10/14/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 111-2017-DE/EP/COPERE/SJAO

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2017-DE/EP/COPERE/SJAO Lima, 13 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28359 "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2017-DE/EP/COPERE/SJAO
Lima, 13 de octubre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modificactoria aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene
por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1359-2017-DE/SG del 07 de octubre de 2017, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2017, Promoción 2018, del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 767 de 09 de octubre de 2017, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2017, Promoción 2018, las vacantes para los Oficiales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Oficiales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la calificación final obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal "a" del artículo 37º del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Oficiales Generales.

SE RESUELVE :

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de 2018 por Selección, al grado de General de Brigada al:

CORONEL CHACON CORDOVA LUIS FRANCISCO
Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa

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