12/18/2016

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 411-2016-IN

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 411-2016-IN Lima, 16 de diciembre de 2016 VISTO; la propuesta de fecha del 27 de noviembre de 2016, presentada por el Director General de la Policía Nacional del Perú, Presidente de la Junta Selectora del Proceso de ascenso por selección al grado de General de la Policía Nacional del Perú del año 2016 - Promoción 2017. CONSIDERANDO: Que, el artículo 172º de la Constitución Política del Perú, establece que los ascensos se confieren de conformidad con la ley y que el Presidente

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 411-2016-IN
Lima, 16 de diciembre de 2016
VISTO; la propuesta de fecha del 27 de noviembre de 2016, presentada por el Director General de la Policía Nacional del Perú, Presidente de la Junta Selectora del Proceso de ascenso por selección al grado de General de la Policía Nacional del Perú del año 2016 - Promoción 2017.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 172º de la Constitución Política del Perú, establece que los ascensos se confieren de conformidad con la ley y que el Presidente de la República otorga los ascensos a los Generales de la Policía Nacional del Perú, según propuesta del Instituto;

Que, el artículo 1º del Título Preliminar de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico. Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas;

Que, el numeral 4) del artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho al ascenso, de acuerdo a la Ley de la Carrera y de Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 2) del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, concordante con lo dispuesto en el artículo 59º de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN, establecen que el ascenso tiene por finalidad promover al personal al grado inmediato superior, en consideración a sus capacidades, conocimientos, habilidades y aptitudes, así como por la evaluación objetiva de sus méritos y deméritos registrados durante la carrera;

Que, el artículo 57º del Decreto Legislativo Nº 1149
- Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre de la Nación, mediante Resolución Suprema, para Oficiales Generales de Armas y de Servicios;

Que, con Resolución Directoral 1296-2016-DIRGEN/ DIREJPER-PNP de 28 de noviembre de 2016, se declararon las vacantes para el ascenso al grado de General de Armas y General de Servicios de la Policía Nacional del Perú año 2016 - Promoción 2017;

Que, el Director General de la Policía Nacional del Perú, presidente la Junta Selectora para el ascenso al grado de General de Armas y General de Servicios de la Policía Nacional del Perú, del año 2016 - Promoción 2017, cumpliendo con los procedimientos y reglas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aplicando los principios rectores de meritocracia, objetividad, imparcialidad, transparencia y de igualdad de derechos y oportunidades, elevó al Presidente de la República, por intermedio del Ministro del Interior, la propuesta institucional de ascenso al grado de General de Armas y de Servicios;

De conformidad a la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº010-2013-IN. Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú y Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Ascender al grado de General de Armas de la Policía Nacional del Perú, con eficacia al 1 de enero de 2017, al Coronel de Armas de la Policía Nacional del Perú Héctor Heráclides LOAYZA ARRIETA.

Artículo 2º.- Otórguesele el Despacho correspondiente e inscríbasele en el Escalafón Policial respectivo.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.