4/28/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 153-2017-MEM/DM Establecen, para efecto del Reglamento del Decreto

Establecen, para efecto del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973. el monto de inversión a cargo de Huaura Power Group RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2017-MEM/DM Lima, 25 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría pueden acogerse a un régimen especial de recuperación anticipada del Impuesto General
Establecen, para efecto del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973. el monto de inversión a cargo de Huaura Power Group
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2017-MEM/DM
Lima, 25 de abril de 2017
CONSIDERANDO:

Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría pueden acogerse a un régimen especial de recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV (en adelante régimen especial);

Que, con fecha 06 de octubre de 2015 HUAURA
POWER GROUP S.A. celebra en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Central Hidroeléctrica Yarucaya (15 MW) y Línea de Transmisión C.H. Yarucaya - S.E. Andahuasi de 66 kV" (en adelante el Contrato de Inversión) para efecto de acogerse al régimen especial;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 525-2015-MEM/DM publicada el 04 de diciembre de 2015, se aprueba como empresa calificada a efecto del goce del régimen especial a HUAURA POWER GROUP S.A.; se establecen los requisitos y características del Contrato de Inversión y se aprueba la lista bienes, servicios y contratos de construcción señalados en el anexo del Contrato de Inversión;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 148-2016-MEM/DM publicada el 27 de abril de 2016, se aprueba la modificación de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 525-2015-MEM/DM, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, con el fin de incluir la lista de bienes adicionales presentada por HUAURA POWER
GROUP S.A.; siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 06 de octubre de 2015;

Que, conforme al artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, éste puede ser modificado a través de Adendas;

Que, con fecha 06 de octubre de 2016 HUAURA
POWER GROUP S.A. solicita ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de una Adenda al Contrato de Inversión con la finalidad de modificar el Cronograma de Inversiones por la reducción del monto de inversión; así como la ampliación del plazo de ejecución de la inversión;

Que, con fecha 19 de enero de 2017 se suscribe la Adenda de Modificación del Contrato de Inversión, por la cual se modifica el primer párrafo de la Cláusula Segunda del Contrato de Inversión, con el objeto de reducir el monto de la inversión comprometida de US$
36 938 105,00 (Treinta y Seis Millones Novecientos Treinta y Ocho Mil Ciento Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a un monto de US$ 35 640
785,00 (Treinta y Cinco Millones Seiscientos Cuarenta Mil Setecientos Ochenta y Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); así como la ampliación del plazo de ejecución de la inversión de un (01) año, nueve (09) meses y once (11) días a un plazo de dos (02) años, un (01) mes y once (11) días, contado a partir del 19 de marzo de 2015;

Que, a consecuencia de la Adenda al Contrato de Inversión resulta necesario establecer el actual monto de inversión y el plazo de ejecución de la inversión a ser realizada por HUAURA POWER GROUP S.A.;

Estando a lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973; el inciso i) del artículo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, en los incisos h) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, que el monto de la inversión a cargo de HUAURA POWER GROUP S.A. asciende a la suma de US$ 35 640 785,00 (Treinta y Cinco Millones Seiscientos Cuarenta Mil Setecientos Ochenta y Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) años, un (01) mes y once (11) días, contado a partir del 19 de marzo de 2015.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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