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DECRETO SUPREMO N° 113-2015-EF Declaran de interés nacional la realización de la 41 a Conferencia
5/07/2015
DECRETO SUPREMO N° 113-2015-EF Declaran de interés nacional la realización de la 41 a Conferencia
Declaran de interés nacional la realización de la 41 a Conferencia Anual de la organización Internacional de Comisiones de Valores DECRETO SUPREMO N° 113-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional de Comisiones de Valores – OICV (IOSCO, por sus siglas en inglés) es el organismo internacional integrado por reguladores/ supervisores del mercado de valores, que establece los estándares para la conducción de estos mercados, siendo el Perú, a través de la Superintendencia del
DECRETO SUPREMO N° 113-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Organización Internacional de Comisiones de Valores – OICV (IOSCO, por sus siglas en inglés) es el organismo internacional integrado por reguladores/ supervisores del mercado de valores, que establece los estándares para la conducción de estos mercados, siendo el Perú, a través de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, miembro de dicha organización desde su fundación;
Que, la SMV es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción;
Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2012-2016 del Sector Economía y Finanzas, establece como lineamiento de política: "Profundizar el desarrollo del mercado de valores"; enmarcado en el objetivo estratégico específico: desarrollo integral del sistema financiero, y éste a su vez, en el objetivo estratégico general: crecimiento económico sostenido;
Que, la OICV es el principal foro a nivel mundial de los reguladores/supervisores de los mercados de valores y su misión radica en: (i) cooperar en el desarrollo, implementación y fomento de la adhesión a estándares normativos internacionalmente reconocidos de vigilancia y supervisión para lograr la protección del inversor, para el mantenimiento de mercados justos, eficientes y transparentes y para la prevención de los riesgos sistémicos; (ii) mejorar la protección del inversor y su confianza en la integridad de los mercados de valores por medio del intercambio de información, de la cooperación en la persecución de los abusos de mercado y de la supervisión de los mercados y sus partícipes;
e, (iii) intercambiar información a nivel global y regional para lograr el desarrollo de los mercados, reforzar sus infraestructuras e implementar la regulación pertinente;
Que, los órganos de gobierno y los más importantes grupos de trabajo de la OICV se reúnen en una Conferencia Anual, en la que además con una antelación de tres años, designan al país que será sede de una próxima reunión;
de ahí que el 17 de septiembre de 2013, en el marco de la 38a Conferencia Anual de la OICV, llevada a cabo en Luxemburgo, la SMV fue elegida por el Directorio de la organización como anfitrión de la 41a Conferencia Anual de la OICV, en adelante, la Conferencia, a realizarse en el año 2016 en la ciudad de Lima;
Que, dicha elección implica un importante logro para el Perú, porque permitirá dar a conocer el país a las máximas autoridades de los entes reguladores/supervisores de los mercados de valores del mundo, organizar foros de debates sobre temas de interés de dichas autoridades, así como realizar conferencias públicas con otros representantes de los sectores público y privado; con el propósito de promover el mercado de capitales como elemento clave para fortalecer el desarrollo de los países;
Que, en este contexto, corresponde a la SMV, en su calidad de anfitrión, la preparación, organización y realización de la Conferencia, del 8 al 12 de mayo de 2016, en la ciudad de Lima, permitiéndole asegurar el cumplimiento de objetivos y metas de la SMV; por lo que resulta pertinente declarar de interés nacional su realización, así como las actividades y eventos conexos;
cuyos gastos serán financiados con cargo al Presupuesto Institucional de la SMV;
Que, la Conferencia implica el ingreso al país de materiales e insumos básicos necesarios para la realización del evento, por lo que se requiere que dichos bienes se encuentren comprendidos en la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1. Declaración de interés nacional Declarar de interés nacional la realización de la "41a Conferencia Anual de la Organización Internacional de Comisiones de Valores – OICV", en adelante, la Conferencia, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 8 al 12 de mayo de 2016, así como las actividades y eventos relacionados con este propósito, que tendrán lugar antes, durante y después de la citada Conferencia.
Artículo 2. Entidad promotora de la Conferencia La Superintendencia del Mercado de Valores – SMV es la entidad del Estado que tiene a su cargo la preparación, organización y realización de la Conferencia, así como de sus actividades y eventos conexos.
Artículo 3. Financiamiento La aplicación de la presente norma se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego SMV, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes.
Artículo 4. Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de mayo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
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