Inicio
Organismo Supervisor de la Inversion Privada En Telecomunicaciones
Organismos Tecnicos Especializados
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 051-2015-CONCYTEC-P Aprueban transferencias financieras y otorgamiento
4/30/2015
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 051-2015-CONCYTEC-P Aprueban transferencias financieras y otorgamiento
Aprueban transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones a favor de diversas instituciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 051-2015-CONCYTEC-P Lima, 29 de abril de 2015 VISTOS: Los Informes N° 9 y N° 15-2015-FONDECYT-UES, del 27 de marzo y 9 de abril del 2015, respectivamente, de la Unidad de Evaluación y Selección del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológico - FONDECYT, los Informes N° 16 y 21-2015-FONDECYT-USM, del 27 de marzo y 9 de abril del 2015, respectivamente,
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 051-2015-CONCYTEC-P
Lima, 29 de abril de 2015
VISTOS:
Los Informes N° 9 y N° 15-2015-FONDECYT-UES, del 27 de marzo y 9 de abril del 2015, respectivamente, de la Unidad de Evaluación y Selección del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológico - FONDECYT, los Informes N° 16 y 21-2015-FONDECYT-USM, del 27 de marzo y 9 de abril del 2015, respectivamente, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, los Informes N° 42 y N° 49-2015-FONDECYT-UPP, sin fecha y del 8 de abril del 2015, respectivamente, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, los Informes N° 11 y N° 12-2015-FONDECYT-UAJ, del 31 de marzo y 8 de abril del 2015, respectivamente, de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, los Oficios N° 135, N° 138 y N° 155-2015-FONDECYT-DE, del 6, 10 y 23 de abril del 2015, respectivamente, de la Dirección Ejecutiva del FONDECYT , el Informe N° 100-2015-CONCYTEC-OGPP, del 15 de abril del 2015, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, y el Informe N° 94-2015-CONCYTEC-OGAJ, del 27 de abril del 2015, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC;
y,
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene como misión dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y en los Decretos Supremos N° 058-2011-PCM y N° 067-2012-PCM;
Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), con la finalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015, autoriza, excepcionalmente, al CONCYTEC, a efectos de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país;
Que, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Presidencia N° 038-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", con el objeto de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica;
Que, mediante Oficio N° 138-2015-FONDECYT-DE, del 10 de abril del 2015, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT
solicita aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones por la suma de Trescientos Cincuenta y Nueve Mil Ciento Noventa y Nueve y 98/100 Nuevos Soles (S/. 359,199.98), para ganadores del Esquema Financiero EF 01 1 "Organización de Eventos Científicos y T ecnológicos", correspondiente a la Convocatoria 2014-2015-I: Universidad Peruana Cayetano Heredia y Universidad Nacional de Juliaca; y ganadores del Esquema Financiero EF 012
"Organización de Eventos de Promoción a la Innovación", correspondiente a la Convocatoria 2014-2015-I: Holosens S.A.C., ‘Innovaciones Tecnológicas’ S.A.C. y Universidad Católica Sedes Sapientiae; los cuales fueron declarados mediante las Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 034
y N° 035-2015-FONDECYT-DE, respectivamente, ambas precisadas por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 063-2015-FONDECYT-DE;
Que, para tal efecto, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT adjunta los Informes N° 9 y N° 15-2015-FONDECYT-UES de la Unidad de Evaluación y Selección del FONDECYT , los Informes N° 16 y 21-2015-FONDECYT-USM de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT, los Certificados de Créditos Presupuestarios N° 85 y N° 86, las Resoluciones de Dirección Ejecutiva del FONDECYT N° 034 y 035-2015-FONDECYT-DE, los Informes N° 42 y N° 49-2015-FONDECYT-UPP mediante los cuales la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT determina la viabilidad técnica y presupuestal de lo solicitado, los Informes N° 11 y N° 12-2015-FONDECYT-UAJ que contienen la opinión legal favorable de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y copias de los Convenios respectivos;
Que, con el Informe N° 100-2015-CONCYTEC-OGPP, del 15 de abril del 2015, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC
informa que la transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones solicitado por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal por la suma de Trescientos Cincuenta y Nueve Mil Ciento Noventa y Nueva y 98/100 Nuevos Soles (S/.
359,199.98);
Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 85 de la Unidad Ejecutora 002:
FONDECYT por el monto de Seiscientos Dieciocho Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/.
618,494.00), se financiará el Esquema Financiero EF 011
"Organización de Eventos Científicos y Tecnológicos" hasta por la suma de Ciento Treinta y Nueve Mil Novecientos Noventa y Nueve y 98/100 Nuevos Soles (S/. 139,999.98);
y con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 86 por el monto de Quinientos Mil Ciento Setenta y Seis y 00/100
Nuevos Soles (S/. 500,176.00), se financiará el Esquema Financiero EF 012 "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación" hasta por la suma de Doscientos Diecinueve Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 219,200.00);
Que, con el Informe N° 94-2015-CONCYTEC-OGAJ, del 27 de abril del 2015, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC emite opinión legal favorable para la aprobación de la transferencia financiera y del otorgamiento de subvenciones solicitado por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT;
Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones solicitado por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT , hasta por la suma de Trescientos Cincuenta y Nueve Mil Ciento Noventa y Nueva y 98/100
Nuevos Soles (S/. 359,199.98);
Con el visto bueno del Secretario General, del Jefe (e)
de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, y en la Directiva N° 002-2015-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada por Resolución de Presidencia N° 038-2015-CONCYTEC-P;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones, por la suma de Trescientos Cincuenta y Nueve Mil Ciento Noventa y Nueve y 98/100
Nuevos Soles (S/. 359,199.98), en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", conforme al detalle siguiente:
N° Tipo de financiamiento Institución Monto aprobado S/.
1
Transferencia financiera (entidad pública)
Universidad Nacional de Juliaca 70,000.00 70,000.00
2
Subvención (persona jurídica privada)
Universidad Peruana Cayetano Heredia 69,999.98
289,199.98
3
Holosens S.A.C. 98,000.00
4 ‘Innovaciones Tecnológicas’ S.A.C.
58,500.00
5 Universidad Católica Sedes Sapientiae 62,700.00
Monto Total S/. 359,199.98
Artículo 2°.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA ORJEDA
Presidente
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)