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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 367-2017-SINEACE/CDAH-P Modifican
9/16/2017
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 367-2017-SINEACE/CDAH-P Modifican
Modifican denominación social de empresa a que se refiere la Res. Nº 046-2017-SINEACE/ CDAH-P por la de "Quality Certificate Organization S.A.C. - QCO S.A.C." RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 367-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 13 de setiembre de 2017 VISTO: El expediente administrativo con Reg. Nº 9548, presentado por la empresa Quality Certificate Organization S.A.C con Registro Único de Contribuyente Nº 20601212944, sobre modificación de su razón social en la resolución que
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 367-2017-SINEACE/CDAH-P
Lima, 13 de setiembre de 2017
VISTO:
El expediente administrativo con Reg. Nº 9548, presentado por la empresa Quality Certificate Organization S.A.C con Registro Único de Contribuyente Nº 20601212944, sobre modificación de su razón social en la resolución que la autoriza como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Productor de Plantones de café y especies asociadas"; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 046-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 23 de febrero 2017 se oficializó el acuerdo Nº036-2017-CDAH, de sesión de fecha 16 de febrero 2017, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la autorización a la entidad Quality Certificate Organization ACEDU SAC - QCO - ACEDU como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Productor de Plantones de café y especies asociadas", con una vigencia de cinco (05) años contados desde la publicación de la resolución de autorización;
Que, mediante oficio Nº 019-QCO/CERTF/EVALUC-LIMA, el Gerente General de la precitada empresa ha solicitado la modificación de su denominación social en su resolución de autorización como entidad Certificadora de Competencias, para lo cual adjunta copia de la Partida Registral Nº13621246 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, donde consta el cambio de su denominación social de Quality Certificate Organization ACEDU S.A.C a la de "Quality Certificate Organization S.A.C";
Que, mediante Informe Nº 224-2017-SINEACE/P/ ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a efectos que se proceda a la modificación de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc que autoriza como Entidad Certificadora de Competencias a la citada empresa, toda vez que el cambio de la denominación de una sociedad (persona jurídica), implica únicamente una modificación estatutaria que no tiene efecto en las obligaciones y derechos que tenga asumida respecto de la autorización dada por el Sineace, recomendando se expida el acto administrativo correspondiente a efectos de entenderse en adelante, toda denominación de la razón social de dicha empresa, como "Quality Certificate Organization
S.A.C";
Que, con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; en uso de las prerrogativas contenidas en la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y sus modificatorias y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar la denominación social de la empresa Quality Certificate Organization ACEDU S.A.C
contenida en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 046-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 23 de febrero 2017, que la autoriza como Entidad Certificadora de Competencias en la ocupación de "Productor de Plantones de café y especies asociadas", debiendo entenderse en adelante, para toda mención, la denominación social de "Quality Certificate Organization
S.A.C - QCO S.A.C".
Artículo 2º.- Mantener subsistentes los demás extremos la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 046-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 23 de febrero 2017, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
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