Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 0177-2016-GORE-ICA/GR Modifican Res. N° 481-2015-GORE-ICA/GR
5/25/2016
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 0177-2016-GORE-ICA/GR Modifican Res. N° 481-2015-GORE-ICA/GR
Modifican Res. Nº 481-2015-GORE-ICA/GR RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0177-2016-GORE-ICA/GR Ica, 6 de mayo de 2016 VISTO, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/GR, de fecha 29 de diciembre de 2015 que prevé la delegación de facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Gobierno Regional de Ica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales,
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0177-2016-GORE-ICA/GR
Ica, 6 de mayo de 2016
VISTO, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/GR, de fecha 29 de diciembre de 2015 que prevé la delegación de facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Gobierno Regional de Ica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, constituyéndolos como una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 9º de la mencionada Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM establece que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0016-2013-GORE-ICA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica modificado mediante Ordenanza Regional Nº 003-2015-GORE-Ica, actualmente vigente;
Que, el Consejo Regional de Ica, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2015-GORE-ICA, aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, considerando los lineamientos establecidos en el decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública;
Que, el numeral 1 del artículo 29º del citado Reglamento de Organización y Funciones, modificado por la citada Ordenanza en el párrafo anterior, establece que la Gobernación Regional, de la cual es titular el Gobernador Regional, tiene como función la dirección y supervisión de la marcha del Gobierno Regional de Ica y sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 65.1 del artículo 65º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivo de delegación o avocación, según lo previsto en dicha Ley;
Que, es necesario realizar modificaciones a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/ GR, para otorgar un mejor desempeño de las funciones del Gobierno Regional de Ica;
587954 NORMAS LEGALES
Miércoles 25 de mayo de 2016 / El Peruano Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902
y a lo establecido en el inciso 1 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar los numerales 2.1.1, 2.1.2, 2.1.3, 2.1.4, 2.1.5 y derogar el numeral 2.1.6, del Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/GR de fecha 29 de diciembre de 2015, quedando redactados de la siguiente manera:
"2.1.1 Autorizar la contratación de personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento y modificatorias, así como las disposiciones de la Autoridad del Servicio Civil -
SERVIR sobre la materia".
"2.1.2 Suscribir las Resoluciones de Encargatura hasta por veintinueve (29) días calendario de los Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Ica".
"2.1.3 Designar a los Subgerentes, Directores Regionales y demás cargos de confianza en el Gobierno Regional de Ica, con excepción del Gerente General Regional, los Gerentes Regionales y lo dispuesto en el numeral 8.3 del artículo 8º de la presente resolución. La presente delegación se entenderá efectuada también para la suscripción de las Resoluciones de Encargatura".
"2.1.4 Término de servicios, aceptación de renuncia y conclusión del vínculo, excepto cuando se trate del Gerente General Regional, los Gerentes Regionales y lo dispuesto en el numeral 8.3 del artículo 8º de la presente resolución;
cese por fallecimiento, cese definitivo por límite de edad y resolución de contrato del personal en los casos que corresponda emitirse Resolución Ejecutiva Regional".
"2.1.5 Todo aquel acto, disposición o conducta que contravenga lo dispuesto en el presente artículo, se entenderá como inexistente y nulo de pleno derecho.
La Resolución que declare la nulidad será emitida por el Gerente General Regional".
Artículo Segundo.- Modificar el numeral 3.3 del Artículo Tercero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/GR de fecha 29 de diciembre de 2015, incorporándose el numeral 3.3.3, quedando redactado de la siguiente manera:
"3.3.3 Suscribir los Contratos Administrativos de Servicios, incluyendo aquellos de los funcionarios de confianza del Gobierno Regional de Ica".
Artículo Tercero.- Derogar el numeral 3.4.2 del numeral 3.4 del Artículo Tercero de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/GR de fecha 29 de diciembre de 2015.
Artículo Cuarto.- Derogar los numerales 6.1.1, 6.1.4
y 6.1.6 del numeral 6.1 del Artículo Sexto de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/GR de fecha 29 de diciembre de 2015.
Artículo Quinto.- Modificar el Artículo Octavo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2015-GORE-ICA/ GR de fecha 29 de diciembre de 2015, incorporándose los numerales 8.3 y 8.4, quedando redactado de la siguiente manera:
"8.3 Delegar en los Directores Regionales la designación de los cargos de confianza de sus respectivas direcciones. En caso una Dirección Regional cuente con varias Unidades Ejecutoras la presente delegación se entenderá efectuada respecto a todas ellas".
"8.4 Delegar en el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la aprobación de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a propuesta de la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a que se refiere el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto".
Artículo Sexto.- La ejecución de lo dispuesto en la presente resolución no demandará recursos adicionales a los previstos en la entidad.
Artículo Sétimo.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES
Gobernador Regional
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)