5/31/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2016-EF/52 Aprueban las Segundas Enmiendas a los Contratos de

Aprueban las Segundas Enmiendas a los Contratos de Locación de Servicios suscritos entre la República del Perú y asesores legales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2016-EF/52 Lima, 30 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30130, se declaró de necesidad pública y de interés nacional la prioritaria ejecución del Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara (PMRT), con el objetivo de implementar mecanismos de preservación de la calidad del aire y de la salud pública, y adopta medidas para
Aprueban las Segundas Enmiendas a los Contratos de Locación de Servicios suscritos entre la República del Perú y asesores legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2016-EF/52
Lima, 30 de mayo de 2016
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30130, se declaró de necesidad pública y de interés nacional la prioritaria ejecución del Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara (PMRT), con el objetivo de implementar mecanismos de preservación de la calidad del aire y de la salud pública, y adopta medidas para fortalecer el gobierno corporativo de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. (PETROPERU);

Que, el artículo 5 de la mencionada Ley aprobó el otorgamiento de las garantías del Gobierno Nacional hasta por un monto de US$ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS
MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) anuales, hasta por un total acumulado de US$ 1 000 000 000,00 (MIL MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), en respaldo de las obligaciones financieras derivadas de los financiamientos que contrate PETROPERU, para ejecutar el Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara a través de préstamos estructurados, bonos u otro tipo de operaciones de financiamiento, conforme lo establezca el respectivo contrato de EPC, y siempre que a la empresa no le alcancen los fl ujos financieros para asumir dicho pago;

Que, asimismo, el acotado artículo 5 dispone, entre otros aspectos, que el Ministerio de Economía y Finanzas suscribe con los respectivos acreedores garantizados, el contrato de garantía correspondiente; así como con PETROPERU los respectivos convenios, en los que se establece que los reembolsos que correspondan al ministerio, se subordinan al pago de las obligaciones financieras materia de garantía en el marco de lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 04-2007-EF/75.01;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 397-2015-EF/52, se aprobó la contratación de SIMPSON
THACHER & BARTLETT LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York como asesor legal externo, y del estudio HERNANDEZ Y CIA. ABOGADOS, como asesor legal local, para que presten sus servicios de asesoría legal al Ministerio de Economía y Finanzas, respecto a los contratos y documentos que dicho Ministerio deba suscribir para implementar el otorgamiento de la garantía del Gobierno Nacional en el marco de la Ley
Nº 30130;

Que, con fecha 31 de diciembre de 2015, se suscribieron los respectivos Contratos de Locación de Servicios, en los que se pactó que los servicios de asesoría legal serían prestados hasta el 28 de febrero de 2016, así como el costo de tales servicios;

Que, con fecha 26 de febrero de 2016, se suscribieron las respectivas Enmiendas a los contratos de locación de servicios aludidos, pactándose que los servicios de asesoría legal serían prestados hasta el 31 de mayo de 2016;

Que, a la fecha PETROPERU aún no ha concertado los financiamientos requeridos para la ejecución del Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara (PMRT); sin embargo, dicha empresa ha manifestado que estaría por concretarlos próximamente;

Que, en tal sentido, se requiere continuar contando con los servicios de los asesores legales externos e internos antes indicados, por lo cual es necesario ampliar el plazo de los contratos de locación, así como un reajuste en los costos;

Que, para tal fin, es necesario aprobar y autorizar a suscribir las respectivas segundas enmiendas a los Contratos de Locación de Servicios antes señalados con los mencionados estudios de abogados;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y 588330 NORMAS LEGALES
Martes 31 de mayo de 2016 / El Peruano Finanzas, y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébense las Segundas Enmiendas a los Contratos de Locación de Servicios de fecha 31 de diciembre de 2015 suscritos entre la República del Perú y SIMPSON THACHER & BARTLETT LLP, firma de abogados del Estado de Nueva York como asesor legal externo, y del estudio HERNANDEZ Y CIA. ABOGADOS, como asesor legal local, para los fines descritos en la parte considerativa de esta norma legal.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, las enmiendas que se aprueban en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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