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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
11/30/2017
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Disponen publicar proyecto de norma "Formularios, Plazos y Medios para la remisión de los registros de mediciones en los Sistemas de Transmisión Eléctrica" en la página web de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 223-2017-OS/CD Lima, 27 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 223-2017-OS/CD
Lima, 27 de noviembre de 2017
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales;
Que, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el Organismo Regulador, dentro de su ámbito de competencia, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados, a fin de que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias por un plazo no menor de 15
días calendario, sin que ello tenga carácter vinculante ni de lugar a procedimiento administrativo;
Que, en atención a lo señalado, corresponde publicar en la página Web de Osinergmin el proyecto de resolución que aprobaría la Norma "Formularios, Plazos y Medios para la remisión de los registros de
mediciones en los Sistemas de Transmisión Eléctrica".
Asimismo, corresponde disponer que dicha resolución sea consignada conjuntamente con el proyecto normativo, exposición de motivos e informes que lo sustentan, en la página Web de Osinergmin, para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados.
La propuesta normativa, conforme es desarrollado en el proyecto publicado, tiene su amparo en los numerales 6.2.5 y 8.1.1 de la Norma "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT)";
Que, se han expedido los Informes Nº 575-2017-GRT y Nº 571-2017-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3º del T exto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias.
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 36-2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación, en la página Web de Osinergmin: www2.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ Resoluciones2017.aspx, del proyecto de norma:
"Formularios, Plazos y Medios para la remisión de los registros de mediciones en los Sistemas de Transmisión Eléctrica", conjuntamente con su exposición de motivos y los Informes Nº 575-2017-GRT y Nº 571-2017-GRT, que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Establecer un plazo de quince (15)
días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: SoporteSIRPIT@
osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se analizarán los comentarios recibidos hasta las 06:00 p.m., en cualquier medio.
Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de norma a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución.
Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano.
DANIEL SCHMERLER VAINSTEIN
Presidente del Consejo Directivo
OSINERGMIN
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