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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 244-2017-MINAM Modifican el Art. 2 de la R.M. N° 002-2017-MINAM, referido
8/30/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 244-2017-MINAM Modifican el Art. 2 de la R.M. N° 002-2017-MINAM, referido
Modifican el Art. 2 de la R.M. Nº 002-2017-MINAM, referido a la delegación de facultades y atribuciones al Director de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2017-MINAM Lima, 29 de agosto de 2017 Visto; los Informes Nº 270-2017-MINAM/SG/ OGA y Nº 686-2017-MINAM/SG/OGA/OA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 313-2017-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2017-MINAM
Lima, 29 de agosto de 2017
Visto; los Informes Nº 270-2017-MINAM/SG/ OGA y Nº 686-2017-MINAM/SG/OGA/OA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 313-2017-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial,
las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINAM, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 86-2017-MINAM y Nº 168-2017-MINAM, la Ministra del Ambiente delega en diferentes funcionarios, durante el año fiscal 2017, diversas facultades y atribuciones;
Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú recibe, transfiere y/o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas cuyo objetivo es complementar y contribuir a los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo, destinados a, entre otros, apoyar la ejecución de actividades y proyectos prioritarios para el desarrollo del país, y de sus regiones, en especial en los espacios socio-económicos, de mayor pobreza y marginación;
Que, el artículo 3 de la citada norma, establece que la cooperación técnica internacional se canaliza a través de organismos del Sector Público en sus niveles Central, Regional, Local, así como organizaciones (oficialmente reconocidas) del Sector Privado;
Que, asimismo, según los artículos 6 y 7 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, los recursos de Cooperación Técnica Internacional, se ejecutan según su contenido y finalidad, entre otras, en la modalidad de Asesoramiento, el cual se otorga o recibe mediante técnicos o profesionales con alto nivel de especialización y calificación para la ejecución de programas, proyectos o actividades de Desarrollo, cuyas acciones están dirigidas a facilitar la solución de problemas científicos y tecnológicos, así como la transferencia e intercambio de conocimientos;
Que, a través de los Informes Nº 270-2017-MINAM/ SG/OGA y Nº 686-2017-MINAM/SG/OGA/OA, la Oficina General de Administración solicita modificar la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINAM, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 86-2017-MINAM
y Nº 168-2017-MINAM, a fin que la Titular de la entidad delegue en dicho órgano la facultad de suscribir contratos y/o adendas de consultoría derivados de Convenios de Cooperación Técnica No Reembolsable u otros instrumentos de naturaleza análoga, lo cual permitirá optimizar el procedimiento destinado a este fin;
Con el visado de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporar el literal j) al numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINAM, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 86-2017-MINAM y Nº 168-2017-MINAM, conforme al siguiente texto:
"Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones al Director de la Oficina General de Administración.
Delegar en el Director de la Oficina General de Administración del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2017, las siguientes funciones y atribuciones:
2.1. Facultades de representación, para lo siguiente: (...)
j) Suscribir contratos y/o adendas de consultoría derivados de Convenios de Cooperación Técnica No Reembolsable u otros instrumentos de naturaleza análoga".
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente
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