Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 06-2016/DP Aprueban el "Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del
5/30/2016
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 06-2016/DP Aprueban el "Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del
Aprueban el "Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero - Diciembre 2015" RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 06-2016/DP Lima, 27 de mayo del 2016 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y en el artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el Defensor del Pueblo debe presentar anualmente al Congreso de la República, durante el año de una Legislatura Ordinaria, un informe
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 06-2016/DP
Lima, 27 de mayo del 2016
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo señalado en el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y en el artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el Defensor del Pueblo debe presentar anualmente al Congreso de la República, durante el año de una Legislatura Ordinaria, un informe que dé cuenta de la gestión realizada en el período y de las conclusiones correspondientes, el cual debe ser puesto en conocimiento del Presidente Constitucional de la República;
Que, en cumplimiento de dicho mandato constitucional y legal, el Defensor del Pueblo —encargado según la Resolución Defensorial Nº 004-2011/DP—, ha elaborado el «Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero-Diciembre 2015», a fin de informar al Congreso de la República y a la sociedad de la gestión realizada por la Defensoría del Pueblo durante el referido período;
Que, el Decimonoveno Informe Anual recoge la labor realizada por la Defensoría del Pueblo en cumplimiento de su mandato constitucional de defensa de los derechos fundamentales de la persona y la comunidad, así como de supervisión del Estado y de la prestación de los servicios públicos, llevada a cabo en el último período;
Que, uno de los objetivos del Informe Anual es contribuir con la labor legislativa y fiscalizadora del Congreso, así como con el desarrollo de las funciones del Poder Ejecutivo y los demás poderes y órganos del Estado;
Que, conforme al artículo 94º del Reglamento del Congreso de la República, el Informe del Defensor del Pueblo debe ser presentado al Congreso de la República, por intermedio de su Presidente, debiendo efectuarse la sustentación ante la Comisión de Constitución y Reglamento y la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, reunidas en sesión conjunta. Posteriormente, el Informe deberá ser presentado ante el Pleno del Congreso de la República en la primera sesión que se realice después de la presentación realizada ante la sesión conjunta de las referidas comisiones;
Que, de conformidad con el artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el Informe Anual deberá ser enviado, para su conocimiento, al Presidente Constitucional de República; y En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el literal d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones 588280 NORMAS LEGALES
Lunes 30 de mayo de 2016 / El Peruano de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 012-2011/DP, y de acuerdo con la Resolución Defensorial Nº 004-2011/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el «Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero-Diciembre 2015», y su presentación al Congreso de la República, según el procedimiento establecido. Dicho informe desarrolla los siguientes capítulos:
Resumen: Contiene las principales conclusiones y refl exiones sobre la labor de la Defensoría del Pueblo durante el año 2015.
Capítulo 1: Presenta los aspectos institucionales, la visión y la misión institucionales, la organización de la Defensoría del Pueblo, los datos estadísticos a nivel nacional.
Capítulo 2: Incorpora las intervenciones defensoriales relevantes en las líneas prioritarias de salud, educación, seguridad ciudadana, ética pública y lucha contra la corrupción, transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas, confl ictividad social, medio ambiente, derechos de los pueblos indígenas, derecho a la vida, integridad y libertad personal, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, derecho a la igualdad y no discriminación, trata de personas, salud sexual y reproductiva de los y las adolescentes, adolescentes en confl icto con la ley penal, derechos de las personas con discapacidad, derechos de las personas adultas mayores, derechos de las personas migrantes, memoria y reparaciones, derecho a la identidad, derecho de acceso a la justicia, derechos laborales y de la seguridad social, servicios públicos y descentralización.
Capítulo 3: Contiene datos estadísticos e información relevante de la labor de la Defensoría del Pueblo en cada una de las regiones del país.
Capítulo 4: Presenta la evaluación del cumplimiento del deber de cooperación por parte de las instituciones y los casos significativos de incumplimiento de este deber.
Anexos: Recogen información relevante sobre el presupuesto institucional y cooperación internacional, política de recursos humanos, relaciones internacionales, opiniones sobre normas en proceso de elaboración, intervención en procesos constitucionales, resoluciones defensoriales emitidas, publicaciones editadas durante el periodo, así como la relación con los medios de comunicación.
Artículo Segundo.- REMITIR el «Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero-Diciembre 2015», al señor Presidente del Congreso de la República, así como a los señores Presidentes de la Comisión de Constitución y Reglamento y de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República.
Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO del señor Presidente Constitucional de la República, el «Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero-Diciembre 2015».
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del «Decimonoveno Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero-Diciembre 2015» en el portal Web de la Institución (www.defensoria. gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO VEGA LUNA
Defensor del Pueblo (e)
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)