5/28/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 111-2016-PCM Conforman Grupo de Trabajo denominado "Mesa Técnica Majes

Conforman Grupo de Trabajo denominado "Mesa Técnica Majes Siguas de la provincia de Caylloma del departamento de Arequipa", dependiente de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2016-PCM Lima, 26 de mayo de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 427-2016-PCM/ONDS y el Informe Nº 005-2016-PCM/ONDS-CCHA de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece
Conforman Grupo de Trabajo denominado "Mesa Técnica Majes Siguas de la provincia de Caylloma del departamento de Arequipa", dependiente de la PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2016-PCM
Lima, 26 de mayo de 2016
VISTOS:

El Memorando Nº 427-2016-PCM/ONDS y el Informe Nº 005-2016-PCM/ONDS-CCHA de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. Coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, con fecha 20 de mayo de 2016, se llevó a cabo una reunión de trabajo de alto nivel con la participación del Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y Riego y la Gobernadora Regional de Arequipa luego de la visita de campo, en donde se dispuso la conformación de una Mesa Técnica para Majes Siguas;

Que, en dicha reunión de trabajó de fecha 20 de mayo de 2016, se ha considerado importante la participación de la Presidencia del Consejo de Ministros, de la Oficina Nacional de Dialogo y Sostenibilidad, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; del Ministerio de Economía y Finanzas; del Instituto Nacional de Defensa Civil; del Gobierno Regional de Arequipa; de la Municipalidad Distrital de Majes; de la Autoridad Autónoma de Majes; de la Junta de Usuarios. En ese contexto, se elaborará un cronograma de reuniones técnicas de trabajo, así como un taller de planificación e intervención de los Sectores Nacionales, Regional y Municipales, con quienes se asumirán compromisos y acciones;

Que, los temas que interesan ser abordados en la Mesa Técnica Majes Siguas son, entre otros, los problemas ocasionados por la operación de 15,000
hectáreas agrícolas y pecuarias del Proyecto Majes Siguas en su primera etapa, especialmente en lo que respecta al módulo de riego vigente; revisión detallada de las condiciones de los canales de riego; censar a las familias que deberán ser reubicadas; identificar los proyectos necesarios para dar solución a la problemática y desarrollarlos a un nivel de detalle o expediente técnico;
y los que producto del trabajo en la Mesa Técnica se identifiquen como indispensables atender;

Que, el Estado desde la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha trazado como objetivo primordial el coordinar los procesos de diálogo involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades privadas y públicas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de Gobierno, a fin de encausar las distintas demandas ciudadanas, encaminar la solución de controversias, diferencias, conflictos y expectativas de la población, y preservar la seguridad de las personas, el orden público y la paz social;

Que, en tal sentido, resulta necesaria la conformación de un grupo de trabajo que coadyuve a la atención integral de la problemática antes descrita, respetando el marco jurídico vigente en el país;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformación del Grupo de Trabajo Confórmese el Grupo de Trabajo denominado "Mesa Técnica Majes Siguas de la provincia de Caylloma del departamento de Arequipa" dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tendrá por objeto realizar acciones de coordinación técnica para atender la problemática de derrumbes y deslizamientos en el Valle de Siguas; la coordinación intersectorial para el cumplimiento de dichas acciones; proponer un plan de trabajo que atienda las prioridades recomendadas por el Grupo de Trabajo;
y, otras que sean determinadas por los integrantes del Grupo de Trabajo.

588158 NORMAS LEGALES
Sábado 28 de mayo de 2016 / El Peruano Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado por representantes de:
- La Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá;
- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
- Ministerio de Agricultura y Riego;
- Ministerio de Economía y Finanzas;
- Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros;
- Gobierno Regional de Arequipa;
- Instituto Nacional de Defensa Civil;
- Municipalidad Distrital de Majes;
- Autoridad Autónoma de Majes;
- Junta de Usuarios Pampa de Majes.

Artículo 4.- Designación de representantes Cada integrante del referido Grupo de Trabajo deberá contar con un/a representante titular y un/a representante alterno/a, los mismos que serán designados mediante documento emitido por cada entidad dentro del plazo de cinco (5) días calendarios contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Secretaría Técnica El Grupo de Trabajo contará con una Secretaría Técnica, que recaerá en un representante de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien estará a cargo de coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Grupo de Trabajo.

Artículo 6.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales El Grupo de Trabajo podrá convocar a instituciones públicas o privadas o a profesionales especializados en la materia, cuya participación se estime necesaria para la consecución de sus objetivos, sin que ello genere gastos al Tesoro Público.

Artículo 7.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los representantes del Grupo de Trabajo, es ad honórem, no irrogando gastos al Estado.

Artículo 8.- Instalación El Grupo de Trabajo debe instalarse en un plazo no mayor de diez (10) días calendarios siguientes, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 9.- Período de vigencia El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo será de tres (3)
meses, contados a partir del día siguiente de su instalación.

Artículo 10.- Informe Final Vencido el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, éste dispondrá de treinta (30) días calendario, adicionales, para presentar un informe final ante el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 11.- Publicación.

Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros

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