Wilber Tello Alfaro Bach. Forestal 08528759
10 Ica Edith Victoria Alvites Levano Bióloga 40379569
11 Cajamarca Socorro Nathaly Amaya Álvarez Ing. Forestal 26722860
12 Puno Grover Idme Hañari Biólogo 02167526
13 Piura Herlinda Julca Calderón Ingeniera 40284825
Artículo 2°.- Los Fedatarios designados desempeñarán sus funciones en forma Ad-honórem y el servicio que brinden será absolutamente gratuito.

Artículo 3°.- Los citados Fedatarios quedan obligados a llevar un Registro de los actos que autentiquen y de las certificaciones que realicen en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 4°.- Rectificar de oficio el error material contenido en el artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 110-2014-SERFOR-DE de fecha 29 de diciembre de 2014, en los siguientes términos:

Dice:
"Ing. Piero Petrodi Del Pozo Cavero"
Debe decir:
"Geog. Piero Petrodi Del Pozo Cavero"
Artículo 5°.- Notificar la presente Resolución a los servidores mencionados en el artículo 1 y a las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre correspondientes.

Artículo 6°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.
pe) SERFOR.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

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